Un Código de alcance limitado
La diputada nacional por el Frente Renovador Graciela Camaño criticó en una entrevista en Radio Mitre la forma en la que el Poder Ejecutivo Nacional presenta el nuevo proyecto de Código Procesal Penal de la Nación ante la sociedad, porque la reforma -aunque considerada positiva por ella en cuanto a acelerar los procesos- no impactaría en la prevención de la inseguridad ni tampoco en todas las provincias. “En realidad en nuestra Constitución el Código Procesal es competencia de las jurisprudencias provinciales. Entonces, este Código es fundamentalmente para la Capital Federal, que tiene sólo cuestiones leves en su Código Procesal, y también los delitos que tratan los juzgados federales en todo el territorio de la Nación”, explicó Camaño. Esto se debe a que según la Constitución Nacional las provincias no pueden dictar “los Códigos Civil, Comercial, Penal y de Minería”, pero nada dice del Código Procesal Penal, y establece que las jurisdicciones provinciales “conservan todo el poder no delegado (…) al Gobierno federal”. El informe 2012 de la Junta Federal de Cortes y Superiores Tribunales de Justicia de las Provincias Argentinas y Ciudad Autónoma de Buenos Aires (Ju.Fe.Jus.) muestra que distritos del país con altos índices de crímenes, como la Provincia de Buenos Aires, ya cuentan con un sistema penal acusatorio -es decir, cuando la investigación está en manos del Ministerio Público Fiscal y la sentencia en manos de los jueces del Poder Judicial-. Los Códigos de las Provincias de Buenos Aires, Catamarca y Chaco son los que más años de vigencia tienen. En los últimos años, se sumaron Santa Fe, Neuquén, Chubut y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (que sólo tiene a su cargo contravenciones y algunos delitos), entre otras.
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