Skip to content
Esta nota tiene más de un año

#DebateAborto: chequeos a los argumentos a favor y en contra (II)

La discusión por la interrupción voluntaria del embarazo continuó el último jueves en las comisiones de Legislación General y Penal, Familia y Mujer, y Salud de la Cámara de Diputados de la Nación, y se espera que el próximo 13 de junio el proyecto se trate en el recinto. En las audiencias expusieron 738 oradores y algunas afirmaciones se repitieron varias veces. Luego de una primera nota, a continuación presentamos un nuevo chequeo a otros de los principales argumentos a favor y otro en contra que fueron mencionados durante las audiencias.

– “La legalización del aborto sería inconstitucional”. FALSO

Uno de los argumentos presentados por varios opositores al proyecto de legalización del aborto es que hacerlo sería inconstitucional, ya que la Argentina se comprometió en 1994 a través de la ratificación de diferentes tratados internacionales a proteger la vida desde la concepción.

Así lo sostuvieron el ex senador Eduardo Menem, el constitucionalista Alberto Bianchi y el abogado Rodolfo Barra, miembro de la Corte Suprema de Justicia de la Nación entre 1990 y 1993. Y se trata de un argumento que además utilizó el presidente del Colegio de Abogados de la Ciudad de Buenos Aires, Guillermo Lipera.

La Constitución nacional no se refiere específicamente al aborto, pero sí ratifica en el artículo 75 diferentes tratados internacionales y les da jerarquía constitucional. Entre ellos se encuentra la Convención Americana sobre Derechos Humanos (también llamado Pacto de San José de Costa Rica) que establece que “toda persona tiene derecho a que se respete su vida” y que “este derecho estará protegido por la ley y, en general, a partir del momento de la concepción”.

Al debatir sobre este punto, se dio una discusión entre los constituyentes y existió una propuesta para explicitar que se debía proteger la vida desde la concepción. Sin embargo, esta moción no se incluyó en la reforma de 1994. De hecho, el ex presidente Raúl Alfonsín resumió en su exposición como convencional constituyente: “Estamos de acuerdo en votar afirmativamente este proyecto, que no le dice a la Legislatura que penalice el aborto o que libere cualquier posibilidad de aborto, sino que se trata de una iniciativa que podría estar perfectamente vinculada a la legislación de un país que acepta el aborto, como es Suecia, y también podría estarlo a la de un país como Irlanda, que lo prohíbe”.

Por otro lado, la propia Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), el máximo tribunal que interpreta la Convención, definió que la legalización del aborto no la contradice. En un fallo de 2012 aseguró: “Es posible concluir de las palabras ‘en general’ que la protección del derecho a la vida con arreglo a dicha disposición no es absoluta, sino es gradual e incremental según su desarrollo, debido a que no constituye un deber absoluto e incondicional, sino que implica entender la procedencia de excepciones a la regla general”.

En este sentido, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) señaló la semana última, ante la consulta del diputado nacional y presidente de la Comisión de Legislación General Daniel Lipovetzky (PRO), que “no es admisible otorgar la condición de persona al embrión”.

En otro fallo de 1981 la Corte definió de manera explícita que la legislación estadounidense, donde la interrupción voluntaria del embarazo es legal, no implicaba una violación a los principios de la Convención.

Otro tratado internacional citado por quienes se oponen a la legalización es la Convención sobre los Derechos del Niño. Esta Convención no habla de la vida desde la concepción, sino sólo de los menores de 18 años. La Ley 23.849, por la que la Convención se incorpora a las leyes argentinas, aclara que “se entiende por niño todo ser humano desde el momento de su concepción”. Sin embargo, esto no es parte del tratado internacional sobre los derechos del niño sino una norma del propio Congreso argentino.

El Comité de los Derechos del Niño, además, a cargo de la aplicación de esta Convención, recomendó a la Argentina este mes que garantice “el acceso a servicios de aborto seguro y atención postaborto para adolescentes”. En la Argentina nacen casi 100 mil chicos por año de una madre adolescente, según datos del Ministerio de Salud nacional, y -si bien no hay cifras específicas sobre adolescentes- se estima oficialmente que se realizan 450 mil abortos anuales de forma clandestina.

En 2012, la Corte Suprema falló sobre el caso FAL, una chica de 15 años que había sido violada por su padrastro, en el que interpretó que el artículo 86 del Código Penal de la Nación permitía el aborto en los casos de violación y de peligro para la salud o vida de la madre. En su fallo, la Corte analizó los diferentes tratados internacionales y no encontró ninguno que prohibiese el aborto en los casos previstos por el Código Penal.

Esto se aplica para los casos de violación o riesgos para la salud o vida de la mujer, pero implica también que el máximo tribunal del país consideró que no es un principio constitucional que la vida deba ser protegida desde la concepción, ya que existen excepciones.

“No hay nada en la Constitución ni en los tratados internacionales ni en los fallos de la Corte por el que se pueda considerar inconstitucional el aborto”, señaló a Chequeado el constitucionalista Andrés Gil Domínguez. Y, además, agregó: “Si los tratados prohibiesen el aborto, los países que ratificaron la Convención y legalizaron el aborto lo estarían violando, y los organismos internacionales lo habrían señalado”.

Con la interpretación actual de la Corte y la jurisprudencia internacional, entonces, la legalización del aborto no es inconstitucional.

– “La mayoría de los países desarrollados legalizaron el aborto”. VERDADERO

Argumentos en esta línea fueron señalados por el sacerdote católico Gustavo Carrara; Mariela Belski, directora ejecutiva de Amnistía Internacional de Argentina; y Paola Bergallo, profesora de la Escuela de Derecho de la Universidad Torcuato Di Tella (UTDT) e investigadora en temas de derecho a la salud y género (además de miembro del Consejo de Administración de Chequeado).

Si tomamos los países de altos ingresos, según el Banco Mundial, y los de mayor desarrollo humano, de acuerdo con el informe elaborado por el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), se puede ver que la mayoría (34 de 54 países) permite el acceso al aborto “sin restricciones en cuanto a la razón” o con un sistema de causales amplio que incluye razones socioeconómicas, como es el caso de Japón, Finlandia y Gran Bretaña.

De acuerdo con un relevamiento realizado por Chequeado en base a datos de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) y del Centro de Derechos Reproductivos, una minoría de estos países (9 de 54) prohíben o restringen el acceso al aborto y lo admiten sólo en caso de riesgo de vida de la mujer, como en los Emiratos Árabes Unidos, Brunei y Malta.

En esta misma categoría también se encuentra Irlanda. Sin embargo, en las últimas semanas en ese país se realizó un referéndum y ganó el “sí” a la modificación de una enmienda constitucional que impide al gobierno irlandés legislar sobre el aborto. Por esto se espera que pronto se liberalice la norma, en línea con otros países europeos.

De los 28 países que pertenecen a la Unión Europea, 22 permiten la interrupción voluntaria del embarazo sin restricciones en cuanto a la razón, con diferentes plazos de gestación. Entre estos últimos se encuentran Francia, España e Italia. Otros tres permiten la práctica con un sistema de causales que incluye las razones socioeconómicas: Chipre, Finlandia y Gran Bretaña. En otros continentes, países como Estados Unidos, Canadá, Rusia, China y Australia también legalizaron el aborto.

Según un estudio del Instituto Guttmacher, un centro de estudios estadounidense dedicado a la investigación de políticos sobre los derechos reproductivos, el 81% de las mujeres en países desarrollados vive con leyes que permiten el aborto sin restricción, mientras que en los países en desarrollo ese porcentaje representa un 29 por ciento.

Temas

Comentarios

  • Matías12 de junio de 2018 a las 4:05 amExcelente informe. Seguro que dentro de poco vas a tener muchos comentarios de los llamados "provida" (pero que las que hacen abortos clandestinos sigan muriendo) que van a cuestionar tu objetividad. Igual con todos los datos que presentás sería ridículo decir que no estás siendo objetivo.
    • Eduardo14 de junio de 2018 a las 4:00 pmOk matemos a los bebe. Barbaro genial!!!son de terror se prestan a negocios de salud puli a prepagas laboratorios etc. Que Dios los perdone!
      • Mariano8 de agosto de 2018 a las 3:04 pmmenos mal que no creo en dios
        • Mariana Perez Connieng14 de agosto de 2018 a las 11:11 amYo creo en Dios. Y no creo en Mariano.
          • Matías15 de agosto de 2018 a las 2:04 pmQue tus creencias antiguas queden en tu casa weyy
  • ElPato12 de junio de 2018 a las 11:07 am“La legalización del aborto sería inconstitucional” ... Por favor, la legalizacion del aborto tiene q tratarse de manera objetiva, sino vamos a terminar con una ley que solo beneficie a la clase burguesa y empeore la situacion en las clases mas vulnerables... Ley Nº 23.849 Art 2. (...) Con relación al artículo 1º de la CONVENCION SOBRE LOS DERECHOS DEL NIÑO, la REPUBLICA ARGENTINA declara que el mismo debe interpretarse en el sentido que se entiende por niño todo ser humano desde el momento de su concepción y hasta los 18 años de edad.
    • Ruben de León14 de junio de 2018 a las 2:10 amEl art 1 CDN, literal "ARTÍCULO 1 Para los efectos de la presente Convención, se entiende por niño todo ser humano menor de dieciocho años de edad, sal- vo, que, en virtud de la ley le sea aplicable, haya alcanzado antes la mayoría de edad." Lo demás es la interpretación interna según la ley de ratificación del convenio, ley interna. Dicha ley se puede modificar por una posterior que quite la interpretación "desde la concepción ", como la que se esta debatiendo. En definitiva la Convención no es la que define la vida desde la concepción, tampoco nuestra Constitución y por lo tanto la ley de legalización no resultaria inconstitucional.
      • Juan Santamaria5 de julio de 2018 a las 7:50 pmTe olvidas del pacto de San José de Costa Rica. Estudialo y decime, lo mismo que puso Chequeado. Una vergüenza.
  • Belen12 de junio de 2018 a las 2:16 pmMalísimo! Solo se promulgan a favor de la despenalización del aborto! En vez de ser una página sería q exponga verdades y falsedades de todo lo q se dice Donde esta la imparcialidad
    • dario calderon13 de junio de 2018 a las 1:57 pmestan poniendo datos que se argumentan desde ambos lados, el problema en este caso es que los 2 datos que dan los PRO VIDA , son falsos segun chequeado... en mi opinion es por que no se sostienen los argumentos que dan
    • Jose16 de junio de 2018 a las 1:23 pmExacto, me gustaba chequeado, ahora de que también tienen sesgos parciales
  • Mariano12 de junio de 2018 a las 11:15 pmEstaría bueno que verifiquen otros argumentos mas y no solo los que favorecen a la legalización del aborto. Su trabajo es impecable y me encanta, por favor que no se pierda la objetividad.
    • Gonzalo Llado14 de junio de 2018 a las 5:10 pmEn este caso verificaron dos argumentos uno de cada lado, el problema (problema para los que se oponen) es que el argumento a favor era cierto y el argumento en contra era falso...
  • Ignacio Gómez Garay13 de junio de 2018 a las 10:50 amEs evidente que los argumentos más fáciles de sustentar con datos fehacientes son los que apoyan el aborto jajaja. Honestamente, no hay un solo argumento pro-vida que se me ocurra apoyar con evidencia.
  • Salvador13 de junio de 2018 a las 2:15 pmAcá "Chequeado" mostró la hilacha, se acabó la objetividad y prevalecieron los intereses personales de quienes escriben la nota.
    • Carlos8 de agosto de 2018 a las 9:24 pmPara decir eso tenés que demostrar que los argumentos que presentaron son falsos. Que vos afirmes que no son objetivos porque sí no lo hace cierto. Deja el pensamiento mágico para la obra de Marquez.
  • Federico14 de junio de 2018 a las 1:14 amLos felicito. Muy bueno el informe. Seria muy interesante que chequeado.com verifique las cifras de muertes presentadas, que verifique que sumas mueve en los países donde es legal abortar la industria del aborto y cuanto le costaría al estado esta legalización.
  • Gonzalo Llado14 de junio de 2018 a las 5:03 pmCreo que podrían haber chequeado más argumentos, Uds cuales creen?. De todas formas Lo hicieron con: uno de los que están a favor de la legalización (y se demostró que era cierto) y con uno de la posición contra la legalización (y demostró que era falso)
  • Mohammed18 de junio de 2018 a las 3:30 pmArt. 75 inc. 23: "Dictar un régimen de seguridad social especial e integral en protección del niño en situación de desamparo, desde el embarazo hasta la finalización del período de enseñanza elemental, y de la madre durante el embarazo y el tiempo de lactancia." DESDE EL EMBARAZO. – “La legalización del aborto sería inconstitucional”. VERDADERO.
    • Carlos8 de agosto de 2018 a las 9:28 pmAhí no dice ni se puede interpretar unívocamente que la madre no pueda interrumpir el embarazo. Se puede leer explicitamente que tiene que existir "Seguridad Social" en protección del niño y de la madre embarazada lo cual no implica obligatoriedad de continuar el embarazo sino obligatoriedad en el caso de hacerlo de que el Estado otorgue esa "Seguridad Social".
  • Antonella19 de junio de 2018 a las 1:21 amY qué dice el preámbulo de la convención de los derechos del niño? Y embrión es una persona por nacer de 9 meses? Porque con éste proyecto de ley se prevé que por salud "psiquica" de una mujer se pueda abortar a los 9 meses...

Valoramos mucho la opinión de nuestra comunidad de lectores y siempre estamos a favor del debate y del intercambio. Por eso es importante para nosotros generar un espacio de respeto y cuidado, por lo que por favor tené en cuenta que no publicaremos comentarios con insultos, agresiones o mensajes de odio, desinformaciones que pudieran resultar peligrosas para otros, información personal, o promoción o venta de productos.

Muchas gracias

Responder a Juan Santamaria Cancelar respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *