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La postulación de Rafecas: qué es el procurador general y cómo se lo elige

Si tenés sólo unos segundos, leé estas líneas:
  • El Gobierno oficializó la propuesta del juez federal como candidato a titular del Ministerio Público Fiscal, cargo vacante desde la salida de Gils Carbó.
  • El procurador es el jefe de los fiscales y lo elige el Poder Ejecutivo con acuerdo de las dos terceras partes del Senado.
  • Rafecas tuvo a cargo el expediente por la denuncia de Alberto Nisman antes de su muerte. Cuál será el proceso que se debe seguir para designarlo.

El Gobierno nacional oficializó la postulación del juez federal Daniel Rafecas como candidato a ser procurador general de la Nación, es decir, el jefe de los fiscales federales y nacionales del país. El cargo se encuentra vacante desde 2017, cuando Alejandra Gils Carbó renunció a la Procuración. La postulación debe atravesar un largo proceso de audiencias y consensos legislativos.

¿Cuál es la función del procurador?

La Procuración General de la Nación “es un órgano independiente con autonomía funcional y autarquía financiera”, según establece la Constitución nacional desde la última reforma de 1994. Se suele decir que es un “cuarto poder”, porque funciona por fuera de los otros 3 poderes del Estado: el Poder Ejecutivo, el Poder Judicial y el Poder Legislativo. Hasta 1994 la figura del Procurador no estaba incluida en la Constitución y su funcionamiento estaba regulado por distintas leyes.

El Procurador es el jefe de los fiscales federales y nacionales (las personas responsables de llevar adelante o promover denuncias ante la Justicia) y, de acuerdo con el régimen legal actual, su cargo es vitalicio (es decir, que dura hasta que la persona que lo ocupa renuncie o muera). Existen fiscales en los fueros civil, comercial, laboral, de la seguridad social y contencioso administrativo, pero, según destaca la propia Procuración, el rol más relevante del Ministerio Público está en el fuero penal. Si bien en la mayoría de los fueros tiene una función administrativa, en materia penal el Procurador es el encargado de fijar la política criminal: establece pautas, da instrucciones sobre cómo investigar determinados delitos y puede disponer cambios administrativos, como la creación de nuevas fiscalías especializadas en determinados fenómenos.

El rol del Ministerio Público es más importante desde 2019 y lo será más aún en los próximos años. ¿Por qué? Porque hasta diciembre de 2018 regía, de acuerdo al Código Procesal Penal, un sistema mixto: esto quiere decir que las investigaciones penales están en manos del juez, que tiene la potestad de delegar o no la investigación en el fiscal. Con la última reforma del Código rige el sistema acusatorio, en el que la investigación penal y la instrucción de la causa está en manos sólo de los fiscales, aunque la aplicación del Código es progresiva y por ahora sólo rige en las provincias del norte del país.

Otro rol relevante del fiscal es el de la apelación. Si bien en muchos casos no investiga, el Ministerio Público Fiscal tiene la responsabilidad de definir cuando se cierra un expediente y por ende una causa. Si el juez resuelve el cierre de una causa, el fiscal le dará el cierre definitivo si decide no apelar. El Procurador no interviene directamente en expedientes penales de instancias inferiores, salvo que ese caso llegue hasta la Corte Suprema de Justicia de la Nación, instancia en la que el Procurador actúa como fiscal si el máximo tribunal lo requiere.

A la hora de imprimir el sello a la política criminal, las gestiones de los últimos procuradores, Esteban Righi y Gils Carbó, estuvieron marcadas por la creación de fiscalías enfocadas en distintas temáticas delictivas. Se crearon en los últimos años fiscalías especializadas en criminalidad económica, narcocriminalidad, trata de personas y crímenes de lesa humanidad, entre otras.

¿Quién es Daniel Rafecas?

Es juez federal desde 2004 y fue el primer juez del caso “Ciccone”. Sin embargo, fue apartado del caso por la Cámara Federal. Años más tarde, el ex vicepresidente Amado Boudou fue condenado a 5 años y 8 meses de prisión en esta causa.

También tuvo a su cargo otra causa sensible: el expediente originado por la denuncia del ex fiscal Alberto Nisman pocos días antes de su muerte. Nisman acusó a la ex presidenta Cristina Fernández de Kirchner y a otros funcionarios por un presunto encubrimiento del atentado a la AMIA a través de la firma del Memorándum de Entendimiento con Irán. Rafecas desestimó la denuncia en 2 ocasiones por “inexistencia de delito”. Su actuación en este caso motivó una solicitada en su contra firmada por intelectuales, periodistas y referentes políticos, en su mayoría vinculados al gobierno de Cambiemos, como los diputados Elisa Carrió, Héctor “Toty” Flores y Waldo Wolff, entre otros.

Rafecas nació el 5 de agosto de 1967, se recibió de abogado en 1990 en la Universidad de Buenos Aires (UBA), donde en 2009 obtuvo su doctorado en Derecho Penal. Ingresó a trabajar en la Justicia penal ordinaria en 1987. En 1999 ingresó al Ministerio Público Fiscal, donde llegó hasta el cargo de secretario letrado. Por esos años, además, se presentó a varios concursos para ser juez en tribunales federales. Quedó ternado en el Concurso 59, destinado a cubrir 4 vacantes en los juzgados federales de primera instancia de Comodoro Py. En octubre de 2004, el presidente Néstor Kirchner lo designó a cargo del Juzgado Federal N° 3 porteño.

Es docente en la UBA desde 1995 y en la Universidad Nacional de Rosario desde 1998 y se especializó en estudios sobre el Holocausto (tiene un libro llamado “Historia de la Solución Final”). Por su actuación en la causa por la denuncia de Nisman fue denunciado ante el Consejo de la Magistratura, pero en marzo de 2018 el plenario del organismo desestimó la denuncia.

Lo que viene

El proceso para elegir un procurador es largo y requiere de consensos legislativos. Según la Ley Orgánica del Ministerio Público Fiscal, el procurador es elegido por el Poder Ejecutivo Nacional y debe tener acuerdo de dos tercios del Senado.

El Decreto 222/2003, dictado por Néstor Kirchner, estableció cómo es el proceso de selección de jueces de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN). Poco tiempo después se sumaron los titulares del Ministerio Público Fiscal y el Ministerio Público de la Defensa. Este decreto dispone que luego de la postulación de un candidato hay un período de tiempo para que ciudadanos, organizaciones de la sociedad civil, asociaciones profesionales y otras entidades, presenten por escrito sus observaciones respecto del candidato.

Luego de este proceso, si el Poder Ejecutivo considera que la propuesta es adecuada, eleva el pliego del candidato al Senado. Allí, luego de ser analizado por la Comisión de Acuerdos del Senado, pasa al recinto, donde debe contar con las dos terceras partes de los votos de la Cámara, es decir, 48 votos. El bloque del Frente de Todos tiene 41 integrantes, aunque con aliados de otros bloques podría incrementar el número.

Desde la renuncia de Gils Carbó, el procurador interino es Eduardo Casal, que era uno de los tres procuradores fiscales ante la Corte, el cargo que está por debajo del procurador general. Le correspondía a Casal asumir el interinato por ser el de mayor antigüedad en el cargo.

En marzo de 2018, el entonces presidente Mauricio Macri propuso como sucesora de Gils Carbó a Inés Weinberg de Roca, jueza del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Su postulación pasó por el proceso de impugnaciones y observaciones y su pliego fue enviado al Senado. Weinberg de Roca respondió preguntas ante la Comisión de Acuerdos en julio de 2018, pero luego el oficialismo no contó con las mayorías necesarias para tratar su nombramiento.

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Comentarios

  • Susana Alvarez Temiño2 de enero de 2020 a las 10:44 pmExcelente nota. Muy clara.
  • Silvia Duhau3 de enero de 2020 a las 8:30 amHe seguido atentamente las noticias sobre la muerte de Nisman, y también la de otros casos de interés político que se han dado a conocer . En vista a las distintas versiones acerca de los mismos que aparentemente responden a los intereses de los poderes Ejecutivo y/o legislativo de turno, a esta altura de mi vida, con 76 años cumplidos, los cambios reiterados de postura de la justicia y la lentitud extrema que esta tiene para resolver los mismos me han llevado a que desconfíe profundamente de la vigencia de la división de poderes del estado. Esto lo vi venir durante la reforma Universitaria cuyo objetivo, en principio, fue darle a la universidad autonomía respecto de los poderes de turno. Sin embargo y a pesar de mis esfuerzos cuando participé de la formulación de la correspondientes leyes , las mismas no solo no dividen los tres poderes en la Universidad sino que también favorecen la abyecta adhesión al poder ejecutivo de turno. En este contexto debe notarse que , en particular, los Decanos son elegidos en forma indirecta lo que permite que se negocie dicho cargo por dinero con el proveedor, que es el poder ejecutivo. Como la Universidad hace escuela, todo lo demás que esta pasando con la justicia se vio venir desde entonces.

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