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Reforma del Ministerio Público Fiscal: qué cambiará si se aprueba el proyecto consensuado entre el oficialismo y la oposición

Aunque aún no obtuvo dictamen y puede haber cambios en los próximos días, se presentó y comenzó a ser debatido en la Comisión de Justicia y Asuntos Penales de la Cámara alta el proyecto de reforma del Ministerio Público Fiscal y de la Defensa. El texto consensuado lleva las firmas de Federico Pinedo (Frente PRO) y Ángel Rozas (UCR), por el oficialismo nacional; y Miguel Ángel Pichetto (PJ-Frente por la Victoria), Pedro Guastavino (PJ-FpV) y Rodolfo Urtubey (PJ-FpV), por la oposición.

Entre las principales reformas, el proyecto busca modificar el cargo del Procurador/a General, posición que tras su renuncia Alejandra Gils Carbó ocupará hasta el 31 de diciembre de este año. Frente a esta iniciativa diferentes asociaciones de la sociedad civil y la que agrupa a los fiscales (Asociación de Fiscales y Funcionarios del Ministerio Público Fiscal de la Nación) criticaron varios cambios que plantea el texto.

En primer lugar, el proyecto limita el mandato del Procurador General a cinco años, con posibilidad de una sola reelección por dos años más. En la actualidad, este cargo tiene un mandato similar al de los jueces de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, vigente hasta los 75 años de edad, con la posibilidad de nuevos nombramientos por cinco años más tras el aval del Senado.

Un grupo de ONGs, entre las que se encuentran la Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia (ACIJ), el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) y la Fundación Poder Ciudadano, consideraron que “este plazo es corto para el diseño y la ejecución de un plan estratégico y quedará sometido a la necesidad del Procurador de buscar el acuerdo político para renovar el mandato”.

Las organizaciones agregaron que “las experiencias comparadas muestran que es aconsejable un plazo más largo en el que se puedan desarrollar políticas institucionales y de persecución penal en el tiempo”. Ante esto, recomendaron implementar el sistema utilizado en Chile, donde el mandato del Procurador es de ocho años, sin posibilidad de reelección.

La nueva iniciativa permite también que el Procurador sea designado por el Poder Ejecutivo Nacional (PEN) con acuerdo de la mayoría absoluta del Senado (37 de los 72 legisladores). La ley que hoy sigue vigente indica que el aval de la Cámara alta debe ser mayor: dos tercios del total, es decir 48 senadores. Con la nueva composición del Senado, a partir del 10 de diciembre, los bloques del Partido Justicialista, el PRO y la UCR superarían juntos ampliamente el número de 37 escaños porque tendrán 47 senadores.

En cuanto a la remoción, el proyecto permite que el Poder Ejecutivo disponga la salida del Procurador General. De aprobarse la norma, también la Cámara baja, con una mayoría absoluta de sus miembros presentes, podrá iniciar la remoción. En ambos casos la decisión también tendrá que pasar por la Cámara alta.

Semanas atrás, el juez Pablo Cayssials declaró inconstitucional el artículo de la Ley Orgánica del Ministerio Público Fiscal vigente que exige un juicio político del Congreso para destituir al jefe de los fiscales, como ocurre con los jueces de la Corte Suprema. Por lo tanto, luego de esta decisión judicial, el mecanismo de remoción del Procurador quedó a la espera de un cambio legislativo.

Según afirmó el ministro de Justicia, Germán Garavano, durante el debate en la Comisión de Justicia y Asuntos Penales del Senado, el sistema establecido por el nuevo Código Procesal Penal, sancionado en diciembre de 2014 y suspendido por un decreto de Mauricio Macri, “implica una acumulación de poder enorme en cabeza del Ministerio Público en su conjunto y en cabeza del Procurador General como el jefe de ese Ministerio Público” y, por ende, los cambios dispuestos en este proyecto funcionan como “controles y contrapesos institucionales” a ese nuevo equilibrio futuro.

De cara a la autonomía, es evidente que es un retroceso pasar de la estabilidad temporal en el cargo a fijar un término acotado”, señaló Gustavo Arballo, abogado, especialista en derecho público, y autor del blog Saber Derecho; y añadió: “A su vez, esto deja abierta la posibilidad de que el mismo legislador decida luego imponer un término temporal a los fiscales en general [N. de R.: que hoy no lo tienen], no sólo al Procurador”.

Estos mismos cambios para el cargo del Procurador/a General se aplicarían para el Defensor/a General, cargo que en la actualidad ocupa Stella Maris Martínez.

Por otra parte, el proyecto le da facultad al Procurador para crear, modificar y eliminar procuradurías especializadas “cuando la política de persecución penal pública o el interés general de la sociedad así lo requieran”. Esto es diferente a la ley actual, que le da carácter permanente a las procuradurías de Investigaciones Administrativas (PIA), de Defensa de la Constitución, de Crímenes contra la Humanidad, de Criminalidad Económica y Lavado de Activos (Procelac), de Narcocriminalidad (Procunar), de Trata y Explotación de Personas (Protex), y Violencia Institucional (Procuvin). Algunas de ellas, como la Procelac y la Protex, funcionaban previamente a la gestión de Gils Carbó como Unidades Fiscales y fueron creadas cuando Esteban Righi era procurador general (2004-2012).

“La eliminación de las procuradurías especializadas y de las direcciones generales del texto legal pone en riesgo su continuidad, hecho que significaría un gran retroceso en materia de especialización e investigación para el organismo encargado del diseño y ejecución de la política criminal en el nuevo sistema procesal penal”, señala el comunicado emitido por las organizaciones de la sociedad civil.

El proyecto de ley de ninguna manera elimina fiscalías sino que le da la posibilidad al nuevo procurador de evaluar las que están y priorizar las que se pueden usar“, señaló Garavano ante una consulta de Chequeado, y añadió: “Muchos de los avances que se han hecho en el Ministerio Público vinculados a delitos de lesa humanidad, femicidios y de violencia de género son avances que se van a mantener y fortificar”

Por último, el proyecto presenta tres cláusulas transitorias: la primera señala que los magistrados que en los últimos cinco años hayan sido trasladados a una jurisdicción distinta a la que concursaron y recibieron acuerdo deben asumir esos cargos en un plazo máximo de 30 días. De no hacerlo podrán ser despedidos.

La segunda cláusula deja sin efecto las designaciones realizadas para ocupar las funciones de magistrados subrogantes; y la tercera también deja sin efecto las designaciones realizados en el marco de la Ley de Ingreso Democrático que no hayan surgido de un concurso. Esta norma establece que “el ingreso de los/as empleados/as y funcionarios/as al Poder Judicial y al Ministerio Público de la Nación se debe realizar a través de concursos públicos y abiertos”, según señala la página oficial de la Ministerio Público.

Las cláusulas transitorias parecen en línea con lo dicho por el Presidente Mauricio Macri en su discurso en el Centro Cultural Kirchner: “En el Ministerio público fiscal se contrataron 1100 personas entre el 2012 y el 2016. La mayor parte de estas asignaciones fueron para cargos de alta jerarquía, no quieran saber los sueldos”

Carlos Rívolo, presidente de la Asociación de Fiscales y Funcionarios del Ministerio Público Fiscal de la Nación (AFFUN), coincidió con la propuesta de ponerle un plazo al mandato del Procurador General, sin embargo expresó su preocupación por los requerimientos para la remoción: “Se puede facilitar el ingreso de un procurador general con una mayoría absoluta pero la remoción no es exactamente lo mismo. La salida no se la debe dar un gobierno a un procurador. La salida es de un acuerdo político; se necesita mucho más que 37 votos para la salida de alguien que conduce la política criminal del Estado”.

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