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Esta nota tiene más de un año

Todo lo que tenés que saber si estás dentro de las excepciones y salís de tu casa en la cuarentena

Si tenés sólo unos segundos, leé estas líneas:
  • La normativa que establece el aislamiento obligatorio señala que las personas deberán permanecer en sus casas sin ir a sus lugares de trabajo ni desplazarse por rutas, vías y espacios públicos, salvo excepciones.
  • Originalmente había 24 tipos de actividades y servicios “declarados esenciales” con permiso para circular, siempre y cuando sea para ese fin, que luego fueron ampliados con otros 10.
  • Para facilitar la circulación en estos casos, desde el 30 de marzo a las 0 horas rige el“Certificado Único Habilitante para Circulación – Emergencia COVID-19” Los detalles, acá.

Última actualización: 11/04/2020

Por la pandemia generada por el coronavirus, el Gobierno decretó el aislamiento social, preventivo y obligatorio para “mitigar su propagación” y el impacto en el sistema sanitario. La normativa establece que las personas deberán permanecer en sus casas sin ir a sus lugares de trabajo ni desplazarse por rutas, vías y espacios públicos, salvo excepciones.

Originalmente había 24 tipos de actividades y servicios “declarados esenciales en la emergencia” con permiso para circular, siempre y cuando sea para ese fin, que luego fueron ampliados con otros 10. Para facilitar la circulación en estos casos, el Ministerio del Interior de la Nación implementó el “Certificado Único Habilitante para Circulación – Emergencia COVID-19” a partir de las 0 horas del 30 de marzo para todos aquellos exceptuados en el decreto presidencial.

La Jefatura de Gabinete de Ministros volvió a ampliar este listado e incorporó a las personas con discapacidad y aquellas con espectro autista; los bancos; los talleres para mantenimiento y reparación de autos, motos y bicicletas, “exclusivamente para transporte público, vehículos de las fuerzas de seguridad y fuerzas armadas, vehículos afectados a las prestaciones de salud o al personal con autorización para circular, conforme la normativa vigente”; venta de repuestos y partes; fabricación de neumáticos; y venta de artículos de librería e insumos informáticos, “exclusivamente bajo la modalidad de entrega a domicilio”.

Certificado Único Habilitante para Circulación

El Ministerio del Interior publicó en el Boletín Oficial del 29 de marzo la implementación del “Certificado Único Habilitante para Circulación-Emergencia COVID-19” para todo aquel que se encuentre exento de cumplir el aislamiento.

Este documento personal e intransferible se tramita a través de la plataforma “Trámites a Distancia”, el cual deberá ser presentado a la autoridad correspondiente al momento de circular por la vía pública, junto con el DNI. El certificado tendrá una validez de 7 días corridos y podrá ser renovado.

Sin embargo, las personas que deban circular “por razones de fuerza mayor”, tal como lo indica el inciso 6 del artículo 6º del DNU, no están obligadas a portar ni tramitar el Certificado Único Habilitante para Circulación. En esa situación, deberán portar los documentos necesarios que justifique la excepcionalidad de la salida del aislamiento.

Situaciones especiales

Además de los sectores esenciales durante la emergencia, existen otras situaciones en las que está autorizada la salida del hogar, bajo condiciones de estricta necesidad como éstas:

-Transporte y asistencia de niños y niñas
Los menores deben pasar la cuarentena en el domicilio más habitual o adecuado para ellos. Por eso, se permite hacer un traslado único en los casos de padres y madres separados donde el aislamiento obligatorio entró en vigencia con los niños o niñas en la casa del otro responsable, o si uno de los 2 adultos tiene que seguir trabajando fuera del hogar o se enferma y no puede cuidarlos. La declaración jurada para circular en esos casos puede descargarse acá y debe tenerse consigo junto con el documento de identidad del niño, niña o adolescente (ver más acá).

-Emergencias médicas
Sólo está permitido ir al médico si se trata de una emergencia, pero se recomienda evitarlo. Si tenés alguno de los síntomas del coronavirus podés comunicarte con los números del Ministerio de Salud. También está disponible una aplicación del gobierno nacional para hacerse un autotest en un dispositivo móvil.

-Trámites bancarios
Podés sacar dinero o usar el cajero, pero los bancos están cerrados para la atención al público hasta el 31 de marzo. Los trámites electrónicos pueden hacerse por home banking, como realizar transferencias, comprar dólares, pedir créditos y usar todos los servicios vinculados con el sistema de pagos como antes de la cuarentena.

-Mascotas
Pasear a las mascotas no se puede, pero sí está permitido que una persona salga a las inmediaciones de la casa para que el animal pueda hacer sus necesidades. El Ministerio de Salud de la Nación indica que debe llevarse lavandina para echar sobre la orina y el lugar en el que se recogieron las heces de la mascota y que, al volver, las patas del animal deben desinfectarse con agua y jabón.

Si bien hubo un caso de un perro infectado en Hong Kong, no hay hasta ahora evidencia científica de que los animales domésticos transmitan el virus, como informa la Organización Mundial de la Salud (OMS).

-Supermercados
Está permitido ir al supermercado y a los comercios de cercanía. Los primeros están abiertos de 7 a 20 todos los días (también los feriados), y algunos tienen horarios especiales para mayores de 60 años.

En algunos distritos se establecieron reglas particulares, como en Chubut y San Luis, donde se habilita a ir a comprar ciertos días y otros no, dependiendo si el documento termina en número par o impar.

 

Si querés estar mejor informado sobre la pandemia, entrá al Especial Coronavirus.

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Comentarios

  • Ana27 de junio de 2020 a las 5:34 pmTengo que trasladarme en taxi para tratamiento oncologico ¿necesito permiso? Es el 3 de julio
  • Facundo30 de junio de 2020 a las 9:34 pmPara ir a pagar cuotas de electrodomésticos y eso tengo que sacar permiso porque en ningún lado dice si tengo o no que sacar permiso, si es necesario o no
  • Alicia villalba11 de julio de 2020 a las 10:53 pmSoy empleada de comercio no tengo niñera estoy dentros de los ecepuados de no trabajar
  • Manuel22 de julio de 2020 a las 8:16 pmTengo permiso de circulacion unico, en el mismo dice autorizado alcance santa cruz, pero tengo que desplazarme a una ciudad de chubut, encuadro en servicio esencial
  • Diego20 de agosto de 2020 a las 8:23 pmBuenas noches. Consulta. Tengo el Permiso de Circulación por ser Trabajador Esencial. Viaje a una localidad de la Costa Atlántica para presentarme a desempeñar mi tarea y en un control me hicieron firmar una Declaración jurada y me obligaron a realizar Aislamiento Obligatorio por 14 días. Es legal? No puedo concurrir a mi trabajo....siendo esencial. Me ayuda alguien???
  • marcelo10 de octubre de 2020 a las 9:34 amhola trabajo de repositor en un supermercado de articulos de limpieza eso si con protocolos tapabocas mascara facial 3d y anteojos protectores
  • como puedo saber si estoy inscrita como probable covid24 de marzo de 2021 a las 12:25 pmespero su respuesta lo antes posible por favor
  • maria isabel gonzalez carrasco24 de marzo de 2021 a las 12:27 pmcuando tenga respuesta les are mi comentario

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