A 10 años de la muerte de Alberto Nisman: en qué estado se encuentra la causa por su fallecimiento y qué pasó con su denuncia contra CFK
- El 18 de enero de 2015, a pocos días de denunciar a la entonces presidenta Cristina Fernández de Kirchner por encubrimiento de los acusados iraníes en la causa AMIA, el fiscal fue encontrado muerto en su departamento de Puerto Madero.
- Los primeros peritajes determinaron que no hubo intervención de terceros en el hecho. Luego la causa pasó a la Justicia federal, que ordenó un nuevo peritaje y conforme a nuevas pruebas adoptó la hipótesis del homicidio. Aún se desconocen los autores materiales e intelectuales del presunto homicidio.
- La denuncia de Nisman, desestimada inicialmente, fue reabierta por impulso de la DAIA y el juez Claudio Bonadio. Los acusados fueron sobreseídos en 2021, pero en diciembre de 2024 la Corte Suprema confirmó que Fernández de Kirchner debe ir a juicio en esta causa.
El sábado próximo se cumplen 10 años de la muerte de Alberto Nisman. El entonces fiscal a cargo de la investigación de la causa AMIA fue encontrado muerto en su departamento en la noche del 18 de enero de 2015, a pocos días de haber presentado una denuncia contra la ex presidenta Cristina Fernández de Kirchner (Frente para la Victoria) y funcionarios de su gobierno por el presunto encubrimiento del atentado.
Ese día se originó un expediente en torno a su muerte, que pasó por varios juzgados y fiscalías, pero que aún no fue elevado a juicio oral. En esta nota, analizamos la historia y la situación de los 2 expedientes: el de su muerte y el de su denuncia.
La muerte de Nisman: del fuero ordinario al federal y del suicido al homicidio
La causa por la muerte de Nisman no sólo pasó por distintos juzgados, sino por distintos fueros. Se inició en el fuero ordinario de la Justicia nacional (donde se investigan delitos comunes en la Ciudad de Buenos Aires). Al día siguiente del hecho, el entonces decano de la Morgue Judicial, Roberto Godoy, le informó a la fiscal Viviana Fein que no hubo intervención de terceros en la escena. El único imputado era el asesor informático Diego Lagomarsino, por haber entregado un arma a una persona que no tenía portación.
En mayo de 2015, la Junta Médica que analizó el caso, conformada por peritos del Cuerpo Médico Forense, de la Policía Federal y de las partes, concluyó que no había indicios para sostener que se trató de un homicidio.
Sin embargo, a fines de 2015 la jueza Fabiana Palmaghini desplazó a Fein de la investigación y en marzo de 2016 envió el expediente al fuero federal. La Corte Suprema de Justicia de la Nación le dio la razón: en septiembre de 2016 sostuvo que se trataba de la muerte de un fiscal federal en ejercicio de sus funciones y que, por eso, el hecho debía investigarlo el fuero federal.
El expediente quedó en manos del juez federal Julián Ercolini y el fiscal federal Eduardo Taiano. En 2016 el fiscal encomendó un nuevo peritaje, pero en este caso se eligió a la Gendarmería Nacional Argentina. El estudio realizado concluyó que en la muerte de Nisman “habrían participado terceras personas ajenas a la víctima, que además intentaron simular su suicidio”.
La causa en el fuero federal: procesamientos pero sin autores materiales
En diciembre de 2017 Ercolini procesó a Lagomarsino como partícipe necesario del delito de “homicidio simple agravado por el uso de arma de fuego”, por haber entregado el arma con el que se produjo la muerte. También procesó a 4 custodios de Nisman por “encubrimiento agravado” e “incumplimiento de los deberes de funcionario público”, por considerar que con su accionar “ayudaron a la perpetración del ilícito” al dejar ingresar el arma que provocó la muerte (llevada por Lagomarsino).
De acuerdo con un informe presentado por Taiano la semana pasada, “se corroboró la participación activa de terceras personas” que ingresaron al departamento, redujeron a Nisman, lo trasladaron hasta el baño y “allí, con la intención de simular un suicidio, lo obligaron a colocarse de rodillas y le dispararon en la cabeza, en el horario comprendido entre las últimas horas del 17 y la madrugada del 18 de enero de 2015”.
El informe también sostiene que “se verificó que como parte del plan criminal tendiente a simular un suicidio fue necesario facilitar el ingreso al domicilio de un arma con un vínculo verificable que permitiera franquear accesos y controles hasta el Dr. Nisman e inicialmente implantar la duda respecto del fatal desenlace -concepto conocido como ‘arma amiga’-”. En este caso, el arma de Lagomarsino.
Los procesamientos dictados por Ercolini fueron confirmados en junio de 2018 por la Sala II de la Cámara Federal porteña. El informe de Taiano repasa las líneas de investigación desarrolladas desde entonces: se tomó declaración testimonial a 64 agentes y ex agentes de la Agencia Federal de Inteligencia, se realizó un entrecruzamiento de llamadas telefónicas entre personajes del mundo del espionaje en las horas previas y posteriores al hecho y se profundizaron las medidas de prueba por “fundadas sospechas vinculadas al accionar de personal de inteligencia del Ejército Argentino”.
Sin embargo, la causa aún no llegó a juicio oral. Y, por otro lado -y más importante aún- nada se sabe sobre los autores intelectuales y materiales del presunto homicidio. El informe de Taiano, en su última oración, concluye: “Se encuentran en curso la producción de medidas tendientes a determinar la identidad de aquellos que ejecutaron el hecho y de quiénes lo ordenaron, conforme a la hipótesis de la fiscalía”.
La denuncia de Nisman: la desestimación inicial y la reapertura a través de otro expediente
Nisman denunció en enero de 2015, pocos días antes de morir, a Fernández de Kirchner, a su canciller Héctor Timerman, al diputado nacional Andrés Larroque (FpV) y a otros dirigentes y supuestos agentes de inteligencia por el presunto encubrimiento de los acusados iraníes en la causa AMIA a través de la firma del Memorándum de Entendimiento con Irán. El fiscal sostenía que existía un acuerdo entre las autoridades argentinas e iraníes que, presuntamente, tenía el objetivo de hacer caer las alertas rojas de Interpol que pesaban sobre los imputados iraníes.
El juez federal Daniel Rafecas desestimó la denuncia por “inexistencia de delito”. Lo mismo hizo un mes más tarde la Sala I de la Cámara Federal porteña. El caso llegó a la Cámara Federal de Casación Penal. En esta instancia el fiscal Javier De Luca no sostuvo la apelación, por lo que el caso fue archivado.
En paralelo, se originó una causa en la que se investigaba a Timerman por presunta traición a la patria a partir de una conversación telefónica con el ex presidente de la AMIA, Guillermo Borger, en la que –antes de la firma del memorándum- Timerman admitía que el atentado había sido cometido por los iraníes. Con este material, la Delegación de Asociaciones Israelitas Argentinas (DAIA) pidió la reapertura del caso. Rafecas y la Cámara Federal lo negaron, pero la DAIA, como querellante, sostuvo la apelación ante la Cámara de Casación, que apartó a Rafecas y ordenó reabrir la causa.
La instrucción de Bonadio, los sobreseimientos del Tribunal Oral y el nuevo juicio ordenado por la Corte
El caso fue sorteado y cayó en el juzgado de Ariel Lijo, pero a los pocos meses el juez federal Claudio Bonadio, que llevaba la causa contra Timerman por las conversaciones telefónicas, pidió la conexidad y el presidente de la Cámara Federal, Martín Irurzun, le envió el expediente de la denuncia de Nisman para que investiguen las 2 causas juntas.
En diciembre de 2017 Bonadio dictó el procesamiento con prisión preventiva de Fernández de Kirchner, cuya detención no se concretó porque la ex presidenta ya había sido electa senadora y tenía fueros. El caso fue elevado a juicio oral y a fines de 2019, luego de su asunción como Vicepresidenta, el Tribunal Oral revocó la prisión preventiva de Fernández de Kirchner.
En octubre de 2021, cuando todavía no había comenzado el juicio, el Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 8, a cargo del expediente, dictó el sobreseimiento de los imputados por inexistencia de delito. Este fallo fue apelado y en septiembre de 2023 la Cámara de Casación revocó el sobreseimiento de Fernández de Kirchner y otros acusados, y apartó a los jueces del tribunal oral que habían dictado el sobreseimiento.
La defensa de la ex Presidenta apeló ante la Corte, que en diciembre de 2024 rechazó su recurso y confirmó, de esta manera, que Fernández de Kirchner debe ir a juicio oral por la firma del Memorándum.
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