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Cómo emplea el Estado: datos y definiciones sobre planta permanente, contratados y monotributistas

Luego de la asunción de Mauricio Macri y la serie de despidos anunciados en diferentes dependencias públicas, se volvió a discutir sobre las formas de contratación del Estado. Un repaso de la situación de los trabajadores públicos.

El Estado, a nivel nacional, tiene diferentes maneras de contratar personal, de acuerdo a lo establecido en la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional. Algunas de ellas son: el régimen de estabilidad, de contrataciones por tiempo determinado y de prestación de servicios al personal de gabinete de las autoridades superiores.

En la práctica existen otras figuras, aunque no están en esta ley, como los monotributistas. Gonzalo Dieguez, director del Programa de Gestión Pública de Centro de Implementación de Políticas Públicas para la Equidad y el Crecimiento (Cippec), explicó a Chequeado que la Ley Marco funciona sólo para la administración central, pero que para los entes descentralizados funcionan más de 50 reglamentaciones. “Los regímenes laborales dentro del Estado son muy heterogéneos, hay diferentes criterios. Depende de cada organismo y de la naturaleza jurídica de cada programa o contrato”, comentó.

La norma debería ser la contratación en el régimen de estabilidad, es decir de planta permanente. Las contrataciones por tiempo determinado o en planta transitoria sólo pueden representar un porcentaje de los empleados que es fijado por el convenio colectivo. Hoy el convenio vigente es el de 2006, que establece en un 15% la proporción personal transitorio sobre el total de trabajadores permanentes.

Existen diferentes figuras entre quienes no son empleados permanentes. Una de ella es la de empleado en planta transitoria. Estos trabajadores son empleados estatales y forman parte de un convenio colectivo de trabajo, por lo que gozan de vacaciones, paritarias y aportes sociales. Si bien la ley impone que su trabajo deberá enfocarse en proyectos específicos y de tiempo limitado, en la práctica suelen desempeñarse muchas veces en tareas permanentes.

Por otra parte, existen los llamados “contratados”. Se trata de empleados “por tiempo determinado” que deben renegociar su situación periódicamente. Una de las diferencias de los contratados es que no pueden concursar por cargos, por lo que no pueden llevar adelante una carrera administrativa. Sin embargo, la mayor peculiaridad de su régimen es que no forman parte de un convenio laboral, por lo que, si bien en la práctica la mayoría termina negociando sus vacaciones, no tienen derechos a paritarias ni el Estado le realiza sus aportes sociales.

De acuerdo a datos oficiales publicados en el Boletín Fiscal del segundo trimestre de 2015, el 19% de los trabajadores del Poder Ejecutivo Nacional estaban como “contratados”. En algunas dependencias, como el Ministerio de Trabajo, los contratados llegan a ser el 74% del total de empleados. Es decir que hay casi tres veces más contratados que trabajadores permanentes, una proporción que está muy por encima del 15% del convenio colectivo.

Según un informe de jefatura de Gabinete que analizó la situación contractual de las jurisdicciones ministeriales y entidades descentralizadas, por lo que cubre más entes que el Boletín Fiscal, en el segundo semestre del 2014 el 69,7% trabajaba en planta permanente (238.697 empleados), mientras que el 8,4% lo hacía en planta transitoria (28.604) y el 19% lo hacía con contratos bajo dependencia laboral a término fijo (65.000). Finalmente, sólo el otro 3 por ciento restante (10.013) eran los llamados monotributistas, o sea con contratos bajo locación de servicios personales, de obra u otras modalidades.

El abogado laboralista Julián de Diego, socio fundador del estudio De Diego & Asociados, aseguró a Chequeado que “todos los contratos que se firman con el Estado de parte de monotributistas o de trabajadores autónomos para cubrir tareas de forma permanente, son en fraude de la ley”.

Según este informe de Cippec, en el segundo trimestre del 2015, el 28% del personal de la administración pública nacional era contratado, mientras que el 72% era parte de la planta permanente o transitoria.

“Todos los fallos que hay en contra del Estado dicen que los contratos deben tener un objeto con un plazo fijo, como puede ser un proyecto determinado. Si el trabajador va a cumplir tareas comunes del día a día, el plazo no es fijo, por lo que la persona debería ser contratada en tiempo indeterminado”, explicó de Diego.

El especialista afirmó que estos procesos se utilizan para eludir la cantidad de empleados que se puede tener en una repartición. “Cuando se exceden esos números, se contrata a un monotributista, pero eso está por fuera de la ley”, sostuvo.

En los últimos años el empleo bajo la figura de contrataciones aumentó más que la planta permanente. Entre 2003 y 2012 el empleo público se incrementó un 71 por ciento, de acuerdo a este otro estudio “Evolución y distribución del empleo público en el sector público nacional argentino. Una primera aproximación” de Cippec. Pero mientras los empleados de planta permanente crecieron un 43%, los contratados lo hicieron en un 224 por ciento. Así, la participación de los trabajadores contratados pasó de representar el 15% del total de los empleados públicos en el 2003 al 30% en 2012.

Las diferencias en la situación laboral implican también diferencias salariales. Según los datos de Cippec, el salario promedio de un empleado en planta transitoria en 2012 era el 70% del promedio de aquel empleado como planta permanente, mientras que la remuneración promedio de los contratados significaban un 63% del trabajador con estabilidad.

La precarización laboral en el Estado es un flagelo que se da en todo nivel. Desde el punto de vista de la administración pública, esto es conveniente por el hecho de permitir una mayor flexibilidad a la hora de achicar el gasto público y disminuir la incidencia de los salarios en el presupuesto destinado al funcionamiento del Estado. A su vez, genera disciplinamiento ante el temor del despido”, consideró Hernán Izurieta, delegado general de la Asociación de Trabajadores del Estado (ATE) en el Ministerio de Trabajo en este chequeo.

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Comentarios

  • Marcelo11 de enero de 2016 a las 7:01 pmChequeado a Chequeado: el Sr. Nicolas Ducote actual Director Ejecutivo de CIPPEC, es concejal del Pro, por eso, opina lo que opina (con todo el derecho que tiene de hacerlo) http://whoiswhoargentina.a.wiki-site.com/index.php/Nicol%C3%A1s_Ducot%C3%A9 http://www.pilardetodos.com.ar/politica/politica/el-concejal-nicolas-ducote-confirmo-que-se-suma-al-pro
    • Claudio12 de enero de 2016 a las 9:25 pmSerá concejal del Pro pero está de acuerdo con todos los otros abogados que conozco. Las contrataciones como monotributista son fraude, y traen problemas reales a los trabajadores contratados bajo esa fórmula. Es un retroceso en garantías laborales de décadas que no debería ser aceptada. Que se acepte socialmente el socavamiento masivo de los derechos del trabajador, por parte del estado ni más ni menos, es gravísimo. Es cierto, también, que sin la amenaza del despido los empleados trabajan mucho menos. Lo óptimo probablemente sea un punto intermedio. Pero conozco a muchos laburantes que laburan como perros contratados como monotributistas, y penan por todos los problemas que eso les trae. Tienen todos los deberes de un profesional independiente sin ninguna de sus libertades. No pueden elegir horario, no pueden negociar salario, pero tienen salario efectivo - los profesionales cobran por un trabajo, no reciben un salario, cobran algo que negocian para compensar la falta de vacaciones, por ejemplo, cosa que los monotributistas del estado no pueden hacer. Cuando el estado te "contrata" como monotributista, en realidad te caga por todos lados. Nadie patalea siquiera. Y eso es lo más grave. Se acepta un retroceso en materia laboral que menoscava los derechos de todos los trabajadores. Mañana te van a quitar la obra social y ni te vas a dar cuenta. Seguro le llaman "contrato de beneficios flexibles".
    • Francisco3 de febrero de 2016 a las 7:00 pmEn el estado se trabaja así. Entrás como monotributista y al tiempo (6 meses, un año o incluso nunca) pasás a planta "transitoria", que es un contrato de renovación anual que puede ser cancelado porque sí por cualquiera de las partes y no te da derecho a indemnización alguna.
    • estela23 de febrero de 2016 a las 6:17 pmMarcelo, la data que das es erronea, ducote no es mas director ejecutivo de cippec (si lo era) la pagina a la que redireccionas dice "Esta página fue modificada por última vez el 15:11 30 abr 2008."
  • Cecilia María Alvarez11 de enero de 2016 a las 7:21 pmMe pregunto qué hicieron durante estos años los sindicatos que en ningún momento asumieron la defensa de estos trabajadores contratados. Se cansaron de hacer paros por los privilegiados del sistema que eran los que pagaban impuestos por los salarios altos y en ningún momento siquiera nombraron un problema como éste. Estos sindicatos son los únicos culpables de que esta situación se haya sostenido en el tiempo. Lamentable, porque el gobierno anterior hubiera contemplado este tema porque propendía al mantenimiento del trabajo y su mejora. Aunque ese gobierno contrataba trabajadores, de haber habido un reclamo sindical constante, como lo hubo por los privilegiados que pagaban ganancias, se hubiera atendido la demanda Ahora, con la política de ajuste que plantea este gobierno será imposible mejorar.
    • Fer13 de enero de 2016 a las 7:53 amLos sindicatos defienden a los afiliados, y los contratados no son afiliados a sindicatos. Que facil es echarle la culpa a los sindicatos que si paran son unos vagos de mierda. Es preferible que haya contratados y no desocupados.
      • Pedro7 de febrero de 2016 a las 12:39 pmMás allá del tipo de contratación siguen siendo trabajadores, gran parte de los sindicatos se alejaron o no les interesó los trabajadores, Moyano, Barrionuevo, Piumato, etc etc.
    • Elena2 de febrero de 2016 a las 1:28 pmNo es así, se hicieron reclamos. Pero las autoridades se respandan con la ley de emergencia pública y no pueden efectivizar a los contratados. Mientras tanto cumplen favores contratando a cambio de sometimiento. Y a todo esto, se reduce el desempleo para las estadísticas, a costas del estado...
  • Julian12 de enero de 2016 a las 11:04 amLo interesante seria ver cuanto son ñoquis, aunque sea estadisticamente, plantas declaradas vs sillas. De alguna secretaria pequeña o de sectores faciles de chequear. saludos
  • Augusto12 de enero de 2016 a las 11:15 amun poco(?) amplia y generalista la nota, es como hablar de La Gente, La Verdad, La Realidad y La Vida.
  • Patricia12 de enero de 2016 a las 1:14 pmEsto genera la eterna lucha de los Estados de Bienestar. Hoy denigrado y vapuleado por los llamados "planes". Por un lado, si das planes, alimentas vagos, pero si empleas en el Estado burocratizas el sistema. Argentina iba camino a la industrialización y pleno empleo en las empresas privadas para descomprimir el Estado. Pero ahora, los quiero ver...desocupación y el país sin lograr industrializarse proporcionalmente para sustituir mano de obra.
    • Agustín13 de enero de 2016 a las 5:41 pmNo creo que otorgar un plan signifique alimentar a un vago. Es una ayuda, es muy estigmatizante tu visión.
    • David27 de febrero de 2017 a las 9:58 am¿Iba camino a industrializarse? Yo no lo creo.
  • Javier16 de enero de 2016 a las 8:17 pmEs un desocupado. No tiene ocupación real no jerce tarea. El estado le paga un.seguro de desempleo encubierto. Nación provincias y municipios = 4.300.000 empleados. INSOSTENIBLE.
  • C22 de enero de 2016 a las 9:08 pmChequeado: me parece que no estan contando los que trabajan por medio de Entes Cooperadores como ACARA y muchos otros. Esos empleados son tambien considerados "contratados" porque no son de planta permanente pero tienen contratos por tiempo indeterminado, no son ni a plazo fijo ni por tiempo determinado ni se renuevan cada X tiempo. Seria bueno que investigaran un poco mas y aclararan un poco mejor en la nota.
  • liliana carello7 de febrero de 2016 a las 8:58 pmMuy completa la explicación, ahora me pregunto, la precarización justifica el despido??
  • maria elena4 de abril de 2016 a las 1:36 pmla información no es del todo correcta. en algunos organismos del estado, que forman parte de la administración central, hay contratos bajo el regimen de LCT caso ministerio de justicia contratados a través de los entes de cooperacion tecnica; En la decada del 90 los empleados que no gozaban de estabilidad eran monotributistas, en el año 2006 con el gobierno de nestor kirchner, se firma el convenio colectivo de trabajo al que adhiere ATE, y se establece una equiparacion retributiva respecto del nivel y grado, de acuerdo a la funcion asignada y los derechos correspondientes a licencias. Los funcionarios del PRO lo unico que saben es despedir empleados, publicos, solo eso.
  • Pamela11 de septiembre de 2016 a las 8:27 amLos salarios que paga el estado nacional dependen de la estructura en la cual se presta servicio. Un agente con la misma formaciòn academica - profesional, realizando semejante funciòn o tarea, realizando el mismo horario, puede percibir $ 20 mil, $ 30 mil, $ 0 $ 60 mil, segun pertenesca al Escalafòn del SINEP, al de la AFIP - ADUANA, el Congreso o la justicia..... Otra caracteristica del Escalafòn SINEP, es que los agentes de letras F y E (personal de fomaciòn educacional basica y tareas de menor responsabilidad), gracias a las "horas extras sociales", perciben haberes mensuales superiores al de los responsables ade area, de letras D y C, a pesar de que todos en la practica realizan el mismo horario laboral. Esta situaciòn que se mantiene desde hace años, permite que un empleado se jubile con haberes superiores al de sus jefes......y que algunos con poder para otorgar horas extras saquen alguna ventaja mes a mes.......

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