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Cómo emplea el Estado: datos y definiciones sobre planta permanente, contratados y monotributistas

Luego de la asunción de Mauricio Macri y la serie de despidos anunciados en diferentes dependencias públicas, se volvió a discutir sobre las formas de contratación del Estado. Un repaso de la situación de los trabajadores públicos.

El Estado, a nivel nacional, tiene diferentes maneras de contratar personal, de acuerdo a lo establecido en la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional. Algunas de ellas son: el régimen de estabilidad, de contrataciones por tiempo determinado y de prestación de servicios al personal de gabinete de las autoridades superiores.

En la práctica existen otras figuras, aunque no están en esta ley, como los monotributistas. Gonzalo Dieguez, director del Programa de Gestión Pública de Centro de Implementación de Políticas Públicas para la Equidad y el Crecimiento (Cippec), explicó a Chequeado que la Ley Marco funciona sólo para la administración central, pero que para los entes descentralizados funcionan más de 50 reglamentaciones. “Los regímenes laborales dentro del Estado son muy heterogéneos, hay diferentes criterios. Depende de cada organismo y de la naturaleza jurídica de cada programa o contrato”, comentó.

La norma debería ser la contratación en el régimen de estabilidad, es decir de planta permanente. Las contrataciones por tiempo determinado o en planta transitoria sólo pueden representar un porcentaje de los empleados que es fijado por el convenio colectivo. Hoy el convenio vigente es el de 2006, que establece en un 15% la proporción personal transitorio sobre el total de trabajadores permanentes.

Existen diferentes figuras entre quienes no son empleados permanentes. Una de ella es la de empleado en planta transitoria. Estos trabajadores son empleados estatales y forman parte de un convenio colectivo de trabajo, por lo que gozan de vacaciones, paritarias y aportes sociales. Si bien la ley impone que su trabajo deberá enfocarse en proyectos específicos y de tiempo limitado, en la práctica suelen desempeñarse muchas veces en tareas permanentes.

Por otra parte, existen los llamados “contratados”. Se trata de empleados “por tiempo determinado” que deben renegociar su situación periódicamente. Una de las diferencias de los contratados es que no pueden concursar por cargos, por lo que no pueden llevar adelante una carrera administrativa. Sin embargo, la mayor peculiaridad de su régimen es que no forman parte de un convenio laboral, por lo que, si bien en la práctica la mayoría termina negociando sus vacaciones, no tienen derechos a paritarias ni el Estado le realiza sus aportes sociales.

De acuerdo a datos oficiales publicados en el Boletín Fiscal del segundo trimestre de 2015, el 19% de los trabajadores del Poder Ejecutivo Nacional estaban como “contratados”. En algunas dependencias, como el Ministerio de Trabajo, los contratados llegan a ser el 74% del total de empleados. Es decir que hay casi tres veces más contratados que trabajadores permanentes, una proporción que está muy por encima del 15% del convenio colectivo.

Según un informe de jefatura de Gabinete que analizó la situación contractual de las jurisdicciones ministeriales y entidades descentralizadas, por lo que cubre más entes que el Boletín Fiscal, en el segundo semestre del 2014 el 69,7% trabajaba en planta permanente (238.697 empleados), mientras que el 8,4% lo hacía en planta transitoria (28.604) y el 19% lo hacía con contratos bajo dependencia laboral a término fijo (65.000). Finalmente, sólo el otro 3 por ciento restante (10.013) eran los llamados monotributistas, o sea con contratos bajo locación de servicios personales, de obra u otras modalidades.

El abogado laboralista Julián de Diego, socio fundador del estudio De Diego & Asociados, aseguró a Chequeado que “todos los contratos que se firman con el Estado de parte de monotributistas o de trabajadores autónomos para cubrir tareas de forma permanente, son en fraude de la ley”.

Según este informe de Cippec, en el segundo trimestre del 2015, el 28% del personal de la administración pública nacional era contratado, mientras que el 72% era parte de la planta permanente o transitoria.

“Todos los fallos que hay en contra del Estado dicen que los contratos deben tener un objeto con un plazo fijo, como puede ser un proyecto determinado. Si el trabajador va a cumplir tareas comunes del día a día, el plazo no es fijo, por lo que la persona debería ser contratada en tiempo indeterminado”, explicó de Diego.

El especialista afirmó que estos procesos se utilizan para eludir la cantidad de empleados que se puede tener en una repartición. “Cuando se exceden esos números, se contrata a un monotributista, pero eso está por fuera de la ley”, sostuvo.

En los últimos años el empleo bajo la figura de contrataciones aumentó más que la planta permanente. Entre 2003 y 2012 el empleo público se incrementó un 71 por ciento, de acuerdo a este otro estudio “Evolución y distribución del empleo público en el sector público nacional argentino. Una primera aproximación” de Cippec. Pero mientras los empleados de planta permanente crecieron un 43%, los contratados lo hicieron en un 224 por ciento. Así, la participación de los trabajadores contratados pasó de representar el 15% del total de los empleados públicos en el 2003 al 30% en 2012.

Las diferencias en la situación laboral implican también diferencias salariales. Según los datos de Cippec, el salario promedio de un empleado en planta transitoria en 2012 era el 70% del promedio de aquel empleado como planta permanente, mientras que la remuneración promedio de los contratados significaban un 63% del trabajador con estabilidad.

La precarización laboral en el Estado es un flagelo que se da en todo nivel. Desde el punto de vista de la administración pública, esto es conveniente por el hecho de permitir una mayor flexibilidad a la hora de achicar el gasto público y disminuir la incidencia de los salarios en el presupuesto destinado al funcionamiento del Estado. A su vez, genera disciplinamiento ante el temor del despido”, consideró Hernán Izurieta, delegado general de la Asociación de Trabajadores del Estado (ATE) en el Ministerio de Trabajo en este chequeo.

Fecha de publicación original: 11/01/2016

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Comentarios

  • Alberto13 de septiembre de 2016 a las 7:55 amHola, qué es planta transitoria, y los cuanto meses de estar con planta transitoria pasá a estar en planta permanente?
  • Rodrigo25 de octubre de 2016 a las 8:00 pmHola me gustaria saver q tiempo corresponde estar en planta transitoria en el gov de la ciudad si esta asi determinado dentro de la ley gracias
  • NORA26 de octubre de 2016 a las 9:25 amYO ESTOY CONTRATADA DESDE ABRIL DE 2011 SOY MONO TRIBUTISTA Y NECESITO UNA ESTABILIDAD LABORAL ,DESEO QUE ESTE 2016 PODAMOS PASAR A PLANTA TRANSITORIA, AUNQUE PIENSO QUE POR TANTOS AÑOS DE INCERTIDUMBRE Y VIVIR CON EL CORAZON EL LA BOCA , A VER SI NOS RENUEVAN EL CONTRATO ,MUCHAS GRACIAS
  • NORA26 de octubre de 2016 a las 9:30 amYO ESTOY CONTRATADA DESDE ABRIL DE 2011 SOY MONO TRIBUTISTA Y NECESITO UNA ESTABILIDAD LABORAL ,DESEO QUE ESTE 2016 PODAMOS PASAR A PLANTA TRANSITORIA, AUNQUE PIENSO QUE POR TANTOS AÑOS DE INCERTIDUMBRE Y VIVIR CON EL CORAZON EL LA BOCA , A VER SI NOS RENUEVAN EL CONTRATO ,MUCHAS GRACIASNOS MERECEMOS LA PLANTA PERMANENTE
  • NORA26 de octubre de 2016 a las 1:30 pmME GUSTARIA SABER CUANTO ES EL TIEMPO QUE UN TRABAJADOR PUEDE ESTAR COTRATADO
  • Christian3 de noviembre de 2016 a las 12:15 pmHola Nora, creo que no hay un tiempo establecido, eso lo tenes que hablar con recursos humanos y pedirles que querés pasar a la planta transitoria, pero me dijeron que desde el ministerio de Modernización, no quieren pasar a nadie a la transitoria... Hay que ver que va a pasar el año que viene....
  • noemi28 de noviembre de 2016 a las 9:33 pmbasta de ser estar prevarisado , de ser monotributista , este gobierno de porqueria que nos deja ingresar planta permanante es una exploratacion de genero porque en la mayoria en la educacion somos mujeres ni una menos, es el estado sale vanagloriar la cuestion de genero pero de hecho se ve una explotacion de genero . porque no es casual que l 90 por ciento de los copmpañeros monotributista sean mujeres
  • Daniel Garcia13 de diciembre de 2016 a las 11:49 pmhola yo trabajo en educación, soy magister en ingeniería de sistemas aplicada a la educacion, y licenciado en sistemas, al igual que muchos de mis compañeros me encuentro contatado desde el año 2011, esta precarización laboral me origino problemas de incertidumbre, nervios, ansiedad, además de los correspondientes problemas económicos, actualmente me deben 5 meses.. una verguenza, estoy desesperado.... no tengo aportes, ni obra social que funcione, ni aguinaldo, ni antigüedad, a pesar de mis 7 años en el sistema, cual es el camino a seguir, deje parte de mi vida y mi carrera profesional en este trabajo.. que tengo que hacer
  • rudy4 de enero de 2017 a las 11:02 amHola soy de la tablada quisiera saber x cuanto tiempo no se podia despedir trabajadores o gente en actividad hasta cuando no se podia despedir
  • rudy4 de enero de 2017 a las 11:03 amX cuanto tienpo no se podia despedir trabajadores quisiera saber

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