La quema de urnas no es fraude, pero sí delito
“El director nacional electoral [Alejandro Tullio] explicó que ‘quemar urnas no es fraude’”, tituló Lanacion.com en una de las notas destacadas en su portada. Tullio, sin embargo, no avaló el suceso, como se podría interpretar del título sino que señaló que se trata de un delito diferente, porque para que sea considerado fraude la finalidad debe ser “alterar el resultado electoral, que la gente haya votado una cosa y que termine resultando otra”. En la entrevista realizada en FM La Plata Tullio dijo que en el caso de la quema de urnas, al que calificó como un “hecho grave e inaceptable”, no se cambia el resultado, porque “se tienen que hacer las elecciones complementarias, y el resultado de las elecciones complementarias se suma al anterior”. En su cuenta de Twitter, Tullio volvió a señalar que “el fraude es una maniobra para alterar el resultado electoral sin que sea evidente. Hay una acción subrepticia para evitar ser descubierta”. La quema de urnas está contemplada en el artículo 139 del Código Electoral Nacional, por el que se pena con prisión de uno a tres años a quien “sustrajere, destruyere o sustituyere urnas utilizadas en una elección antes de realizarse el escrutinio”.
Fecha de publicación original: 25/08/2015
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