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El conflicto por la coparticipación: ¿qué dijo la Corte Suprema sobre la Ciudad y los fondos que se giran a las provincias?

Si tenés sólo unos segundos, leé estas líneas:
  • Luego de que la Nación redujera en 2020 el coeficiente de coparticipación que recibe la Ciudad, el Gobierno porteño presentó una demanda ante la Corte, que con una medida cautelar dispuso la devolución de una parte de los fondos.
  • La ley de coparticipación, previa a la reforma constitucional de 1994, establece que los fondos para la Ciudad salen de la masa de la Nación y no de los recursos que se distribuyen a las provincias.
  • Para la Corte, la falta de una nueva ley de coparticipación le impide a la Ciudad “ocupar el puesto que le corresponde en el federalismo organizado por la Constitución” tras la reforma.

El presidente de la Nación, Alberto Fernández, en su discurso ante la Asamblea Legislativa, criticó duramente a la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN). Lo hizo con foco en varios temas, pero principalmente por su reciente fallo a favor de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en la demanda por los fondos de la coparticipación.

El caso se remonta a 2016, cuando el entonces presidente Mauricio Macri (Cambiemos) le aumentó el coeficiente de coparticipación a la Ciudad, de 1,4% a 3,75%, por el traspaso de la policía, que hasta entonces seguía en manos de la Nación aunque la Constitución dispone otra cosa. En enero de 2018, lo redujo levemente a 3,5%. La Constitución prohíbe expresamente el traspaso de competencias o funciones de la Nación a las provincias o a la Ciudad sin consentimiento y sin recursos. 

En 2020, ya durante el gobierno del Frente de Todos, Alberto Fernández firmó un decreto a través del cual redujo de 3,5% a 2,32% el coeficiente de la Ciudad, e informó que una vez que el Congreso aprobara la transferencia de ciertas competencias, el coeficiente volvería a 1,4%. Esta ley se aprobó en diciembre de ese año. La Ciudad demandó a la Nación ante la Corte y, tras un período de conciliación, el máximo tribunal dictó una medida cautelar en la que ordenó llevar el coeficiente a 2,95% hasta que resuelva definitivamente la cuestión de fondo. 

Pero, ¿qué dice la Constitución sobre este tema? ¿Qué dice la ley de coparticipación? Y, ¿qué resolvió la Corte Suprema en su reciente fallo? Repasamos estas preguntas.

La letra de la Constitución

La coparticipación está mencionada en el artículo 75, en el que se habla de las atribuciones del Congreso. En su inciso 2, tras referirse a la imposición de tributos, señala: “Una ley convenio, sobre la base de acuerdos entre la Nación y las provincias, instituirá regímenes de coparticipación de estas contribuciones, garantizando la automaticidad en la remisión de los fondos”. 

Por otra parte, una de las cláusulas transitorias de la reforma de 1994 dispuso que el régimen de coparticipación federal debía establecerse antes de que terminara el año 1996. Esto no ocurrió y por eso sigue vigente una ley de 1988. La dificultad siempre fue la misma: para modificar el reparto de fondos se requiere del acuerdo de todas las provincias, una tarea casi imposible porque ninguna quiere ceder

¿Qué dice la ley de coparticipación?

La ley de coporaticipación vigente se sancionó en enero de 1988, 6 años antes de la última reforma constitucional. Y, desde entonces, nunca fue reformada. La ley establece los coeficientes de reparto que corresponden a cada provincia sobre la masa total de impuesto que son coparticipables. 

En su discurso ante el Congreso, el Presidente dijo que la Ciudad no forma parte de esa ley convenio y que no tiene derechos sobre esos recursos, que deben salir -según él- del Estado nacional cuando se le transfiere una competencia. 

Esta exclusión de la Ciudad tiene una razón histórica: la norma es anterior a la reforma constitucional que otorgó autonomía a la Ciudad de Buenos Aires, que hasta entonces era Capital Federal. En la ley de coparticipación no están incluidas ni la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que por entonces era un municipio que dependía del Estado federal, ni Tierra del Fuego, hasta entonces un territorio nacional. “La Nación, de la parte que le corresponde conforme a esta ley, entregará a la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires y al Territorio Nacional de Tierra del Fuego una participación compatible con los niveles históricos, la que no podrá ser inferior en términos constantes a la suma transferida en 1987”, dice la norma en su artículo 8.

En resumen, la Ciudad adhirió a la ley de coparticipación en 1998, pero los fondos que recibe no salen de la masa que se reparte entre las provincias, sino de la parte que se queda la Nación, según lo dispuesto en esa misma norma. 

¿Qué dijo la Corte Suprema sobre el conflicto?

Para la Corte, el actual sistema, en el que la Ciudad recibe fondos provenientes de la porción correspondiente a la Nación (y no de la porción de las provincias) sólo es viable hasta que el Congreso sancione una nueva ley de coparticipación, como indica el artículo 75 de la Constitución. Como se dijo, los constituyentes ordenaron en una cláusula transitoria que ello ocurriera antes de fines de 1996. O sea que el Congreso está en mora desde hace 27 años.

“No debe concebirse como una liberalidad del Estado nacional, ni como producto de un supuesto poder de la Nación para regular el flujo de recursos que recibe la Ciudad de Buenos Aires, sino como un sistema que armoniza, por un lado, la condición de ciudad constitucional federada con autonomía de gobierno que tiene la Ciudad de Buenos Aires y, por otro lado, la subsistencia anómala de un régimen de coparticipación de impuestos que ya no satisface las exigencias de la Constitución reformada”, señaló el tribunal.

Las dificultades para alcanzar una nueva “ley convenio”, que debió haberse aprobado hace un cuarto de siglo, son las que obligan a que siga siendo la Nación la que determine el coeficiente porteño. “La Ciudad de Buenos Aires, por consiguiente, se ve en la actualidad impedida de ocupar el puesto que le corresponde en el federalismo organizado por la Constitución”, concluyó la Corte.

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