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“La función social de la propiedad significa expropiación de terrenos”

La función social de la propiedad es un concepto que busca regular la propiedad privada, pero que erróneamente se asocia con la expropiación de la misma. Este tema estuvo en debate recientemente, porque era un reclamo histórico de diversas organizaciones y no fue incluido ─luego de las modificaciones del Poder Ejecutivo─ en el nuevo Código Civil y Comercial de la Nación aprobado este mes por el Congreso y que entrará en vigencia en enero de 2016.

A través de la función social de la propiedad se busca alcanzar un uso efectivo y responsable del suelo, es decir, armonizar la propiedad privada con el interés social. Los especialistas explican que esto implica en la práctica otorgarle al Estado herramientas para regular el derecho a la propiedad privada, y para que el acceso al suelo no esté determinado únicamente por el mercado inmobiliario.

Sin embargo, la función social de la propiedad no equivale a la expropiación de terrenos. Sí se contempla esa posibilidad en la Ley de Acceso Justo al Hábitat, que entró en vigencia en la Provincia de Buenos Aires en enero de 2013 y utiliza este concepto como principio rector, pero sólo hace referencia a la expropiación por parte del Municipio en los casos en que luego de cinco años los propietarios de un terreno no hayan cumplido con la obligación de parcelar o edificar que establece la ley (ver: “De qué se trata la Ley de Acceso Justo al Hábitat”).

El investigador del Instituto del Conurbano Bonaerense (UNGS-ICO) Raúl Fernández Wagner explicó a Chequeado que hay otros casos en los que el Gobierno sí puede expropiar. “Por ejemplo, cuando decide que va a trazar un camino y expropia una franja de campo (…) sería un daño muy grande que tuviera que andar esquivando campos. Es decir, la expropiación se ejerce en general para obra pública, pero no está asociada con la función social de la propiedad”, aclaró Fernández Wagner.

Concretamente, la función social de la propiedad pretende limitar la especulación inmobiliaria e incorporar terreno vacante al mercado, según los especialistas. Esto implica promover ya sea el alquiler o la venta de viviendas vacías, como por ejemplo con un impuesto que regule estas prácticas, y el uso de terrenos o lotes que se encuentran ubicados en lugares con acceso a la infraestructura urbana.

Según Ana Pastor, presidente de la Asociación Madre Tierra y miembro de la red Habitar Argentina, estas medidas no sólo apuntan a aumentar la cantidad de viviendas disponibles, sino también a disminuir los precios de los alquileres y las ventas del mercado inmobiliario. “Es una cuestión de oferta y demanda: si es mayor la demanda que la oferta, sube el valor del bien. Si esos bienes son puestos en función social, vendidos o alquilados, el valor del bien baja”, explicó.  

La función social de la propiedad fue reconocida por primera vez en la Argentina en la Constitución de 1949, que luego fue derogada durante la dictadura en 1955. Actualmente, tiene jerarquía constitucional -por la reforma de 1994 que incorpora al texto de la Constitución los tratados internacionales- ya que el artículo 21 de la Convención Americana de Derechos Humanos establece que “toda persona tiene derecho al uso y goce de sus bienes, pero el Estado puede subordinar ese uso y goce al interés social”. En 14 Constituciones provinciales también se reconoce este principio.

En este sentido, Fernández Wagner aclaró que “un juez podría fallar dentro de un caso en nombre de la función social de la propiedad porque está reconocida en la Constitución”. Pero el especialista advirtió que en el país no existe todavía una ley urbanística nacional y, en general, es difícil la implementación de este principio.

Un comunicado del Colegio Público de Abogados de la Capital Federal (CPACF) reconoce que al tener rango constitucional, la función social de la propiedad es un instrumento de carácter general que sirve como base para legislaciones internas. Sin embargo, el CPACF critica la manera en que se buscó incluir en el Código porque resultaba vaga y de esta forma “los habitantes no tienen reglas claras de sujeción para desarrollar los actos de su vida civil en los términos que determina la Constitución Nacional”.

La relación con los asentamientos informales

La existencia de asentamientos informales en el país, como las villas, está relacionada con cuestiones de acceso al suelo como se explica en este chequeo. De acuerdo con datos del Censo 2010 del Indec, el 14,2% de los habitantes del país se encuentra en una situación de tenencia irregular.

Según Pastor, las personas de sectores bajos y medios que no pueden acceder al mercado formal inmobiliario se ven empujados a los asentamientos informales. “Históricamente en los sectores bajos una pareja nueva alquilaba mientras ahorraba para comprarse un lote en la periferia. Este proceso se vio interrumpido cuando, por un lado se terminó el acceso al crédito, y por otro, los clubes de campo entraron a disputarles territorio en las periferias a los sectores populares. Así, el valor del terreno en la periferia aumentó y, quienes tenían terrenos dejaron de  lotearlos y venderlos en cuotas a los sectores necesitados”, afirmó Pastor.

El relevamiento de asentamientos informales de la ONG Techo establece que en la mayoría de los asentamientos informales del país la tendencia es no tener boleto de compra-venta (84%), es decir, que muchas veces son consecuencia de tomas de tierra. “La problemática de la situación irregular de la tenencia del suelo es amplia y abarca incluso a los sectores medios de la Argentina y no solo a los habitantes de villas y asentamientos”, concluye el documento.

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Comentarios

  • Mariano T.26 de octubre de 2014 a las 1:19 pmOjo que la expropiación es una herramienta legítima y preferible a que en defensa de la función social se pretendan imponer trabas inaceptables al uso de la propiedad o que anulen su valor.
    Si no puedo usar una propiedad prefiero que el Estado la expropie pagando el valor de mercado.
    • luis201427 de octubre de 2014 a las 2:28 amseñor mariano, no tiene la mas mínima idea de lo que significa la función social de la tierra. a su disposición. saluda atte, luis.
      • Mariano T.27 de octubre de 2014 a las 11:19 pmExplicalo si te sale. Pero en general es un concepto tan amplio e inasible que puede significar cualquier cosa.
        No implica expropiación pero muchas veces sería mejor que así lo hiciera
  • Mark27 de octubre de 2014 a las 1:12 pmSi los que no tienen dinero les regalan la tierra, (y a veces la casa), los estúpidos que las compramos que nos dan ? A si ya se IMPUESTOS.
  • Guillermo30 de abril de 2015 a las 2:54 amQué lavado de cerebro. La propiedad privada es privada, no sujeta a arbitrio como sugiere esta tendencia de considerar a la gente incapaz y por consiguiente con derecho a algo sobre otro (otro lavado de cerebro). El que no cree en la propiedad no cree en la justicia, no cree en la libertad. Los "especialistas" lo son en administrar los bienes de los demás, no en la producción de bienes. Me mata el "son empujados" y el implicar que "únicamente por el mercado" sea algo malo. La ignorancia de creer que el mercado es algo diferente a un lugar donde hay intercambios entre adultos en paz sin ventajas.
    • Joan4 de junio de 2015 a las 5:40 pmEl que tiene lavado el cerebro con las teorias liberales sos vos. No hay lugar donde el mercado haya resuelto todos los problemas que la libre concurrencia genera, problemas sociales, económicos, culturales (como tu pensamiento).
      • Claus9 de junio de 2015 a las 2:01 pmEs que los incapaces lo serán siempre. Todas estas ideas disfrazadas de politicamente correctas y edulcoradas, que en definitiva plantean interferir en el derecho del propietario sobre algo, no hace más que ir -a la larga- en detrimento de los que generan y producen. Busquemos y solucionemos los impedimentos fundamentales que limitan el acceso a las viviendas, pero este tipo de iniciativas o no prosperan o resulta en un retroceso de la calidad y cantidad del recurso. Y aparte el liberalismo es mucho más que mercado.
  • María Victoria28 de julio de 2015 a las 2:57 amEn la Argentina hay tanto territorio para poblar. Una política de Estado debería favorecer el arraigo de las familias en el interior de las provincias, con construcción de rutas, escuelas, hospitales, estimulando las economías regionales que son multiplicadoras de riqueza, como lo es todo lo relacionado con la agro-alimentación, generar materia prima, industrializarla, exportar al mundo, no solo a algunos países "ideológicamente" seleccionados, ignorando y cerrándonos al resto como lo hace el kirchnerismo. No amontonar la gente en villas y asentamientos indignos, como "votos cautivos". En bien de la gente y la grandeza del país, POBLAR EL PAIS, FAVORECER EL TRABAJO GENUINO, NO EL EMPLEO PRECARIO Y ESTATAL, LA GENERACION DE RIQUEZA A PARTIR DE TODAS LAS FUERZAS PRODUCTIVAS, QUE PONGA EN MARCHA EL PAIS Y BRINDE POSIBILIDADES DE CRECIMIENTO Y SUPERACION A TODOS SUS HABITANTES.
    • Claudio D16 de febrero de 2019 a las 7:56 amExcelente tu comentario
  • José29 de noviembre de 2018 a las 8:02 pmLa propiedad no es un derecho absoluto y puede ser afectada por terceros, incluyendo el Estado cuando implican factores como el interés público, la necesidad social o la seguridad del Estado, imaginemos un sujeto acaparador de un producto de consumo escaso en el mercad (podría ser un medicamento), un área de terreno por donde se instalarán las rieles del tren o un parque para los niños, como se puede observar no puede ser una herramienta irrazonable sino debidamente fundamentada.
  • Susy14 de octubre de 2019 a las 11:47 pmCreo que la función social tiene su fundamento en la Constitución Nacional para cumplir conceptos de equidad, igualdad, justicia, etc., esto significa que el valor del mercado es para el mercado inmobiliario, perfecto, pero a la hora de calcular la valuación tiene que ser un valor inferior a la locura de la oferta y demanda por la cual estamos todos interesados, sobre todo para vender propiedades, ahora digo que los catastros municipales y provinciales deben considerar un valor menor a la hora de fijar el impuesto del tributo territorial y fijar el valor de los servicios en función también en el valor del mercado de la propiedad. Ello es así porque tiene que ser consecuente con el desarrollo sustentable, la mayoría de los intendentes creen que la forma de conseguir dinero es abocarse a cobrar los valores respecto del mercado, entonces lo que hacen es beneficiar algunos sectores de la sociedad especulativos y generar inconvenientes en otros donde viven con lo justo. Entonces en aras de la planificación territorial los valores para los impuestos territoriales tienen que tener otras variables que hoy en día ni se tienen en cuenta. Especialista en planificación. atte.
  • Margarita.11 de enero de 2020 a las 9:51 pmCualquier uso de la propiedad privada que no sea el dispuesto y consentido por el dueño viola el carácter de derecho de un particular al pasar por encima del carácter de privada , exclusivamente propia de esa persona. Y los que proponen ese tipo de usurpación -como Grabois- deberían ser castigados por instigación a cometer delitos... Los que tienen hijos que sabían que no podían cuidar y mantener tienen ser sometidos a vasectomía, para que nunca vuelvan a perjudicar así al estado; también Grabois, porque le da un mal ejemplo a sus hijos y a los hijos de otros con esa "instigación" o como se llame jurídicamente.
  • Paola15 de marzo de 2022 a las 9:29 amConsulta los lotes sociales pueden valer $350.000 mil pesos a nosotros el municipio nos quiere cobrar eso
  • Valeria28 de marzo de 2023 a las 1:02 amLa propiedad no es un derecho absoluto, si quiero instalar una fabrica no puedo ,debe ser conciente de que ello tiene que estar dentro de un parque industrial, que los palos para luz y demas servicios no pueden pasar por terrenos ajenos, que él ruido no puede ser cualquier horario a lo que voy, muchas en contra de la expropiación, pero el mercado inmobiliario la gente de clase baja y media no pueden acceder por sus valores tan altos y el estado debe garantizar el derecho a la tierra y creo que la expropiación es una medida a la posibilidad de que muchas familias puedan acceder a un terreno social.

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