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El veto presidencial: cómo puede el Congreso insistir con una ley rechazada por el Ejecutivo

Si tenés sólo unos segundos, leé estas líneas:
  • Tras la media sanción de la reforma de la fórmula de movilidad previsional, impulsada por la oposición en la Cámara de Diputados, el presidente Javier Milei aseguró que de aprobarse la ley en el Senado “vetará todo”.
  • El Congreso tiene la facultad de insistir con la ley sancionada y rechazar el veto, pero para hacerlo debe conseguir 2 tercios de los votos en cada una de las cámaras.
  • Hay antecedentes de leyes en las que el Congreso logró revertir un veto presidencial, pero el último caso ocurrió en 2003 bajo la presidencia de Eduardo Duhalde (Partido Justicialista).

La Cámara de Diputados aprobó un proyecto de ley que propone una nueva fórmula de movilidad jubilatoria que modifica el actual sistema de aumentos previsionales.

Si bien el proyecto aún requiere de la aprobación del Senado para convertirse en ley, el presidente de la Nación, Javier Milei (La Libertad Avanza), adelantó que de sancionarse la norma la vetará. “Cada vez que los degenerados de la política quieran romper el equilibrio fiscal, les voy a vetar todo”, dijo en un discurso en el Latam Economic Forum 2024.

Tras sus declaraciones, varios legisladores nacionales, con Leopoldo Moreau (Frente de Todos) a la cabeza, adelantaron que, en tal caso, van a buscar rechazar el veto.

Pero, ¿cómo es el proceso? Lo repasamos en esta nota.

¿Cuál es el proceso para rechazar un veto presidencial?

Todas las leyes sancionadas por el Congreso son comunicadas al Poder Ejecutivo, quien tiene la facultad de promulgarlas o vetarlas, sea parcial (es decir, sólo algunos artículos) o totalmente. Según el artículo 83 de la Constitución Nacional, cuando se desecha un proyecto sancionado o se lo observa parcialmente, vuelve a la Cámara de origen -en el caso de vetos parciales, sólo la parte observada-, porque el Congreso tiene la facultad de insistir con su redacción original. Esto solo puede hacerse en el año en el que fue devuelto o el siguiente. Luego, se dará por caducado.

El texto objetado parcial o totalmente por el Ejecutivo vuelve a ingresar a la Cámara de origen por mesa de entradas y es girado a las comisiones que trataron la ley en cuestión en primer lugar. En el caso del proyecto de movilidad jubilatoria, volvería a Diputados y sería girado a las comisiones de Previsión y Seguridad Social, y Presupuesto y Hacienda.

Para insistir con la ley original, los diputados deben lograr un dictámen de mayoría “de insistencia” y no pueden incorporar modificaciones. Si logran dictamen, el texto debe ser debatido en el marco de una sesión y aprobado con al menos 2 tercios de los votos de los presentes. Luego el trámite pasa a la Cámara revisora (en este caso, el Senado), que debe replicar el mismo proceso: pasar por comisiones, dictaminar, convocar a sesión y conseguir los 2 tercios de los votos de los presentes.

Si las 2 cámaras cumplen con estos requisitos, el Poder Ejecutivo se verá obligado a promulgar la ley. El Presidente no puede vetar la norma nuevamente. Pero si el Congreso no consiguiera los 2 tercios para insistir con la ley, se mantiene el veto y el Parlamento no podrá insistir con el tema por al menos un año.

¿Qué pasa con los votos necesarios?

La media sanción de la nueva fórmula de movilidad jubilatoria en Diputados fue aprobada por 160 votos afirmativos, una mayoría holgada que reunió a Unión por la Patria (UP), la Unión Cívica Radical (UCR), Hacemos Coalición Federal, Innovación Federal, la Coalición Cívica (CC), Por Santa Cruz y el Movimiento Popular Neuquino (MPN).

Ahora bien, para lograr los 2 tercios, la Cámara baja necesita 172 votos si hubiera asistencia perfecta de los diputados. Si estos bloques opositores y dialoguistas lograsen sentar en sus bancas a todos sus miembros contarían con 171 y quedarían a tan solo un voto de los 2 tercios. De esta forma, tendrían aseguradas 99 adhesiones de UP, 34 de la UCR, 16 de Hacemos, 8 de Innovación, 6 de la CC, 5 de la Izquierda -que, si bien se abstuvo en la votación, ya adelantó que rechazaría el veto presidencial-, 2 de Por Santa Cruz y 1 del MPN.

El voto que falta podría salir de quienes se abstuvieron en la votación de esta semana: las 2 diputadas de Producción y Trabajo, María de los Ángeles Moreno y Nancy Picón Martinez, o la legisladora de CREO, Paula Omodeo. También hay quienes participaron del debate pero se ausentaron justo en el momento de la votación, como Silvia Lospenatto y María Eugenia Vidal, ambas del PRO. Además, podrían jugar un papel clave las ausencias, porque baja el número necesario para conseguir los dos tercios.

En el Senado, se necesitarían 48 votos para lograr los 2 tercios en caso de asistencia perfecta. Allí, la reforma de la movilidad jubilatoria todavía no fue tratada, por lo que se desconoce qué tipos de apoyos podría tener la propuesta.

Sin embargo, si se replica lo ocurrido en Diputados, la oposición podría llegar al número teniendo de base las 33 adhesiones de UP, 13 de la UCR y 2 de Por Santa Cruz. Además, se sumarían eventuales apoyos de bloques provinciales, que tienen entre 7 y 9 votos claves. En esta cámara las abstenciones cuentan como ausentes (también restan para el número necesario de los dos tercios).

¿Cuándo el Congreso rechazó un veto presidencial?

Según la Oficina de Información Parlamentaria de la Cámara de Diputados, desde 1983 se revirtieron 25 vetos ante la insistencia de Diputados y el Senado. A Raúl Alfonsín (UCR) el Congreso le rechazó el veto de la reincorporación de agentes bancarios en 1987, mientras que a Carlos Menem (Partido Justicialista) le dieron vuelta 18 vetos. La Ley de Impuesto al Valor Agregado (IVA) y la moratoria previsional de 1995 son algunos de los más destacados.

A Fernando de la Rúa (Alianza) le rechazaron 4 vetos, entre ellos, el Programa de Propiedad Participada de los ex agentes de YPF, y a Eduardo Duhalde (PJ), 2. Uno de ellos fue la exclusión del presupuesto de gastos y recursos de la administración nacional al fondo especial de Salto Grande creado por la Ley 24.954.

Los presidentes Néstor Kirchner, Cristina Fernández, Mauricio Macri y Alberto Fernández, en tanto, nunca tuvieron un veto rechazado por el Congreso.

 

Julieta Cravero, de la Agencia Esfera Pública.

Fecha de publicación original: 06/06/2024

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Comentarios

  • Cesar Simonetti17 de junio de 2024 a las 11:55 pmSi, se puede pagar.y para eso hay que sacar de otro lado.PERO SI SE PUEDE HAY QUE PAGARLO.

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