De qué se trata la presentación judicial de Cristina Fernández de Kirchner contra Google
- El 17 de mayo último, Google publicó en su “Panel de Conocimiento” -la tarjeta de información inmediata que resulta de la búsqueda de una personalidad destacada- que el cargo de Cristina Fernández de Kirchner era el de “Ladrona de la Nación Argentina”.
- Por eso, la Vicepresidenta hizo una presentación judicial para solicitar una pericia informática urgente contra Google, que servirá como prueba de una demanda por difamación -según el Instituto Patria-.
- La empresa respondió que ese contenido “se genera de forma automática, tomando información de diferentes fuentes de la web”.
La vicepresidenta de la Nación y ex presidenta, Cristina Fernández de Kirchner, publicó el 6 de agosto último en su cuenta oficial de Twitter que había realizado “una presentación judicial para solicitar una pericia informática urgente contra Google, que servirá como prueba de una demanda”.
Y agregó: “Como saben, el 17 de mayo Google publicó información falsa y ofensiva contra mi persona, provocando un daño que debe ser reparado”. La ex presidenta se refería a que, en esa fecha, quien googleara su nombre obtendría una respuesta rápida y destacada por parte del buscador en la que figuraba “Ladrona de la Nación Argentina” como el cargo ocupado por la funcionaria.
Así, los tuits de Fernández de Kirchner concluyen: “Por eso, la acción judicial también pretende plantear una cuestión compleja y profunda, propia de los tiempos que corren: ¿Existe algún tipo de defensa para las personas que resultan víctimas de este tipo de acciones perpetradas por un gigante informático como Google?”
Es importante dejar claro que, si bien las figuras públicas -como la Vicepresidenta de la Nación- tienen derecho al honor, la jurisprudencia relacionada con los casos de libertad de expresión imponen un umbral de tolerancia a la ofensa más alto que para la gran mayoría de los ciudadanos, que no ocupa un cargo ni tienen tal exposición.
A través de un comunicado emitido por el Instituto Patria -entidad cuya presidenta honoraria es Fernández de Kirchner-, se conoció que el pedido de su abogado Carlos Beraldi solicita que se “arbitre todos los medios necesarios para descargar y almacenar la totalidad de los datos asociados al nombre Cristina Fernández de Kirchner y Cristina Kirchner, a partir del 17/05/2020 hasta el día en que se realice la presente pericia, que surjan del contenido del panel de conocimiento del buscador “Google” de una persona destacada”.
Solicitan, además, que se detalle de forma clara y precisa cómo se genera esta publicación, durante cuánto tiempo estuvo activa, qué cantidad de visualizaciones, visitas e interacciones tuvo, qué acciones tomó la empresa con relación ésta y totalidad de interacciones entre el 17 de mayo y el 23 de mayo de 2020, entre otras requisitorias.
Al día siguiente, el juez Javier Pico Terrero, titular del Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Federal de la Capital Federal, hizo lugar al planteo y a que se inicie una “medida de prueba anticipada a fin de requerir la realización de una pericial en informática”, según informó el diario La Nación.
¿Qué respondió Google?
Google respondió a través de un comunicado en el que plantea: “A través de los medios hemos tomado conocimiento de que la Dra. Cristina Fernández de Kirchner habría realizado una presentación en la justicia en relación a un incidente ocurrido a mediados de mayo sobre cierto contenido en el Panel de Conocimiento, al que en su momento le dedicamos toda nuestra atención y resolvimos de manera expedita, de acuerdo con los procedimientos y políticas establecidos para casos similares. (…) El Panel de Conocimiento se genera de forma automática, tomando información de diferentes fuentes de la web”.
Google explica en su Centro de Asistencia que “los fragmentos destacados aparecen en un cuadro especial, en la parte superior de los resultados de búsqueda, con una descripción de texto encima del enlace”. Y aclara que “los fragmentos destacados pueden ser, por ejemplo: información citada de un sitio web de terceros; un enlace a la página; el título de la página; o la URL de la página”, como por ejemplo Wikipedia.
Por su parte, como destaca Martín Becerra -doctor en Ciencias de la Información de la Universidad Autónoma de Barcelona e investigador del Conicet-, Google explicita que “los fragmentos destacados no deben incluir contenido que denigre a nadie ni que promueva o justifique la violencia, o cuyo fin sea insultar o fomentar el odio hacia una persona (…)”.
El avance de este caso buscará determinar qué nivel de responsabilidad tuvo el buscador en asociar la frase “Ladrona de la Nación Argentina” con Cristina Fernández de Kirchner. Hasta el momento, la jurisprudencia en la Argentina sobre esta materia, como fue el caso de María Belén Rodríguez contra Google y Yahoo! en 2014 por la vinculación de su imagen a determinadas páginas de contenido erótico o pornográfico en el resultado de los motores de búsqueda, apuntaban a los mecanismos de indexación de los buscadores y no a una acción explícita de la compañía de posicionarlo así.
Natalia Zuazo -especialista en política y tecnología, directora de Salto Agencia-, explicó en comunicación con Chequeado que los pedidos anteriores más emblemáticos -como el de María Belén Rodríguez- referían a pedidos de remoción del contenido y el rol de Google como intermediario. En el caso de la presentación de Fernández, “es una discusión más subjetiva sobre cómo los algoritmos están organizando la información y cómo la gran concentración de esos algoritmos incide en lo que pensamos como sociedad”.
Fecha de publicación original: 12/08/2020
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