Skip to content
Esta nota tiene más de un año

Por qué es engañosa la comparación entre el sueldo de un preso y la jubilación mínima

Si tenés sólo unos segundos, leé estas líneas:
  • En las últimas semanas circuló en redes sociales una imagen que indica que el salario de un preso es de $ 80.342 y el haber mínimo de un jubilado es de $ 58.665.
  • La Justicia argentina sostuvo que los presos que trabajan tienen los mismos derechos laborales que los trabajadores que están en libertad. Sin embargo, sólo un tercio de los presos trabajan y menos de un 15% lo hace las horas suficientes como para llegar a ese salario mínimo.
  • Por otro lado, el haber mínimo tampoco es representativo del universo total de jubilados, ya que lo percibe menos de la mitad de los beneficiarios. Y, además, no toma en cuenta los bonos que paga ANSES y que elevan el mínimo.

En las últimas semanas se viralizó una placa que compara el sueldo de un preso con el haber mínimo de un jubilado. Según esa placa, las personas detenidas cobran un sueldo de $ 80.342 y los jubilados de la mínima perciben un haber de $ 58.665. Es decir, el mensaje de fondo es que en la Argentina los presos cobran más que los jubilados. 

Pero, ¿cuál es el trasfondo de este debate? ¿Qué dice la ley sobre el trabajo carcelario y su remuneración? ¿Y las jubilaciones?

El trabajo carcelario según la ley vigente

La Ley de Ejecución de la Pena Privativa de la Libertad establece en su artículo 106 que “el trabajo constituye un derecho y un deber del interno. Es una de las bases del tratamiento y tiene positiva incidencia en su formación”. El siguiente artículo establece, además, que el trabajo debe ser remunerado y respetar la legislación laboral y de seguridad social vigente.

La cifra que figura en la placa viral no es un sueldo que perciban especialmente los presos. Es el Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM) vigente, fijado por el Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo, Vital y Móvil -que depende del Ministerio de Trabajo de la Nación- para todos los trabajadores en relación de dependencia.

Sin embargo, la inclusión de los trabajadores penitenciarios en este convenio no surge de una decisión de la cartera laboral sino de un fallo judicial. En diciembre de 2014, la Sala II de la Cámara Federal de Casación Penal resolvió, en respuesta a un habeas corpus colectivo, que una persona detenida que trabaja debe tener los mismos derechos que establece la Ley de Contrato de Trabajo para los trabajadores en libertad, incluyendo aguinaldo y vacaciones, y exhortó a distintos organismos del Estado vinculados con asuntos penitenciarios a elaborar un régimen laboral que contemple las especificidades de las personas detenidas.

“Las personas que allí son alojadas pierden transitoriamente el derecho a la libertad ambulatoria, pero también como lo señala el artículo 18 de nuestra Constitución nacional conservan todos aquellos derechos que la Ley no cercena”, señaló Leandro Halperín, abogado y especialista en sistemas penitenciarios, y ex legislador porteño por Evolución.

Los presos que trabajan: cuántos son y cuánto cobran

Del total de personas detenidas en todas las cárceles del país, sólo el 36% tiene un trabajo remunerado, pese a que la Ley 24.660 lo declara como “un derecho y un deber del interno”. Además, según datos del Ministerio de Justicia de la Nación, sólo un 13% de los presos cumple jornadas de entre 30 y 40 horas semanales, cantidad que le permitiría llegar a los $ 80.342 que fija el Consejo del Salario.

Es decir, la comparación de presos con jubilados excluye a al menos un 87% de detenidos que cobran menos que el mínimo o no trabajan. De hecho, 2 de cada 3 presos no tienen un trabajo remunerado.

Los jubilados que cobran la mínima: ¿cuán representativos son?

En esa línea, la comparación con la jubilación mínima excluye al 54% de los 5,5 millones de beneficiarios que cobran más que el haber mínimo, por lo que tampoco resulta representativa en términos estadísticos. Según datos oficiales, incluso, casi un 40% de los jubilados cobra más que $ 80 mil, es decir, más que el SMVM.

Finalmente, la cifra expresada del haber jubilatorio representa la mínima de $ 58.665 para el mes de abril. Sin embargo, no contempla un bono de $ 15 mil que se otorga de marzo a mayo de este año. La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) estableció en febrero un aumento del 17,04% para jubilados, en línea con la Ley de Movilidad Previsional, que elevó al haber mínimo de $ 50.124 a $ 58.665. Con el bono previsto para abril, ese monto se eleva a $ 73.665.

Por lo tanto, la comparación es engañosa. Para la Justicia argentina los presos que trabajan tienen los mismos derechos laborales que los trabajadores que están en libertad. Sin embargo, sólo un tercio de los presos trabajan y menos de un 15% lo hace las horas suficientes como para llegar al salario mínimo que figura en la placa. Por otro lado, el haber mínimo tampoco es representativo del universo total de jubilados, ya que lo percibe menos de la mitad de los beneficiarios.

Fecha de publicación original: 03/04/2023

Temas

Comentarios

  • Juan Esteva29 de noviembre de 2024 a las 11:44 amCuánto odio y desconocimiento demuestran muchas opiniones, incluyendo la del articulista. Hechos concretos: - Los UNICOS presos que perciben un sueldo son los que están alojados en cárceles federales, unos 11000. En la provincia de Buenos Aires, por ejemplo, hay 55000 presos y ninguno cobra sueldo. - La pena es la PRIVACIÓN DE LA LIBERTAD. Nada más. Si la sociedad decide encerrar a una persona, tiene la obligación de cubrir sus necesidades. Punto. - Solo con esos dos datos de la realidad, lo que le conviene a la sociedad es que el preso trabaje y se procure su sustento con su sueldo. En la Argentina desde 1853 está abolida la esclavitud, y no importa a quien le moleste, las penas establecidas son de PRIVACIÓN DE LA LIBERTAD, no de la alimentación, la educación, la atención de la salud y todo lo demás. El que crea que no es suficiente estar privado de la libertad, lo invitaría a pasar una temporada en la cárcel o a presentar un proyecto de ley que autorice la pena de muerte. - Otro dato de la realidad es que el 50% de los privados de la libertad están con PRISIÓN PREVENTIVA, esto significa que el Estado ni siquiera ha probado que sean culpables de un delito. Las cárceles argentinas están con 150% de superpoblación porque cada preso significa 10000 dólares por preso por año según un artículo de La Nación. Si convertis esa cifra a pesos, eso te da 5 a 6 SMVM POR MES. Eso es lo que GASTA el Estado en sueldos, porque a los presos no les llega ni un centavo. La alimentación, ropa, medicamentos y elementos de higiene la proveen los familiares de los internos, no la sociedad. Lo que si provee la sociedad es lo que cubre los sueldos de jueces que no resuelven, abogados que no trabajan, Penitenciarios que no están en estado para correr a una tortuga, etcétera. ¿Se entiende a quien le sirve este sistema? A los que viven de el. ¿Querés más datos? Cuando el condenado llega a cierta altura de su condena, por algo que se llama "progresividad de la pena" le corresponden ciertos beneficios previos a su reinserción en la sociedad, que dependen de una evaluación previa. En el 99% de los casos esa evaluación es negativa y se deniega el beneficio. Lo interesante que surge entre líneas es: ¿Sirve de algo un sistema que tiene presa a una persona y en 10 o 15 años no logra cambiar de conducta? La realidad, de nuevo, es otra: a quienes parasitan de este sistema, a los que tienen su "quintita" les conviene tener las cárceles superpobladas porque eso es lo que avala la "necesidad" de su empleo. ¿Te cuento algo más? Los únicos que reciben esos "beneficios" son curiosamente los "chorros" reincidentes, porque el "sistema" sabe que en uno o dos años vuelven a caer. Te puedo hablar y respaldar con hecho durante días enteros, pero te resumo: las cárceles no le sirven a la sociedad porque están llenas de perejiles (primarios o gente con prisión preventiva) y algún que otro sujeto peligroso que SEGURAMENTE saldrá antes que un tipo engarronado por la "perspectiva de género" o que encontró su salida laboral respondiendo a la creciente demanda social de falopa. Y por supuesto, los delincuentes grosos nunca van a la cárcel y siguen sentándose a la mesa de la Señora.

Valoramos mucho la opinión de nuestra comunidad de lectores y siempre estamos a favor del debate y del intercambio. Por eso es importante para nosotros generar un espacio de respeto y cuidado, por lo que por favor tené en cuenta que no publicaremos comentarios con insultos, agresiones o mensajes de odio, desinformaciones que pudieran resultar peligrosas para otros, información personal, o promoción o venta de productos.

Muchas gracias

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *