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Todo lo que tenés que saber si estás dentro de las excepciones y salís de tu casa en la cuarentena

Si tenés sólo unos segundos, leé estas líneas:
  • La normativa que establece el aislamiento obligatorio señala que las personas deberán permanecer en sus casas sin ir a sus lugares de trabajo ni desplazarse por rutas, vías y espacios públicos, salvo excepciones.
  • Originalmente había 24 tipos de actividades y servicios “declarados esenciales” con permiso para circular, siempre y cuando sea para ese fin, que luego fueron ampliados con otros 10.
  • Para facilitar la circulación en estos casos, desde el 30 de marzo a las 0 horas rige el“Certificado Único Habilitante para Circulación – Emergencia COVID-19” Los detalles, acá.

Última actualización: 11/04/2020

Por la pandemia generada por el coronavirus, el Gobierno decretó el aislamiento social, preventivo y obligatorio para “mitigar su propagación” y el impacto en el sistema sanitario. La normativa establece que las personas deberán permanecer en sus casas sin ir a sus lugares de trabajo ni desplazarse por rutas, vías y espacios públicos, salvo excepciones.

Originalmente había 24 tipos de actividades y servicios “declarados esenciales en la emergencia” con permiso para circular, siempre y cuando sea para ese fin, que luego fueron ampliados con otros 10. Para facilitar la circulación en estos casos, el Ministerio del Interior de la Nación implementó el “Certificado Único Habilitante para Circulación – Emergencia COVID-19” a partir de las 0 horas del 30 de marzo para todos aquellos exceptuados en el decreto presidencial.

La Jefatura de Gabinete de Ministros volvió a ampliar este listado e incorporó a las personas con discapacidad y aquellas con espectro autista; los bancos; los talleres para mantenimiento y reparación de autos, motos y bicicletas, “exclusivamente para transporte público, vehículos de las fuerzas de seguridad y fuerzas armadas, vehículos afectados a las prestaciones de salud o al personal con autorización para circular, conforme la normativa vigente”; venta de repuestos y partes; fabricación de neumáticos; y venta de artículos de librería e insumos informáticos, “exclusivamente bajo la modalidad de entrega a domicilio”.

Certificado Único Habilitante para Circulación

El Ministerio del Interior publicó en el Boletín Oficial del 29 de marzo la implementación del “Certificado Único Habilitante para Circulación-Emergencia COVID-19” para todo aquel que se encuentre exento de cumplir el aislamiento.

Este documento personal e intransferible se tramita a través de la plataforma “Trámites a Distancia”, el cual deberá ser presentado a la autoridad correspondiente al momento de circular por la vía pública, junto con el DNI. El certificado tendrá una validez de 7 días corridos y podrá ser renovado.

Sin embargo, las personas que deban circular “por razones de fuerza mayor”, tal como lo indica el inciso 6 del artículo 6º del DNU, no están obligadas a portar ni tramitar el Certificado Único Habilitante para Circulación. En esa situación, deberán portar los documentos necesarios que justifique la excepcionalidad de la salida del aislamiento.

Situaciones especiales

Además de los sectores esenciales durante la emergencia, existen otras situaciones en las que está autorizada la salida del hogar, bajo condiciones de estricta necesidad como éstas:

-Transporte y asistencia de niños y niñas
Los menores deben pasar la cuarentena en el domicilio más habitual o adecuado para ellos. Por eso, se permite hacer un traslado único en los casos de padres y madres separados donde el aislamiento obligatorio entró en vigencia con los niños o niñas en la casa del otro responsable, o si uno de los 2 adultos tiene que seguir trabajando fuera del hogar o se enferma y no puede cuidarlos. La declaración jurada para circular en esos casos puede descargarse acá y debe tenerse consigo junto con el documento de identidad del niño, niña o adolescente (ver más acá).

-Emergencias médicas
Sólo está permitido ir al médico si se trata de una emergencia, pero se recomienda evitarlo. Si tenés alguno de los síntomas del coronavirus podés comunicarte con los números del Ministerio de Salud. También está disponible una aplicación del gobierno nacional para hacerse un autotest en un dispositivo móvil.

-Trámites bancarios
Podés sacar dinero o usar el cajero, pero los bancos están cerrados para la atención al público hasta el 31 de marzo. Los trámites electrónicos pueden hacerse por home banking, como realizar transferencias, comprar dólares, pedir créditos y usar todos los servicios vinculados con el sistema de pagos como antes de la cuarentena.

-Mascotas
Pasear a las mascotas no se puede, pero sí está permitido que una persona salga a las inmediaciones de la casa para que el animal pueda hacer sus necesidades. El Ministerio de Salud de la Nación indica que debe llevarse lavandina para echar sobre la orina y el lugar en el que se recogieron las heces de la mascota y que, al volver, las patas del animal deben desinfectarse con agua y jabón.

Si bien hubo un caso de un perro infectado en Hong Kong, no hay hasta ahora evidencia científica de que los animales domésticos transmitan el virus, como informa la Organización Mundial de la Salud (OMS).

-Supermercados
Está permitido ir al supermercado y a los comercios de cercanía. Los primeros están abiertos de 7 a 20 todos los días (también los feriados), y algunos tienen horarios especiales para mayores de 60 años.

En algunos distritos se establecieron reglas particulares, como en Chubut y San Luis, donde se habilita a ir a comprar ciertos días y otros no, dependiendo si el documento termina en número par o impar.

 

Si querés estar mejor informado sobre la pandemia, entrá al Especial Coronavirus.

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Comentarios

  • CARINA SALGUERO4 de mayo de 2020 a las 4:39 pmNecesito saber cusl es el permiso para poder trasladarme a la oficina donde trabajo.El abogado es nayor y no maneja el sistema de manera remota, solo puedo hacerlo yo, es un Estudio juridico.. estan contemplado? No vi ningun items para este caso. Gracias si pueden ayudarme..
  • Patricia Laura10 de mayo de 2020 a las 10:49 amhola, necesito continuar el tratamiento odontológico en CABA y estoy residiendo temporalmente en Colón, Entre Rios. puedo tramitar un permiso para circular?
  • José Garcia10 de mayo de 2020 a las 1:33 pmTengo que llevar una ventana en una camioneta particular de Córdoba Capital a Mayu Sumaj, 10 km. de Carlos Paz, camino a las Altas Cumbres. Puedo hacerlo?
  • Adalberto Jose Lago10 de mayo de 2020 a las 10:33 pmHola, como se encuadra el permiso de circulación para a el estudio contable o alguien quiere ver un galpón que está en alquiler Estos lugares están en la ciudad.
  • Adalberto Jose Lago10 de mayo de 2020 a las 10:34 pmHola, como se encuadra el permiso de circulación para a el estudio contable o alguien quiere ver un galpón que está en alquiler Estos lugares están en la ciudad.
  • hector lujan gutierrez12 de mayo de 2020 a las 1:00 pmES UNA GRAN AYUDA PARA LA SOCIEDAD
  • Marcela orellano12 de mayo de 2020 a las 7:21 pmSoy peluquera y trabajo en otra localidad como hago para tramitar el permiso
  • Graciela12 de mayo de 2020 a las 11:04 pmMi hija tiene turno con el ginecologo xq l deben intervenir quirurgicamente. No hay medios d transporte publico tampoco se permite la circulacion d remises y/o taxis. Tengo permiso para circular . La puedo llevar en mi auto?
  • Liliana Haydee Gargiulo18 de mayo de 2020 a las 11:11 amTengo que ir a la gleiser x guardia no encuentro ningún permiso como hago
  • Liliana Haydee Gargiulo18 de mayo de 2020 a las 11:12 amNo encuentro ningún permiso para ir a la Guardia de la gleiser

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