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Esta nota tiene más de un año

Es verdadera la lista de diputados que votaron en contra del límite de beneficios a condenados por delitos sexuales

Si tenés sólo unos segundos, leé estas líneas:
  • Circula en Facebook y Twitter una lista de diputados nacionales, en su mayoría del Frente para la Victoria, que votaron en contra del proyecto que proponía la modificación de la Ley 24.660, de Pena Privativa de la Libertad, sobre la reinserción en caso de delitos contra la integridad sexual y sobre libertad condicional.
  • La lista y las votaciones de cada uno de los legisladores son verdaderas y corresponden a una sesión de noviembre de 2016, durante la gestión de Mauricio Macri (Cambiemos).
  • El proyecto finalmente fue aprobado por ambas cámaras y así se sancionó la ley modificatoria, la número 27.375, en julio de 2017.

Circula en Twitter una publicación del músico David Adrián Martínez, conocido como “El Dipy”, con una imagen de la lista de diputados de la Nación que en 2016 votaron en contra del proyecto de modificación de la Ley 24.660, de Ejecución de la Pena Privativa de la Libertad, sobre la reinserción en caso de delitos contra la integridad sexual y sobre la libertad condicional. 

La imagen está acompañada por un texto que indica: “​​Este es la gente que votó en contra de la cárcel efectiva para violadores” (sic). La lista y las votaciones de cada legislador, en su mayoría integrantes del espacio Frente Para la Victoria, son verdaderas.

El tuit cuenta con más de 2 mil retuits y, en Facebook, hay distintos posteos que fueron compartidos en total más de 6 mil veces (ver acá), según los datos aportados por cada una de las redes sociales.

Qué establecía el proyecto de ley

La votación del proyecto en la Cámara baja a la que se refiere el tuit viral, que finalmente fue sancionada como ley 27.375 en julio de 2017, se llevó a cabo el 23 de noviembre de 2016 -durante la gestión de Mauricio Macri (Cambiemos)- cuando se discutió la modificación a la ley 24.660. El resultado fue de 134 votos afirmativos, 69 negativos, 1 abstención y 52 ausentes.

Entre los 69 votos negativos se encuentran todos los legisladores que figuran tanto en el tuit viral del músico David Martínez como en el hilo en el que suma a otros diputados nacionales que, efectivamente, también votaron en contra de la modificación de la ley.

El proyecto de ley -que se terminó aprobando en ambas Cámaras- propone, entre otros puntos, la modificación del artículo 56 bis de la ley 24.660 para que no pudieran “otorgarse los beneficios comprendidos en el período de prueba a los condenados” por los delitos contra la integridad sexual, entre otros delitos.

Además, establece la modificación del artículo 14 del Código Penal de la Nación para que no se pudiera conceder la libertad condicional a quienes hubieran cometido delitos contra la integridad sexual.

Argumentos a favor de la modificación

Los fundamentos de la presentación del proyecto, a cargo de legisladores del frente Unidos por una Nueva Alternativa (UNA), entonces liderado por Sergio Massa -que estaba enfrentado al Frente para la Victoria-, señalaban como objetivo “reducir la probabilidad de reincidencia y una adecuada inserción al medio social de las personas condenadas por delitos graves contra la integridad sexual”.

En la misma línea, se advertía también que “se justifican estas medidas, ateniéndose a las tasas de reincidencia que se registran en las personas que han cometido delitos contra la integridad sexual y a la gravedad que tienen estos hechos por los daños provocados a las víctimas, por ende es necesario adoptar este tipo de medidas de control” (sic).

Según un informe sobre la situación de personas condenadas por delitos contra la integridad sexual de la Unidad Fiscal de Ejecución Penal, que depende del Ministerio Público Fiscal, la mayoría de los condenados (60%) es primario, es decir que es la primera oportunidad en la que cometieron un delito contra la integridad sexual. Un 6% de los condenados cometieron varios delitos contra la integridad sexual; y el 13% es reiterante especial, es decir cometió varios hechos pero no fue considerado técnicamente reincidente. 

Asimismo, el 12% de los condenados, si bien es reincidente, lo es por la comisión de un solo delito contra la integridad sexual y otros que no afectan este bien jurídico, es decir, es reincidente general. El 9% restante es reiterante general, por lo que la diferencia con el reincidente es que no ha sido declarado así judicialmente. 

Argumentos en contra

Rodolfo Tailhade, diputado del Frente Para la Victoria, votó en contra del proyecto y al turno de su exposición argumentó: “Les vamos a impedir toda posibilidad de resocialización, le vamos a impedir que vaya a visitar a su familia. Es decir, le vamos a cortar la posibilidad de que por ahí pueda planificar una nueva vida. Le estamos quitando incentivos. Va a salir y va a volver a delinquir porque le quitamos todas esas instancias previas de salidas anticipadas, morigeradas, con todos los controles que quieran, etcétera”.

Walter Martello, defensor del Pueblo adjunto de la Provincia de Buenos Aires, explicó a Chequeado que “no hay ningún indicador que demuestre que el sólo endurecimiento de la penalización y la ampliación de condenas haya disuadido a los/as criminales que ejecutan tales conductas aberrantes”.

Martello sostuvo que en la Provincia de Buenos Aires las últimas estadísticas muestran que una de cada 10 personas se encuentra detenida en el sistema penitenciario bonaerense por delitos sexuales, incidencia que viene registrando un leve crecimiento en los últimos años: 9% al 11,5%. Por eso, existe una mayor cantidad de personas detenidas por delitos sexuales y, a su vez, existe una mayor incidencia de estos delitos sobre el total de procesos penales iniciados en la provincia. En otras palabras, hay más personas presas y, en términos proporcionales, son cada vez más las denuncias.  

El funcionario bonaerense agregó que “debemos tener presente que la de los delitos contra la integridad sexual es una temática que excede el marco jurídico-legal y penitenciario, en tanto se ha transformado en un problema social”. “Por eso, se debe proponer una solución que, sin excluirla, vaya más allá de la respuesta punitiva y del tratamiento intramuros”, apuntó.

Finalmente, un informe de 2013 del Sistema Argentino de Información Jurídica (SAIJ) explica que la investigación internacional sobre la reincidencia en delitos contra la integridad sexual estima que un 20% de agresores sexuales volverán a delinquir -mientras que el promedio general de reincidencia de toda la gama delictiva es del 50%-.

Este chequeo es parte de la iniciativa Third Party Fact-checker de Facebook en la Argentina. En los casos de fotos y videos trabajamos con imágenes trucadas o sacadas de contexto y siempre analizamos en conjunto las imágenes junto con el texto con el que fueron presentadas.

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Comentarios

  • Agustín1 de septiembre de 2021 a las 9:05 amEs una vergüenza que le hayan puesto verdadero a esta falacia inmensa. Uds mismos lo aclaran, era una ley que abarca tanto delitos contra la integridad sexual como OTROS que NADA TIENE QUE VER y que sólo promueve mano dura y NADA cambia sobre el verdadero problema de las cárceles (empeoran la situación del delincuente en vez de reformarla y darle salida laboral al salir en libertad). Son una vergüenza y en algún momento deberán pedir perdón por este post que le dio de comer a lo más rancio de la derecha argentina.
  • Fdede10 de noviembre de 2021 a las 1:16 amDatos, no opinión...

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