Baja de la edad de imputabilidad: ¿qué cambia con la nueva ley que aprobó el Congreso?
- El Congreso aprobó el proyecto de ley que propone bajar la edad de imputabilidad de 16 a 14 años.
- La ley permitirá procesar a adolescentes desde los 14 años, con penas alternativas para delitos menores y un máximo de 15 años de prisión para casos graves.
- Organismos como UNICEF advirtieron que bajar la edad de punibilidad no es necesario y podría interpretarse como un retroceso en materia de derechos humanos.
El Senado convirtió en ley el proyecto de Régimen Penal Juvenil que baja la edad de imputabilidad a 14 años.
La iniciativa deroga las leyes 22.278 y 22.803, que rigen desde 1980 y establece un nuevo esquema de responsabilidad penal para adolescentes de entre 14 y 18 años, con límites específicos para la prisión, un máximo de 15 años de condena y la prohibición de aplicar perpetua.
La ley aprobada es una conjunción de distintas iniciativas que se habían presentado en la Cámara baja. Una es la que había presentado el Ministerio de Seguridad en 2024, que planteaba bajar la edad a 13 años.
Sin embargo, la ley aprobada propone bajar la edad de imputabilidad a 14. Incluye propuestas presentadas por el massismo (Ramiro Gutiérrez), el PRO (Cristian Ritondo y Diego Santilli), LLA (Gerardo Huesen), la Coalición Cívica (Juan Manuel López) y Democracia para Siempre (Carla Carrizo), entre otros.
¿Cómo funcionaba hasta ahora la ley penal juvenil?
Con la ley anterior, si una persona menor de 16 años comete un delito, no podía ser juzgada ni condenada penalmente. La Ley 22.278 establecía que “no es punible el menor que no haya cumplido 16 años de edad”. Esto significaba que no puede ser procesado ni recibir una pena, aunque haya cometido un hecho tipificado como delito. En estos casos, la causa quedaba a cargo de un juzgado de menores, que actúa desde una lógica tutelar.
Sin embargo, el juez podía aplicar medidas de protección previstas en el Decreto-Ley 10.067/83, entre ellas, “la internación del menor en establecimientos adecuados”, además de la supervisión familiar o asistencia médica o psicológica.
En la práctica, esto podía derivar en que menores de 16 años sean alojados en institutos, a pesar de no haber sido condenados, lo que genera tensiones ya que implica una privación de la libertad sin proceso penal previo. Así lo indica un informe de 2021 de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos sobre la Argentina.
Por lo tanto, aunque, en lo formal, se impedía sancionar penalmente a menores de 16 años, sí habilitaba intervenciones judiciales que pueden traducirse en restricciones a su libertad.
En el caso de los adolescentes de entre 16 y 18 años, eran imputables si el delito que cometieron tenía una pena superior a los 2 años de prisión. En estos casos, podían ser juzgados, condenados y, si correspondía, cumplir penas privativas de libertad aún antes de cumplir los 18 años.
¿Qué dice la nueva ley?
La nueva ley establece que un adolescente puede ser imputado penalmente desde los 14 años. Cuando sea condenado por un delito que contempla penas de hasta 3 años, no habrá prisión efectiva, es decir, no irá preso.
Cuando la pena prevista supere los 3 años y sea de hasta 10 años, el tribunal podrá reemplazar la prisión por penas alternativas —como tareas comunitarias, programas educativos o monitoreo electrónico— siempre que el hecho no haya implicado la muerte de la víctima ni una violencia física o psíquica grave, que el adolescente no tenga condenas previas ni otros procesos firmes en trámite, y que exista dictamen pericial favorable, con conformidad del fiscal y previa audiencia a la víctima.
Esta ley prohíbe expresamente la prisión perpetua para adolescentes. El artículo 19 indica: “Queda prohibida la imposición de las penas privativas de la libertad de reclusión perpetua y de prisión perpetua”. Además, fija un máximo de 15 años de condena para adolescentes.
¿Qué cambiará en la práctica?
Con la ley anterior, por ejemplo, una persona de 15 años que cometía un homicidio no podía ser juzgado ni condenado, aunque en la práctica se iniciaba un procedimiento en los tribunales y, en algunos casos, podía ser internado en un instituto por orden de un juez de menores.
Con el nuevo régimen, los adolescentes de 14 y 15 años pueden ser imputados, procesados y condenados a una pena de prisión. La posibilidad de aplicar penas más duras o privativas de la libertad está más restringida a delitos graves y sujeta a condiciones y controles.
Sin embargo, si el delito tiene una pena de hasta 3 años de prisión, la nueva ley establece que no podrá aplicarse cárcel, sino que se deberán imponer penas alternativas como la amonestación, la asistencia a programas educativos, la prohibición de contacto con la víctima, trabajos comunitarios o el uso de tobillera electrónica.
Por otro lado, antes de la sanción de esta nueva ley, un joven de 17 años que cometía un delito con una pena mínima menor a 2 años, como un robo simple, no podía ser condenado penalmente. Con el nuevo régimen, ese mismo joven sí podrá ser imputado y recibir una pena, aunque no será de prisión efectiva si la pena prevista no supera los 3 años.
En cambio, delitos más graves, como el robo con armas, sí podrían implicar una condena con cárcel, ya que superan ese umbral.
Los organismos internacionales
Unicef indicó que en Argentina la reforma del sistema de Justicia Penal Juvenil “no requiere bajar la edad de punibilidad”. La organización destaca la necesidad de encontrar un abordaje para la justicia juvenil que respete los derechos consagrados en los tratados internacionales incorporados a la Constitución, señalando que experiencias internacionales han demostrado que disminuir la edad de punibilidad no ha resultado una medida efectiva para combatir la inseguridad.
En una columna publicada en el diario La Nación, Rafael Ramírez Mesec, representante de Unicef Argentina explicó: “El abordaje de una ley de justicia penal juvenil no debe solo solucionar hoy el problema de ayer, sino también prevenir el problema de mañana. Es necesario que haya sanción proporcional y contextualizada, reparación, reinserción efectiva, y prevención, protegiendo y recuperando a los más jóvenes en la mayor medida posible. Y eso requerirá de legislación equilibrada, políticas integrales y financiamiento adecuado. Una justicia juvenil moderna, basada en derechos, evidencia y con intervenciones especializadas, reduce la reincidencia, previene nuevas víctimas y contribuye a mejorar la seguridad ciudadana”.
Y advirtió: “De otra manera, aumentará el número de jóvenes dentro del sistema penal, se profundizarán trayectorias de violencia a futuro, y se debilitarán las posibilidades de construir soluciones duraderas. Pero no mejorará la seguridad”.
La Red Internacional de los Derechos del Niño (CRIN, por sus siglas en inglés) señaló en un informe que algunos países, tras reducir la edad mínima de responsabilidad penal, decidieron revertir esta decisión tras la crítica por parte de organismos como el Comité de los Derechos del Niño en sus Observaciones finales y en el Examen Periódico Universal.
Dinamarca, por ejemplo, redujo de 15 a 14 años el umbral en junio de 2010. Dos años después, revirtieron la decisión.
En febrero de 2011, el Comité de los Derechos del Niño de la ONU, en sus Observaciones Finales sobre Dinamarca, expresó su “profunda preocupación” sobre varios asuntos relativos a la administración de justicia juvenil, como “la reducción de la edad de responsabilidad penal”. Esta medida fue cuestionada, instando al Estado danés a reconsiderarla para cumplir con los estándares internacionales.
Un caso similar ocurrió en Georgia, donde el Comité de los Derechos del Niño “lamentó profundamente la decisión del Estado parte de reducir la edad de 14 a 12 años”, principalmente para delitos graves como “homicidio deliberado” y “violación”, entre otros. Luego, el país volvió a los 14 la edad de imputabilidad.
Actualización 1/03/2026: se actualizó la nota con la última información disponible.
Fecha de publicación original: 16/05/2025
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