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Esta nota tiene más de un año

Qué dice el decreto que le da más poderes presupuestarios a Cafiero y qué puede hacer el Congreso

El Gobierno nacional publicó un Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) en el que otorga al jefe de Gabinete de la Nación, Santiago Cafiero, la potestad durante 2020 de modificar sin límites el presupuesto nacional que guarde relación con la emergencia sanitaria, así como también lo faculta para reasignar los fondos de los gastos reservados y de inteligencia de la Agencia Federal de Inteligencia (AFI). El decreto, como se explicó en esta nota, originó críticas de especialistas y opositores.

Qué dice el decreto

El Congreso argentino no aprobó un presupuesto para 2020 y, como se explicó en esta nota, el Estado nacional prorrogó el de 2019 y va realizando distintas modificaciones presupuestarias para modificar el presupuesto del año anterior.

Estas modificaciones presupuestarias realizadas por el Poder Ejecutivo, como se explicó en esta nota, suceden todos los años, pero tienen un límite. Según una ley aprobada en 2016 -durante la gestión de Cambiemos pero con el apoyo del peronismo en ambas cámaras (ver acá y acá)-, el jefe de Gabinete de Ministros podía disponer las reestructuraciones presupuestarias que considere necesarias (aumentar o reasignar partidas), pero desde 2018 en adelante estos cambios no podían superar el 5% del monto total aprobado anualmente por el Congreso. Las modificaciones tampoco podían superar el 15% “del presupuesto aprobado por finalidad”; estas finalidades miden todos los gastos de la administración nacional en un área determinada como educación o salud, sin importar qué ministerio u organismo realice el gasto.

Este límite que era del 5% ya se había aumentado al 7,5% en diciembre de 2019, durante la gestión de Alberto Fernández, cuando se aprobó la emergencia económica. Pero el nuevo decreto elimina este límite (así como el 15% para las finalidades), aunque las reasignaciones sólo están habilitadas para el caso de políticas relacionadas con la emergencia sanitaria durante 2020 y para la reasignación de fondos reservados y de inteligencia de la Agencia Federal de Inteligencia (AFI) -una medida que ya había anunciado el Gobierno-.

Qué puede hacer el Congreso

Como se explicó en esta nota, los DNU son una herramienta prevista en la Constitución para casos excepcionales, donde se le permite al Poder Ejecutivo legislar sin pasar por el Congreso “cuando circunstancias excepcionales hicieran imposible seguir los trámites ordinarios” para la sanción de las leyes. Si bien tiene carácter de ley, la Constitución aclara que para conservar su vigencia debe ser validado por el Congreso. El Parlamento no puede introducir modificaciones al decreto y la única manera de derogarlo es con el rechazo de ambas cámaras (algo que nunca sucedió). Si el decreto no es rechazado, automáticamente se presume su vigencia. 

Este DNU obtuvo dictamen favorable en la Comisión Bicameral del Congreso -que se encarga de debatir la validez de este tipo de decretos- gracias a los votos positivos de los legisladores del Frente de Todos y ahora se votará en los recintos, como se explicó en esta nota donde se marca la diferencia de criterio de dicho partido a nivel Nacional y en la Ciudad. Distintos sectores de la oposición criticaron la medida (ver acá, acá y acá) e incluso diputados nacionales presentaron un proyecto de ley para derogar los artículos cuestionados del DNU.

 

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