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Legalización del aborto: claves del proyecto y su debate en el Senado

Si tenés sólo unos segundos, leé estas líneas:
  • El proyecto ya ingresó al Senado y fue girado a las comisiones: Banca de la Mujer, de Justicia y Asuntos Penales, y de Salud.
  • En Diputados se modificaron artículos del texto enviado por el Ejecutivo que refieren a la objeción de conciencia y al consentimiento informado de las menores de edad.
  • Distintas estimaciones proyectan un resultado ajustado en la Cámara alta.

Horas atrás, la Cámara de Diputados de la Nación le dio media sanción al proyecto enviado por el Poder Ejecutivo para legalizar la interrupción voluntaria del embarazo. La iniciativa ya ingresó al Senado, en donde fue girado a 3 comisiones: Banca de la Mujer, de Justicia y Asuntos Penales, y de Salud. Si se obtiene dictamen, el proyecto será votado en el recinto del Senado.

Norma Durango (Frente de Todos), senadora y presidenta de la Banca de la Mujer, adelantó en diálogo con El Destape radio, que proyectan una votación para el 29 de diciembre próximo.

Las otras comisiones donde se tratará el proyecto están presididas por Oscar Parrilli (Frente de Todos) y Mario Fiad (Unión Cívica Radical), respectivamente.

¿Qué cambió en Diputados? ¿Qué se puede esperar del debate en el Senado? A continuación, todas las claves.

Los cambios que se votaron en Diputados

En su debate en comisiones se le hicieron cambios al proyecto de legalización del aborto que envió el Ejecutivo. Se modificaron los artículos que hacen referencia a la objeción de conciencia y al consentimiento de las menores de 16 años.

En cuanto a la objeción de conciencia, el proyecto original definía solo la objeción de conciencia de los y las profesionales de la salud, a quienes reconocía el derecho a no realizar abortos pero además señalaba su obligación de “derivar de buena fe a la paciente para que sea atendida por otro u otra profesional” y “adoptar todas las medidas necesarias para garantizar el acceso a la práctica”.

El proyecto que obtuvo la media sanción incorporó un artículo que determina que aquellos establecimientos privados y de la seguridad social (no públicos) en donde todos los profesionales de la salud sean objetores de conciencia “deberán prever y disponer la derivación a un efector que realice efectivamente la prestación” y hacer frente a los costos de la derivación y el traslado.  

En relación al consentimiento informado que deben dar las personas menores de edad que soliciten un aborto, durante el debate se cambió la redacción del artículo en cuestión, aunque se mantuvo que a partir de los 16 años las mujeres “tienen plena capacidad por sí para prestar su consentimiento”.

El texto inicial fijaba que en los casos de menores de 13 años debían contar con la asistencia de al menos uno de sus progenitores; y entre los 13 y los 16 años no se fijaba la necesidad de intervención de sus padres “a menos que deba utilizarse un procedimiento que implique un riesgo grave para su salud o su vida”. 

El texto que se envió al Senado, por su parte, determina que en los casos de las menores de 16 años “se procederá conforme lo dispuesto en el artículo 26 del Código Civil y Comercial y la Resolución 65/15 del Ministerio de Salud de la Nación”.

Los textos a los que se refiere van en línea con el proyecto inicial. El Código Civil y Comercial determina que “el adolescente entre 13 y 16 años tiene aptitud para decidir por sí respecto de aquellos tratamientos que no resultan invasivos, ni comprometen su estado de salud o provocan un riesgo grave en su vida o integridad física”.

Pero, en el caso de tratamientos invasivos, “el adolescente debe prestar su consentimiento con la asistencia de sus progenitores; el conflicto entre ambos se resuelve teniendo en cuenta su interés superior, sobre la base de la opinión médica respecto a las consecuencias de la realización o no del acto médico”.

En la Resolución 65/15 el Ministerio de Salud interpretó el Código “desde los derechos sexuales y reproductivos”. Allí no se refieren a la IVE pero, por ejemplo, señalan que desde los 13 años “las personas pueden acceder a los métodos anticonceptivos en forma autónoma, como también al diagnóstico de VIH y al test de embarazo”.

El debate en el Senado

En 2018, el Senado rechazó el Proyecto de Interrupción Voluntaria del Embarazo que había conseguido media sanción en la Cámara baja. En ese momento, la iniciativa obtuvo 38 votos en contra y 31 a favor, 2 senadores se abstuvieron y una senadora se ausentó por licencia de maternidad.

De los legisladores que votaron en esa oportunidad, 51 mantienen su banca en la actualidad: 20 de los que se manifestaron a favor; 29 en contra (contando al senador José Alperovich que solicitó una licencia sin goce de sueldo después de ser denunciado por abuso sexual). Conservan su escaño también uno de los senadores que se abstuvo y la senadora que estuvo ausente.

Con la composición actual algunas proyecciones apuntan a un resultado ajustado. El diario La Nación estima “36 votos a favor, 35 en contra y un indeciso”; el politólogo y creador del Atlas Electoral Andy Tow proyecta 35 votos a favor y mismos en contra. Los dos votos restantes serían de Alperovich que está en licencia y un indeciso.

En tanto, la organización Economía Feminista, que lleva adelante un relevamiento colaborativo de las declaraciones públicas de los legisladores, contabiliza 34 votos en contra, 33 a favor y 4 indefinidos.

 

Mirá todos los datos y chequeos sobre el aborto en la Argentina.

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Comentarios

  • Clagasal11 de diciembre de 2020 a las 11:01 pmSoy jujeño. Mario Fiad (CONSERVADOR, MÉDICO) no nos merece ninguna confianza. Siempre funcionó como "correveidile" de Gerardo Morales, al que padecemos hace 5 años.
  • horacio bottino12 de diciembre de 2020 a las 7:35 am¿chequearon sobre todas las mentiras de el asesinato de niños y niñas?

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