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Nuevo Código Civil y Comercial: qué dice sobre las relaciones de pareja

Si tenés sólo unos segundos, leé estas líneas:
  • En agosto de 2015 entró en vigencia el nuevo Código Civil y Comercial de la Nación.
  • Reemplazó al Código Civil que estaba vigente desde 1871.
  • Dos especialistas en Derecho de Familia analizan los principales cambios que introdujo la norma vigente, especialmente para las uniones convivenciales.

Última actualización: 22/09/2022

El Código Civil y Comercial de la Nación (CCCN) establece los principios sobre los que se basan las relaciones familiares. Y ordena muchos temas que antes estaban dispersos en diferentes convenciones internacionales de Derechos Humanos de las que la Argentina es parte, como la Convención de los Derechos del Niño, por ejemplo. Uno de los mayores cambios que trajo el Código Civil es en las relaciones de pareja, especialmente para aquellas que no están casadas aunque tienen un proyecto de vida en común (llamados convivientes).

¿Qué establece el Código promulgado en 2015?

Una novedad es que da instrumentos legales a las parejas que no están casadas, con las consiguientes protecciones en caso de ruptura. El Código derogado en 2015 tenía muchas limitaciones porque el modelo de familia que protegía y regulaba era acotado a aquellas familias armadas bajo el matrimonio, con pocos o ningún derecho a aquellas parejas que no se casaban.

Actualmente, se reconocen efectos jurídicos a las uniones de personas de igual o distinto sexo que tengan un proyecto de vida en común y que mantengan la convivencia por  lo menos dos años. Estas parejas pueden realizar pactos sobre cómo se resolverán ciertos temas económicos entre ellos si la relación termina e incluso durante la convivencia.

A su vez, las parejas que se casan ya no solo tienen que aceptar el régimen de comunidad de bienes (sistema que básicamente hace que los bienes que ingresan al matrimonio sean de la sociedad conyugal y al divorcio se dividan por mitades los que queden para repartir), sino que ahora pueden optar por un régimen de separación de bienes (lo que tenga y gane cada uno permanece en su patrimonio).

Otra novedad legislativa importante desde la aprobación del nuevo Código es la figura de la compensación económica. Puede pedir esta compensación quien, por ejemplo, conviviendo con su pareja (casado o no) haya dedicado su tiempo a las tareas de cuidado de los hijos o familiares que vivían con ellos, o al conviviente, o a su negocio o emprendimiento. La persona que se ocupó en este trabajo sin valor económico pero en beneficio del proyecto familiar, al final de la relación puede encontrarse sin recursos materiales para hacerse cargo de sí mismo cuando el aporte del otro ya no esté y quizás se presente con dificultades para insertarse en el mercado laboral. La modalidad para esta compensación económica depende de cada caso, pero puede ser la posibilidad de disponer de una parte del sueldo del otro, la renta de un bien propio o una suma de dinero, o la entrega de un bien.

Esta figura se aplica también en el caso de los matrimonios, aunque no es tan novedosa puesto que con la legislación anterior ya existían ciertos derechos, mientras que no era así para los convivientes, que quedaban totalmente desprotegidos al final de la relación.

Por otro lado, con el nuevo Código las personas casadas pueden divorciarse sin tener que esperar años de separación o el acuerdo de ambos, o establecer quién es el culpable. Ya no le importa a la ley que estas cuestiones se debatan ante la Justicia. Lo que importa ahora es que las consecuencias del divorcio se puedan resolver de la manera más justa posible. Y esto es ocuparse de resolver aquello que seguirá vigente después de la ruptura: las cuestiones relacionadas con los hijos y los temas económicos.

El CCCN reconoce también que hay distintas maneras de tener hijos. Además de la adopción o la naturaleza, puede recurrirse a técnicas de reproducción humana asistida para tenerlos. Este es un cambio importante que introduce el Código para que las complejas situaciones que se presentan en este ámbito estén mejor cuidadas, siempre pensando en el futuro interés del niño o niña en cuestión.

Para finalizar esta enumeración, que no es exhaustiva, podemos mencionar que el nuevo Código reconoce la igualdad de la madre y del padre en la elección del apellido de los hijos. A partir de 2015, al momento de la inscripción de un hijo recién nacido, puede optarse por hacerlo con el nombre de una o de otro en forma indistinta y sin preferencias. En caso de que no logren ponerse de acuerdo, la decisión se somete a sorteo.

 

Actualización: esta nota fue actualizada el 22/09/2022.

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Comentarios

  • Ben24 de julio de 2023 a las 5:28 pmBuenas tardes .. Yo tengo de vivir 8 años con la mamá de 2 hijas, mis hijas siempre han sido apegadas a mi y yo siempre he trabajado 12 horas diarias o a veces 14 horas por algún trabajo extra que debia de hacer. Resulta que me entero que la mama de mis hijas metia aún hombre en mi casa y se veían todos los fines de semana y yo me quedaba en casa a cuidar a mis hijas.. Bueno esa muchacha ya se fue de la casa y yo me quedo con 1 hija y ella se queda con la otra niña porque la niña que esta conmigo no quiere vivir con la mamá y la otra niña no quiere vivir conmigo .. Ahora resulta que esa muchacha me quiere quitar la casa y yo fui el que lucho por la casa, el que ha pagado todo, tengo miedo que me quite la casa la que fallo en la relación fue ella y ahora quiere quitarme mi casa y meter a ese hombre en mi casa y no es justo que meta aun hombre en una casa que me ha costado demasiado y yo me he sacrificado demasiado por mi casa y por mi familia me he partido el lomo y ella así de facil me quiere quitar la casa que puedo hacer ....Tengo pruebas de todo audios, fotos y tengo muchos testigos ...
  • Blanca Elisa Alvarez Mendez26 de julio de 2023 a las 12:40 amHola buenas noches, estoy divorciada pero estoy en trámite de mi compensación, mi exmarido vendió la casa conyugal y va a vender otra propiedad , se puede hacer un documento donde acredite que no se puede vender, porque está en proceso los bienes? O que se puede hacer en este caso?
  • Ana Cecilia Calderón Acuña26 de julio de 2023 a las 4:16 amBuenas soy una mujer separada y no me he divorciado...desde hace 12 años ..y vivo en unión libre con una hombre .separado. No sé ha divorciado .y tiene una hija .. .vivimos en propiedad de el... Que derechos tengo yo sobre la propiedad. Dónde vivimos .. Ya k a su hija ya le nombró con usufructo defendido ..
  • Liliana27 de julio de 2023 a las 7:49 pmVivo con mi pareja desde hace 4 años el sigue casado en otro estado y solo me dijo que quiere que me vaya de su casa por que traerá a otra mujer y no tengo a donde ir ni trabajo puedo pedirle indemnización
  • Eva Zepeda gutierrez5 de agosto de 2023 a las 11:32 pmBuenas tardes yo tengo más de 20anos de separada todavía es balido miatrimonio tengo una casa que adquirí cuando ya estaba separada el tiene derecho a esa casa que yo pagué sola y es lo único que tengo para dejarle a mi hijo con discapacidad que puedo aser
  • Giovanni13 de agosto de 2023 a las 9:43 amBuenas tardes mi pareja y yo nos separamos ya más de 11 años ella tiene otra pareja y tubo hijos ,como puedo aplicar el divorcio sin la necesidad de ella, grasias
  • Fer15 de agosto de 2023 a las 11:14 pmLlevo con mi pareja casi 2 años, Vivi con él 1 año, el sigue casado en otro estado y solo me dijo que quiere que me vaya de su vida, asi de la nada, yo trabajaba con él y no tengo ahora trabajo, el siempre me dio un sueldo, por ayudarle y trabajar con él, yo también le ayude en la casa, puedo pedirle indemnización
  • Danil27 de agosto de 2023 a las 8:51 pmBuenas noche .mi pregunta es puedo pedir q me devuelva todo lo q di .viajes arreglos d su casa ropas .calsados .anillos plata q le di Se puede pedir judicialmente .xq me acuso q tengo revolver .
  • Nelda Georgina Cervantes Alvarez2 de septiembre de 2023 a las 10:30 pmBuenas noches mi caso es k hace 7 años me separe tengo 5 hijos y su papa de ellos quiere ahora el divorcio puedo exigirle ya k estamos casados en bienes mancomunados xk ami solo me pasaba 700pesos mexicanos ala semana
  • Gabriela Ordaz1 de noviembre de 2023 a las 7:59 pmHola mi marido se salió de la casa hace 4 años y nunca nos divorciamos,quedamos en q me daría un dinero y al principio cumplió y después ya no solo me da cada q quiere puedo pedir el divorcio y exigir pensión o que derechos tengo, mis hijos son mayores de edad y no viven conmigo el dejo de pagar la casa estoy por perderla, necesito consejo gracias.

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