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Límites a los DNUs: ¿qué plantean los proyectos de ley presentados por la oposición en el Congreso?

Si tenés sólo unos segundos, leé estas líneas:
  • Varias iniciativas en la Cámara de Diputados buscan limitar los Decretos de Necesidad y Urgencia (DNU). Los distintos proyectos coinciden en que un DNU debe perder vigencia si no es aprobado por ambas cámaras en 90 días.
  • La propuesta que tiene dictamen de mayoría incluye la posibilidad de tratar un DNU en el receso parlamentario, la prohibición al Ejecutivo de dictar un DNU similar a otro que ya fue rechazado por el Congreso, y la posibilidad de votar por separado artículos en DNUs que abarquen múltiples temas.
  • El presidente Javier Milei (La Libertad Avanza) presentó en lo que va de su gestión 46 DNUs, y el Congreso sólo le rechazó uno.

Los bloques opositores presentaron distintos proyectos de ley en la Cámara de Diputados para limitar los Decretos de Necesidad y Urgencia (DNU) del presidente de la Nación, Javier Milei (La Libertad Avanza). Todos los proyectos modifican la Ley 26.122, que regula los requisitos para que el Congreso deje sin efecto un DNU. 

En una reunión de las comisiones de Asuntos Constitucionales, y de Peticiones, poderes y reglamento de la Cámara baja, se logró un dictamen de mayoría, que contó con 36 firmas de los bloques de Unión por la Patria, Encuentro Federal y Democracia para Siempre (radicales del sector de Facundo Manes y Martín Lousteau), que permitirá que se debata un proyecto en el recinto. La oposición busca tratarlo antes del cierre del período legislativo. 

También se firmaron otros 3 dictámenes en minoría: 2 proyectos de la Coalición Cívica, y uno de la UCR. “Los 3 proyectos convergen en que el rechazo de una sola cámara voltea el DNU”, explicó a Chequeado Gustavo Arballo, abogado especialista en Derecho Público y magíster en Magistratura y Derecho Judicial.

Y advirtió: “Esto es importante porque cuando no es así lo que sucede es que al Presidente, en realidad, eso que debería ser un recurso excepcional, se convierte en tentador, y una vía súper preferible. Porque para hacer el sistema regular tendría que conseguir mayoría en ambas cámaras. Pero si opta por el DNU, le basta con mantener el control de una cámara que no se lo rechace y lo que quiso hacer va a quedar como ley”.

El tercer dictamen fue de rechazo a las limitaciones, con el respaldo de 9 diputados de La Libertad Avanza

¿Qué significa que haya dictamen de mayoría de un proyecto de ley?

De acuerdo con el glosario de la Cámara de Diputados, un dictamen es “la resolución o determinación escrita, adoptada por una o varias comisiones en el ejercicio de sus funciones sobre una iniciativa sometida a su consideración”. 

Por lo tanto, un dictamen de mayoría, que es lo que ocurrió sobre la reforma de los DNU, es el que, “a pluralidad de dictámenes emitidos, está suscripto por la mayor cantidad de integrantes de una o más comisiones, o aquel que, a igual cantidad de firmas de integrantes de una o más comisiones, está suscripto por el Presidente de la Comisión o de quien presida el seno de las Comisiones”. 

En palabras más simples: cuando una comisión analiza un tema, puede haber diferentes opiniones que resulten en varios dictámenes. El de mayoría será el que tenga más firmas, o en caso de empate, el que firme el presidente de la comisión.

Ante la consulta de Chequeado, Arballo explicó: “Varios de los proyectos que se trataron, que eran similares, se fueron discutiendo en el tratamiento en comisiones. Esto termina, si consiguen firmas, en dictámenes. Con un dictamen de mayoría en la comisión podés llevar el proyecto a la Cámara, a la sesión”. Y aclaró: “En la comisión participan solo los integrantes de esa comisión”. 

Además, indicó que cuando el proyecto llega al recinto se vota primero el dictamen que haya tenido más votos por afirmativa o por negativa. Y después van votando los que le siguen.

¿Qué dice el proyecto que tiene dictamen de mayoría?

La principal modificación propuesta por el proyecto firmado por Unión por la Patria, Encuentro Federal y Democracia para Siempre establece que los decretos dictados por el Poder Ejecutivo bajo las atribuciones constitucionales perderán vigencia si no son aprobados por ambas Cámaras del Congreso en un plazo de 90 días corridos desde su publicación. El proyecto original lleva la firma Oscar Agost Carreño, diputado de Encuentro Federal.

Además, se incorpora la posibilidad de que las Cámaras traten estos decretos de manera inmediata durante el período de receso parlamentario.

El dictamen también introduce una importante limitación al determinar que, una vez rechazado un decreto por alguna de las Cámaras, el Poder Ejecutivo no podrá dictar uno análogo en el mismo período parlamentario.

¿En qué consisten los proyectos de la UCR y de la Coalición Cívica?

El proyecto de la UCR establece que los decretos que abarquen múltiples materias podrán ser tratados y votados de forma separada por tema. “El proyecto de la UCR establece un cambio en la ley que le permite al Congreso hacer una aprobación o un rechazo parcial”, indicó Arballo. La ley vigente indica que las cámaras del Congreso sólo pueden dictar resoluciones de aprobación o rechazo a un DNU, pero no pueden avalar algunos artículos y rechazar otros o establecer modificaciones.

Además, la iniciativa del radicalismo modifica el proceso de aprobación al requerir la ratificación expresa de ambas Cámaras del Congreso para que un DNU se considere válido, mientras que el rechazo por parte de una sola Cámara será suficiente para su derogación, manteniendo a salvo los derechos adquiridos durante su vigencia.

El proyecto de la Coalición Cívica establece una excepción importante al principio de que las Cámaras no pueden modificar los textos del Poder Ejecutivo. Si bien mantiene la prohibición general de hacer enmiendas o agregados, habilita específicamente para los DNU la posibilidad de que las Cámaras realicen “supresiones” al texto original. 

Esto significa que el Congreso podría aprobar un DNU eliminando algunas de sus partes, las cuales quedarían automáticamente derogadas.

Por otro lado, mantiene y clarifica el mecanismo de rechazo, estableciendo que basta con que una sola de las Cámaras rechace el decreto para que este quede derogado, aunque preservando los derechos adquiridos durante su vigencia. 

En este proyecto, se aclara que estas modificaciones sólo aplicarán a los DNU que se dicten después de que esta ley entre en vigor, no afectando a los decretos ya existentes.

¿En alguna oportunidad el Congreso rechazó algún DNU?

De acuerdo con la ley vigente, el Congreso puede rechazar un decreto con el voto mayoritario de cada una de las cámaras. Si sólo una de ellas lo aprueba, el decreto es válido, y si no es tratado, también. Mientras esto ocurre, el DNU tiene plena vigencia.

En septiembre último, como se explica en esta nota, el Senado rechazó el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 656/2024 mediante el cual el gobierno de Milei amplió el presupuesto de la Secretaría de Inteligencia de Estado (SIDE) en $ 100 mil millones en carácter de fondos reservados. En total, la oposición logró reunir 49 votos para el rechazo, mientras que sólo 11 senadores votaron en favor de la vigencia del decreto y hubo 2 abstenciones.

Como el DNU ya había sido rechazado por la Cámara de Diputados, quedó formalmente derogado por el rechazo de ambas cámaras. Es la primera vez en la historia, desde que los DNU fueron incorporados a la Constitución nacional, que el Congreso le rechaza esta herramienta a un presidente.

¿Qué presidentes utilizaron más DNUs durante su gobierno?

Como se explicó en esta nota, a partir del análisis de la información publicada por el Sistema Argentino de Información Jurídica (SAIJ), del Ministerio de Justicia de la Nación, este medio realizó una base de datos para conocer cuántos DNU utilizó cada presidente/a en total y cuántos en función del tiempo que estuvieron en el poder. 

En total, el presidente que más DNU dictó durante su gestión fue Néstor Kirchner (Partido Justicialista), con 236. Le siguen Carlos Menem (Partido Justicialista), con 195; Alberto Fernández (Frente de Todos), 177; Eduardo Duhalde (Partido Justicialista), 154; Cristina Fernández de Kirchner (Frente para la Victoria), 78; Mauricio Macri (Cambiemos), 71; Fernando de la Rúa (Alianza), 59; Javier Milei (La Libertad Avanza), con 46; y Adolfo Rodríguez Saá (Partido Justicialista), 6.

Si se analiza por la cantidad de días de gobierno, el presidente que más decretos de necesidad y urgencia dictó fue Rodríguez Saá. Estuvo sólo 8 días en el gobierno y realizó 6 DNU, casi 1 por día.

Luego, quien le sigue a Rodríguez Saá en mayor cantidad de DNUs por día es Eduardo Duhalde, quien ejerció la presidencia de forma interina entre 2002 y 2003: emitió 154 DNUs durante 1 año y 4 meses de gestión (0,3 por día).

El tercero es Néstor Kirchner, quien dictó en promedio por día 0,14 decretos en 1.660 días. En total, fueron 236 DNUs.

En cuarto lugar, según el análisis por día de gestión, se ubica Javier Milei, con 0,13 (46 decretos en 330 días de gobierno). El más significativo fue el DNU 70/2023, uno de los primeros que emitió, que cuenta con más de 600 páginas, entre las que se derogan o modifican una gran cantidad de leyes para “desregular la economía”.

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