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Esta nota tiene más de un año

Sólo 1 de cada 10 argentinos ejerció alguna vez su derecho de acceso a la información pública, según una encuesta oficial

Si tenés sólo unos segundos, leé estas líneas:
  • Son datos de un sondeo realizado hace un mes en todo el país a pedido de la Jefatura de Gabinete de la Nación.
  • A pesar de la ley sancionada en 2016 y vigente desde 2017, menos de la mitad de los encuestados respondió conocer el derecho de acceso a la información pública.
  • Claves para saber cómo realizar un pedido y qué hacer si no te contestan.

Casi el 40% de los argentinos conoce o escuchó hablar sobre el derecho de acceso a la información pública, pero sólo el 13% lo ha ejercido alguna vez, según se indica en una encuesta encargada por la Unidad de Opinión Pública de la Jefatura de Gabinete de Ministros de la Nación a la que Chequeado accedió, justamente, gracias a un pedido de acceso a la información pública.

¿Qué es un pedido de acceso a la información pública?

Un pedido de acceso a la información, de acuerdo con la ley nacional, es una solicitud que se le puede hacer al Estado nacional (a los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial y a organismos de la administración central) y a algunos sujetos privados (como empresas concesionarias de servicios públicos nacionales y empresas u organizaciones que reciban subsidios nacionales) para conocer y saber más sobre temas variados, como se explicó en esta nota.

El Estado está obligado a entregar la información que produce o tiene en su poder, aunque no está forzado a producirla especialmente ante un pedido, a menos que otra ley lo obligara a producirla y la estuviera incumpliendo. A nivel provincial, existen distritos que sancionaron sus propias leyes de acceso, como se ve en esta nota.

Poco conocimiento del derecho y aún menos gente que lo ejerce

La Unidad de Opinión Pública (UOP), creada en marzo de 2018, tiene por misión “diseñar y llevar adelante estudios de investigación en opinión pública con el fin de conocer las principales demandas de la población, y generar un diagnóstico sobre la gestión en general y diferentes programas y políticas públicas en ejecución en particular”. Según explicaron desde la UOP, no realiza análisis políticos ni sobre el gobierno ni sobre la oposición, así como tampoco análisis electorales ni poblacionales.

La UOP precisó, ante un pedido de acceso a la información pública realizado por Chequeado, los informes de opinión pública que realizó sobre distintos temas de coyuntura. Una de esas encuestas, realizada a 4.400 personas de todo el país telefónicamente en abril de 2019, se propuso analizar distintos aspectos del derecho a la información pública en la Argentina.

Al revisar la información oficial se ve que el 39% de la población conoce “o escuchó hablar” del derecho de acceso a la información pública, mientras que un 38% respondió no tener conocimiento y el 23% contestó “no sabe”.

Según este informe de la UOP, sólo el 13% de los encuestados ejerció alguna vez el derecho a la información pública. Incluso si se toma sólo a los encuestados que contestaron conocer dicho derecho, el porcentaje de quienes han realizado algún pedido sube al 25%, pero sigue siendo minoritario.

Esto sucede, a pesar de que el 60% contestó que dicho derecho le parece “muy importante” y un 23% “algo importante”. O sea, sólo al 9% le parece “nada” o “poco” importante, y el 7% restante no contestó esa pregunta.

¿Cómo se hace un pedido de acceso?

Chequeado elaboró El Abridor, un sitio en el que se explica paso a paso cómo redactar un pedido de acceso y cómo es el trámite, que, si se realiza a entidades dependientes del Poder Ejecutivo Nacional, se puede realizar de forma online en la página de Trámites a Distancia.

¿Qué pasa si no te contestan?

A pesar de que exista la ley, como ocurre con tantas otras normas, no siempre los ministerios otorgan la información. La Agencia de Acceso a la Información Pública (AAIP) intimó a distintos organismos porque no habían respondido pedidos de la acceso a la información -o lo habían hecho parcialmente-, como se explicó en esta nota.

El Estado nacional tiene 15 días hábiles para contestar (es decir, tres semanas si no hay feriados). Excepcionalmente, pueden pedir una prórroga de 15 días hábiles más (es decir que podría llegar a demorar alrededor de un mes y medio). Si luego de este plazo el ente no responde o rechaza el pedido en forma expresa, se puede iniciar un reclamo ante la Agencia de Acceso a la Información Pública, que debe dictaminar si corresponde al Poder Ejecutivo o no entregar la información.

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Comentarios

  • Josefina7 de junio de 2019 a las 2:47 pmGracias por la informacion
  • José Luis Royo7 de junio de 2019 a las 10:48 pmEl derecho al acceso a la información es un derecho humano de jerarquía constitucional establecido en el Art. 13 de la Convención Americana de Derechos Humanos que debería respetar el Estado, salvo contadas excepciones. La ley 27275 es inconstitucional, pues funcionarios corruptos la utilizan para impedir el acceso a la información y guardar silencio de sus ilícitos en connivencia con la Agencia de Acceso a la Información Pública que funciona en la órbita de la Jefatura de Gabinete de Ministros. He formulado seis solicitudes de información a entidades estatales que con total impunidad evaden responder. La transparencia no resulta exigible.

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