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El impuesto a las ganancias: cinco proyectos para modificarlo

En medio de la disputa por el impuesto a las ganancias, varios legisladores presentaron proyectos para cambiar el mínimo no imponibl. Algunos excluyen a los salarios y las pensiones del pago e incluyen otros ingresos a la base tributaria.

En lo que sigue se enumeran los proyectos de ley de los bloques más representativos en la Cámara de Diputados sobre el tema.

•    Bloque Unión Cívica Radical y Bloque CC-ARI

Esta iniciativa, impulsada por los diputados Ricardo Gil Lavedra y Alfonso Prat Gay, elimina las exenciones del impuesto a las ganancias a los ahorros bancarios, y a los beneficios obtenidos por la compra-venta de bonos y demás títulos valores. Es decir que estos ingresos serían gravados.

Se incluye por otro lado, en la cuarta categoría de ganancias (renta del trabajo personal), la renta derivada de los cupones de títulos, cédulas, letras, obligaciones e intereses originados en depósitos a plazo fijo efectuados en instituciones sujetas al régimen legal de entidades financieras. Así, se las incorpora al conjunto de las actividades pasibles de ser gravadas.

También se incluye un artículo que declara exento de este impuesto a los ingresos percibidos por jubilaciones y pensiones.

Expte. Nº 3799-D-2012
Firmante: Gil Lavedra, Ricardo (UCR-CABA); Prat Gay, Alfonso (CC-ARI-CABA).

•    Bloque Frente para la Victoria

El sector vinculado al sindicalismo, que tiene a su cabeza a los diputados Facundo Moyano, Héctor Recalde y Omar Plaini, presentó recientemente una iniciativa que exime del pago de ganancias al “sueldo anual complementario, las horas suplementarias que excedan la jornada legal o convencional, las horas nocturnas, las sumas percibidas por feriados obligatorios y días no laborables trabajados, los rubros legales y/o convencionales que establezcan el pago de adicionales por productividad, eficiencia, zona, desarraigo, o cualquier otro concepto de similar naturaleza, cualquiera fuere la denominación asignada, y los adicionales que se abonen por la realización de trabajos penosos, peligrosos o insalubres (…) las jubilaciones, pensiones, retiros o subsidios, originadas en regímenes previsionales especiales dispuestos en virtud de actividades penosas, o insalubres, determinantes de vejez o agotamiento prematuros.”

El texto promueve una modificación de la tabla que establece los porcentajes de alícuotas para las personas físicas, proponiendo una escala más “progresiva”, que reduzca las alícuotas para personas de ingresos medios y aumente las de personas con ingresos altos.

A su vez, eleva el mínimo no imponible a $ 18.140 para el caso de las personas de existencia visible, y en el caso de familias, a 20.160 pesos. También se incluye una cláusula de actualización según criterios de incremento salarial de manera anual, por parte de la AFIP.

Como herramienta para financiar al Estado, cuyos ingresos se verían reducidos con esta reforma, los impulsores del proyecto proponen gravar los dividendos distribuidos por las empresas, que hoy están exentos del pago del impuesto a las ganancias.

A su vez, piden aplicar un impuesto específico que grave la remisión de utilidades al exterior, e incorporar también, en forma indirecta, una alícuota sobre los ingresos que las personas físicas reciben de tenencias de acciones y demás activos financieros y de títulos públicos.

Asimismo, se busca gravar los ingresos producidos por intereses generados por depósitos de alto monto, para que la renta financiera no quede fuera del circuito del impuesto, así como también los tributos de las actividades mineras y los juegos de azar.

Expte. Nº 4307-D-2012 y Nº4496-D-2012
Firmante: Moyano, Facundo (FPV-PJ-Buenos Aires).

•    Interbloque Frente Amplio Progresista

Propone un aumento del monto del mínimo no imponible para las personas de existencia visible, llevándolo del actual 12.960 a 21.811 pesos. En casos familiares, se eleva el monto por cónyuge de $ 14.400 a $ 24.235; y de $ 7.200 a $ 12.117 por hijo. En sus fundamentos, el proyecto explica que los ingresos que el Estado Nacional dejaría de percibir en concepto de impuesto a las ganancias, debido a la suba del mínimo no imponible, se recuperarían a partir de la activación del consumo, en concepto de IVA.

Expte. Nº 3907-D-2012
Firmante: Lozano, Claudio (Unidad Popular-CABA).

•    Bloque Frente para la Victoria

El proyecto fue presentado por el diputado Juan Pais en marzo de este año y obliga a la AFIP a actualizar anualmente los pisos del mínimo no imponible, tomando como referencia los incrementos salariales.

El inciso que este proyecto propone incorporar a la Ley Nº 20.628 es el siguiente: “Los importes a que se refiere el artículo 23º (mínimo no imponible) de la presente ley, serán actualizados anualmente por la Administración Federal de Ingresos Públicos conforme la variación experimentada por el Índice de Salarios Básicos de Convenio de la Industria y la Construcción elaborado por el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos, durante el año de que se trate y regirá para el ejercicio fiscal del año siguiente.”

Expte. Nº 0837-D-2012
Firmante: Pais, Juan Mario (FPV-PJ-Chubut).

•    Bloque Frente Peronista

El proyecto del diputado Lino Aguilar agrega al artículo 20 de la Ley Nº 20.628 un inciso que incorpora al salario como una renta exenta del impuesto a las ganancias. En concreto, indica: “Están exentos del gravamen (…) el sueldo, salario o remuneración percibidos por trabajadores en relación de dependencia.”

Expte. Nº 4214-D-2012
Firmante: Aguilar, Lino (Fte. Peronista-San Luis)


El impuesto a las ganancias: cinco proyectos para modificarlo

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Comentarios

  • JuanP9 de julio de 2012 a las 11:18 pmA ver, a ver me gusta más la propuesta del FPV de Recalde y Moyano, es un cambio más profundo. Las otras propuestas sólo actualizan la tabla. Por cierto: EXCELENTE NOTA!
  • Seba10 de julio de 2012 a las 3:53 pmUn verguenza el proyeto del frente peronista, se ve que no tenía ganas de escribir y dijo "Eliminar el impuesto a las ganancias a todos los trabajadores en relación de dependencia", entonces si tengo una empresa me pongo como empleado y me auto pago $100.000 y no pago ganancias. ¿Esta es la gente que votamos los ciudadanos?
  • Ahandil10 de julio de 2012 a las 6:12 pmNo estaría mal una combinacion del proyecto de Pray Gay con el de Juan Pais; una actualización automatica del piso que mantenga a los escalones mas bajos afuera(habra que establecer reglas claras que no puedan ser manipuladas por el gobierno de turno) y meter al circuito financiero dentro del sistema.
    Como dijo Seba, lo de limitarse a la relación de dependencia me parece ridículo, ¿o acaso los altos cargos jerárquicos no son empleados tambien? Van a quedar excentos y un profesional autónomo (por ej) que gane menos, termina pagando.
    Y los que fijan un monto sirven, pero es sólo un parche que en unos años deja de servir. Hay que legislar pensando en el mediano y largo plazo.
    • Ahandil10 de julio de 2012 a las 6:19 pmY lo de Moyano puede ser interesante tambien, pero creo que hay que hacer un estudio profundo de todos esos items que eximen, hay gremios donde esos "extras" igualan al sueldo...
    • PFGM13 de julio de 2012 a las 4:50 pmNo me parece que haya alguien que no tenga que pagar ganancias (o impuesto a los ingresos ), yo creo en la progresividad, con lo cual eliminaria los pisos y haria una escala basada en la cantidad de sueldos minimos, de manera tal de que la persona que gane lo minimo pague aunque sea $1 y la que mas gane page proporcionalmente mas. De esta manera eliminas los montos fijos, y las actualizaciones son automaticas.
      Coincido con Prat Gay (creo que en lo unico) que la renta financiera debe pagar ganancias.
      • juan25 de noviembre de 2015 a las 1:00 pmEl calculo es mas complicado de lo qeu vos decis, hay que tener en cuanta cosas como:cantidad de hijos, familiare a cargo, esposa, donaciones etc. la ley esta bien como esta hay que actualizar montos y rangos para determinar el % a deducir, no quieran inventar.
    • quique11 de abril de 2017 a las 8:56 pmLos honorarios de directores y sindicos pagan impuesto a las ganancias. Generalmente se la ponene doblada. No hables sin saber. El profesional autonomo tambien paga, por la condicion de autonomo, inscripto en el regimen general. (IVA, GANANCIAS y PREVISIONAL).
  • luisepodio11 de julio de 2012 a las 1:35 pmEl mejor proyecto es el de la Unión Cívica Radical y Alfonso Prat Gay. Es que propone mayores cambios y el más elaborado.
    • Seba11 de julio de 2012 a las 2:48 pmPor lo que se lee en chequeado solo suma cosas, pero no dice nada de como actualizar los montos. Creo como dijeron arriba estaría bueno a este sumarle el del FPV, pero conociendo a nuestros políticos no lo hacen ni loco.
  • fabricio15 de julio de 2012 a las 6:55 pmEstá faltando el más completo que es el de Ricardo Alfonsin.
  • Ariel Daf4 de septiembre de 2012 a las 4:26 pmHay que grabar todas las actividades (mineria, compra-venta de acciones, juego, etc). En los casos de las deducciones, no se tiene que indicar el monto sino poner un porcentaje respecto a la deduccion basica. Ejemplo: deduccion por conyugue, 75% de la deduccion de la persona aportante. Hijos, 50% de la deduccion del aportante por cada hijo. Asi mismo, se debe incluir dentro de las deducciones, los gastos de alquiler de vivienda unica y permanente para los casos de asalariados.
  • felix caval22 de marzo de 2016 a las 9:37 amMe parece que esta bien que se pague el impuesto de algún modo lo que NO me parece que deban pagar los jubilados
  • Marta Valencia24 de marzo de 2016 a las 12:34 pmSeñores Legisladores: he hablado con secretarios de diferentes bloque para solicitarles que en los proyectos que presenten para reformar los descuentos de ganancias los jubilados quedemos exentos del pago del mismo. En mi caso particular como Investigadora del Conicet aporté un porcentaje más alto que el resto de los trabajadores , y también se debe considerar que es un trabajo full time. Ruego a Uds. tomen en cuenta mi solicitud. Los saludo respetuosamente Dra. Marta Valencia
    • mario15 de mayo de 2016 a las 3:38 pmFui investigador de Ferrocarriles Argentinos, Fabricaciones Militares y la CNEA mas de 40 años y docente universitario durante 30 años. Con un simple cálculo aporte al sistema jub un valor actualizado al dia de hoy de $ 3250000. Tengo que pagar ganancias?
  • JORGE4 de agosto de 2016 a las 12:32 am¿ME PREGUNTO? PARA QUE QUIEREN UNA NUEVA LEY QUE ACTUALICE LAS ESCALAS? SI ESTO ESTA CONTEMPLADO EN LA LEY DE IMPUESTO A LAS GANANCIAS......LO QUE PASA QUE DESDE EL 2001, LAS ESCALAS NO SE ACTUALIZARON ACORDE A LA INFLACCION COMO ESTA DISPUESTO EN LA LEY, MISION QUE LE CORRESPONDIA AL CONGRESO DE LA NACION, PERO ESTA INSTITUCCION HACI COMO DICTA LAS LEYES, LAS INCUMPLE....SERIA BUENO ELIMINAR La 4T CATEGORIA Y ACTUALIZAR LAS ESCALAS CON LA VERDADERA INFLACCION DESDE EL 2001 A LA FECHA.
  • Oscar25 de agosto de 2016 a las 10:07 amLos jubilados no tendrian que pagar impuesto a las ganacias o el minimo tendria que ser muy alto porque por lo general son gente grande que gasta miles de pesos en medicamentos y ya mientra estuvo activo pago impuesto si tiene una jubilacion mas o menos buena es porque aporto mas de 40 año

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