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Siguen vacantes o sin un jefe con acuerdo del Congreso 5 cargos de la primera línea del Estado nacional

Si tenés sólo unos segundos, leé estas líneas:
  • La Argentina carece desde hace 13 años de un defensor del Pueblo designado con el acuerdo de la Cámara de Diputados y del Senado, como manda la Constitución.
  • A ese puesto se le suma la conducción del Ministerio Público Fiscal, que ejerce un procurador interino desde 2018.
  • También se agregan el presidente del Banco Central designado por decreto y sin acuerdo del Senado, al igual que el director de Inteligencia, y una vocalía de la Corte Suprema de Justicia acéfala. Los entes reguladores del gas y la luz están intervenidos.

Última actualización: 21/09/2022.

El Estado argentino, como todos los Estados republicanos del mundo, tiene distintos poderes y se organiza en áreas y organismos a cargo de diversas personas para poder cumplir con sus funciones. Pero algunos de esos puestos son ocupados, desde hace varios años, por reemplazantes interinos, interventores o jefes designados en comisión, es decir, nombrados a dedo por los gobiernos, sin acuerdo del Congreso.

Sin perjuicio de las vacantes en juzgados y embajadas, en esta nota repasamos 5 puestos de la primera línea del Estado nacional y de relevancia institucional para el país que permanecen sin un titular designado como manda la ley. Y analizamos los perjuicios de índole operativa y funcional que conllevan estas acefalías y/o designaciones que no pasan por el Poder Legislativo.

¿Por qué esto es relevante? Porque en teoría estos funcionarios son menos independientes del poder de turno que aquellos designados de acuerdo con las leyes y la Constitución.

Defensor del Pueblo

El cargo se encuentra vacante desde hace 13 años, cuando renunció Eduardo Mondino. De acuerdo con la Constitución, el defensor del Pueblo es designado y removido por el Congreso con el apoyo de los 2 tercios de los presentes en sesión de ambas cámaras; tiene los mismos fueros que los diputados y los senadores y dura en el cargo 5 años, pudiendo ser reelegido una sola vez.

Especialistas consultados por Chequeado coincidieron en afirmar que la falta de un defensor nombrado como manda la Constitución supone la ausencia de un plan de trabajo, además de la pérdida de una voz potente para formular consejos, reclamos y acciones judiciales colectivas cuando los ciudadanos se ven afectados en sus derechos -en especial, derechos humanos- y las garantías constitucionales.

Mondino, por ejemplo, tuvo un rol destacado en el fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación que ordenó el saneamiento de la cuenca Matanza-Riachuelo, en distintos reclamos por las subas de tarifas de los servicios públicos y en la reivindicación de la movilidad jubilatoria.

Carlos Constenla, presidente del Instituto Latinoamericano del Ombudsman y ex defensor del Pueblo en Vicente López (1999-2009), destacó que “el gran poder del defensor del pueblo es moral”, porque “aunque no pueda crear un acto jurídico ni derogarlo, sí puede impedirlo por medio de sus actuaciones ante la Justicia”, y por sus recomendaciones puede lograr que los poderes cambien una decisión. “Es un mediador objetivo y un interlocutor institucional legalizado, y por lo tanto su designación es vital para las instituciones”, sostuvo.

Alejandro Amor, ex defensor del Pueblo de la Ciudad de Buenos Aires (2014-2021) y actual legislador porteño del Frente de Todos, dijo a este medio que “la Argentina es un país que se ha destacado por la política en derechos humanos” y coincidió en que, por lo tanto, la no designación de este funcionario representa “una debilidad institucional, puesto que su misión es defender y proteger, principalmente, los derechos humanos”.

Procurador General

Es el jefe de los fiscales federales (los magistrados responsables de promover y llevar adelante denuncias sobre las que deben decidir los jueces). Además de ser el fiscal ante la Corte, el procurador general tiene a cargo el diseño de la política criminal del Estado, es decir, priorizar qué delitos deben perseguirse con mayor dedicación y atención, ya sea a través de instrucciones a los fiscales de todo el país como en la creación de oficinas específicas (por ejemplo, la Procelac, contra el lavado de activos; o la Procunar, contra el narcotráfico), y en la asignación de recursos a las distintas dependencias.

Según la Ley Orgánica del Ministerio Público Fiscal, el procurador es elegido por el Poder Ejecutivo Nacional con acuerdo de los 2 tercios del Senado. Su cargo es vitalicio.

“Establecer la política criminal es muy importante para un país. Sin un horizonte de 4 o 5 años de mandato, aunque en este caso sea vitalicio, no hay incentivos para diseñar una política criminal. Que el Senado no preste acuerdo significa que directamente no está aprobada la política criminal, además de la legitimidad que otorga al procurador”, dijo a Chequeado Natalia Volosin, doctora en Derecho por la Universidad de Yale (Estados Unidos).

Actualmente, al frente de la Procuración General se encuentra de manera interina el procurador Eduardo Casal, que era uno de los 3 procuradores fiscales ante la Corte, el cargo que está por debajo del procurador general, y le correspondía asumir por ser el de mayor antigüedad en el cargo. Asumió el 31 de diciembre de 2017, cuando se hizo efectiva la renuncia de Alejandra Gils Carbó, la última procuradora con acuerdo del Senado, luego de que avanzara una causa penal en su contra. Es un interinato que transcurre ya su quinto año consecutivo.

En 2018, el entonces presidente de la Nación, Mauricio Macri (Cambiemos), propuso a la jueza del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Inés Weinberg de Roca, pero su pliego nunca fue apoyado por la oposición (que representaban el Frente para la Victoria y el bloque Justicialista del Senado), pese a que la candidata había pasado ya el proceso de impugnaciones y observaciones.

En diciembre de 2019, a 2 semanas de haber asumido, el presidente Alberto Fernández (Frente de Todos) propuso al juez federal Daniel Rafecas como candidato a la Procuración, pero la Comisión de Acuerdos que preside Anabel Fernández Sagasti (Frente de Todos) aún no habilitó el tratamiento de su pliego.

Presidente del Banco Central

El último presidente del Banco Central de la República Argentina (BCRA) que estuvo en funciones con acuerdo del Senado fue Federico Sturzenegger (2015-2018). Sus sucesores, Luis Caputo y Guido Sandleris, de Cambiemos, permanecieron en el cargo sin que su designación fuera refrendada por la Cámara alta, como manda la ley. Lo mismo sucede con el actual presidente de la institución, Miguel Pesce, del Frente de Todos, a quien el 17 de septiembre último se le renovó su mandato por decreto hasta 2028.

Fernando Meaños, ex gerente de Prensa del BCRA entre 2007 y 2018 y actual editor de Infobae, dijo a Chequeado que la falta de acuerdo del Senado “en lo operativo no tiene ninguna consecuencia”, porque las autoridades pueden tomar las mismas decisiones, pero en lo institucional, sí, porque el presidente del BCRA tiene por ley una duración en el cargo de 6 años y de su gestión dependen algunos objetivos económicos centrales, como el control de la inflación. 

“Aunque el mandato es de 6 años, los presidentes del BCRA duraron en promedio 2 años desde la creación de la institución, en 1935. No casualmente la ley prevé 6 años y para el presidente de la Nación, 4 años. Está claro que las soluciones que necesita la Argentina para el largo plazo requieren acuerdos de largo plazo”, dijo Meaños.

La ley dice que “el Poder Ejecutivo Nacional podrá realizar nombramientos en comisión durante el tiempo que insuma el otorgamiento del acuerdo del Senado de la Nación”. La Comisión de Acuerdos del Senado, que preside la mendocina Fernández Sagasti, avaló ya los pliegos de jueces y diplomáticos, pero no el de Pesce ni de los directores de la entidad.

Director general de Inteligencia

En junio, Fernández prorrogó -por quinta vez consecutiva- la intervención de la Agencia Federal de Inteligencia (AFI) que había dispuesto apenas asumió en la Presidencia, con la novedad de que el ex diputado por Santa Fe Agustín Rossi fue designado interventor, en reemplazo de quien venía desempeñándose como interventora, la fiscal Cristina Caamaño.

La ley que creó la AFI, sancionada durante la segunda Presidencia de Cristina Fernández de Kirchner tras la muerte del fiscal federal Alberto Nisman, establece que la agencia “será conducida por un director general, con rango de ministro, designado por el Poder Ejecutivo nacional con acuerdo del Honorable Senado de la Nación”. En este caso, no por los 2 tercios, como con el procurador general, sino por mayoría simple, al igual que con el presidente del BCRA.

La ley dice que la AFI “también contará con un subdirector general, con rango de secretario de Estado, que será designado por el Poder Ejecutivo nacional con acuerdo del Honorable Senado de la Nación”.

Siguen vacantes o sin un jefe con acuerdo del Congreso 5 cargos de la primera línea del Estado nacional
La Comisión de Acuerdos, que preside la senadora Anabel Fernández Sagasti (Frente de Todos), no trató los pliegos ya presentados de Daniel Rafecas, Cristina Caamaño (ex interventora de la AFI; ahora, el designado es Agustín Rossi) y Miguel Pesce. Crédito: Senado de la Nación.

Durante el gobierno de Macri el director y la subdirectora eran Gustavo Arribas y Silvia Majdalani, cuyos pliegos fueron propuestos por el Ejecutivo y convalidados por el Senado, pese a las impugnaciones de organizaciones de la sociedad civil. El abogado Ernesto Martínez, ex senador nacional por Córdoba de Juntos por el Cambio (2015-2021) y presidente del Frente Cívico, recordó en diálogo con Chequeado que el pliego de Caamaño “nunca fue tratado en la Comisión de Acuerdos del Senado”, de la que fue vicepresidente entre 2018 y 2021.

“En el caso de los presidentes del Banco Central, los acuerdos están orientados a darles independencia y estabilidad, porque el mandato por ley es de 6 años. En el caso del director de la AFI, el mandato no tiene duración: la ley dice que el cese de funciones podrá ser dispuesto por el Poder Ejecutivo. Por lo tanto, en el caso del jefe de Inteligencia el acuerdo del Senado es necesario para evaluar su idoneidad, para que se realice una valoración política de los antecedentes de los candidatos, para que no sea un Stiuso”, dijo, en alusión a Antonio Stiuso, director de Operaciones de la antigua Secretaría de Inteligencia del Estado (SIDE) durante más de 40 años y cuya identidad fue develada por Gustavo Béliz cuando era ministro de Justicia durante el gobierno de Néstor Kirchner.

Fernández mandó el pliego de Caamaño el 22 de junio de 2020 al Senado. Hasta el momento, igual que con los pliegos de Pesce y el de Rafecas, no hubo novedades en la Comisión de Acuerdos.

Juez de la Corte Suprema de Justicia

Desde el 1 de noviembre último, la Corte Suprema de la Argentina funciona con 4 integrantes varones (Horacio Rosatti, que es el presidente; Carlos Rosenkrantz, Juan Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti), como consecuencia de la renuncia de Elena Highton de Nolasco y de que el gobierno del presidente Fernández aún no ha logrado el consenso necesario para proponer al Senado un reemplazante.

La Corte debe estar integrada por 5 ministros y uno de ellos ejerce el cargo de presidente. Respecto de la vocalía acéfala, Volosin dijo que se presenta una dificultad de índole operativa en casos de empate. “Es muy probable que en muchos casos se necesite completar con la lista de conjueces, y no hay nada más ilegítimo que eso. Una cosa es acudir a conjueces en casos de recusación y otra, porque no se completó la vacante. La vacante en la Corte Suprema de Justicia es inexcusable”, aseveró.

La especialista sostuvo, por otra parte, que más allá de esta dificultad operativa una Corte incompleta impacta directamente en el contenido de los fallos: “La idea es que estén todos los ministros de la Corte en funciones, porque se supone que la pluralidad de voces debería contribuir a la calidad técnica de sus decisiones”.

Actualmente, el Senado debate un aumento en el número de integrantes. Según la composición actual de la Cámara alta, el Frente de Todos podría ampliar el número de jueces de la Corte, pero no cuenta con los votos propios necesarios (dos tercios) para cubrir las eventuales nuevas vacantes.

Entes reguladores de la electricidad y del gas

Los entes reguladores de los servicios de electricidad, ENRE, y de gas, Enargas, también se encuentran al mando de interventores designados por decreto presidencial, y no de directorios, como establecen las leyes que reglamentan el funcionamiento del sector eléctrico y del gas.

El economista Alejandro Einstoss, consultor en energía y servicios públicos y docente de la Universidad de Buenos Aires (UBA), dijo a Chequeado que los entes reguladores “tienen misiones muy importantes, que son las de proteger al usuario de un posible poder dominante de una empresa monopólica; asegurar que el servicio sea sustentable, es decir, que se pueda prestar a lo largo del tiempo, y velar por la salud del servicio público a través de la empresa”, y que no es lo mismo la intervención de una persona que una conducción colegiada.

Al respecto, las leyes del ENRE y del Enargas comparten un texto similar respecto del directorio que debe conducirlos: establece que debe “estar integrado por 5 miembros, de los cuales uno será su presidente, otro su vicepresidente y los restantes vocales” y que estos “serán seleccionados entre personas con antecedentes técnicos y profesionales en la materia y designados por el Poder Ejecutivo, 2 de ellos a propuesta del Consejo Federal de la Energía Eléctrica”.

Además, en el proceso de selección, que establece la realización de concursos para cada uno de los miembros, interviene el Congreso a través de una comisión bicameral de 16 legisladores, que “podrá podrá emitir opinión dentro del plazo de 30 días corridos de recibidas las actuaciones”.

Einstoss, Integrante del Instituto Argentino de la Energía General Mosconi, sostuvo que “tener intervenidos los entes reguladores no solamente rompe la normativa vigente sino que le entrega un ambiente de discrecionalidad a la regulación, que atenta contra las buenas prácticas regulatorias”. “Los interventores pueden ser personas con muy buena voluntad y capacitación, pero no se sometieron a un concurso público y no mantienen independencia del poder político. Esa discrecionalidad puede atentar contra la inversión y, por ende, la calidad del servicio”, planteó.

La Argentina ha vivido 18 de los últimos 20 años en estado de excepción, con entes reguladores intervenidos. En 2018, durante la Presidencia de Macri, las conducciones del ENRE y del Enargas fueron normalizadas, pero al iniciar el gobierno de Fernández ambos organismos fueron nuevamente intervenidos (ver acá y acá), facultad que se otorgó a través de la Ley de Solidaridad Social impulsada por el ex ministro de Economía Martín Guzmán en diciembre de 2019. Para Einstoss, el regreso a la intervención de ambos entes “no tenía ninguna justificación”. 

Respecto de los casos mencionados en la nota, Aldana Romano, directora del Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales (INECIP), dijo a Chequeado que “la cultura del interinato socava la legitimidad de las instituciones democráticas, y atenta directamente contra la posibilidad de que los funcionarios cumplan con la responsabilidad que tienen a cargo”.

“No es un tema menor. Y es grave que la clase política no pueda generar estos consensos básicos, indispensables para el buen funcionamiento de la democracia argentina”, concluyó la especialista.

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Actualización 21/09/2022: esta nota se actualizó para consignar la renovación por decreto del mandato de Miguel Ángel Pesce como presidente del Banco Central.

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