El Gobierno reglamentó la Ley de Refugiados: en qué consisten los cambios y qué muestran los datos sobre las solicitudes de 2024

- El presidente Javier Milei firmó el decreto que reglamenta la Ley de Refugiados e incorpora procedimientos más restrictivos como el rechazo “in limine” de las solicitudes. Además, establece 3 modalidades de procedimiento para evaluar solicitudes de refugio, con plazos de resolución de entre 10 días y un año.
- Especialistas criticaron la medida por su enfoque “securitista” y por haberse adoptado sin consulta previa a organizaciones especializadas.
- En 2024 la Argentina recibió 1.714 solicitudes de refugio, principalmente de rusos (51%). Le siguen brasileños, cubanos y venezolanos.
El presidente Javier Milei (La Libertad Avanza) firmó una nueva reglamentación de la Ley General de Reconocimiento y Protección al Refugiado. De acuerdo con las organizaciones especializadas en migración y asilo, la medida se tomó sin consulta previa y tiene un enfoque más apuntado a la seguridad y a “concebir al refugiado como una amenaza”, y que algunos de los cambios podrían comprometer principios fundamentales de protección internacional.
El Decreto 646/2025 firmado por el Presidente se enmarca en una serie de cambios que incluyen la incorporación del Ministerio de Seguridad a la Comisión Nacional para los Refugiados (CONARE) tras la disolución del INADI, y modificaciones previas realizadas mediante el decreto de necesidad y urgencia (DNU) 942/2024, que redujo los plazos de apelación.
Según datos de la CONARE, en 2024 el 67% de las resoluciones de las solicitudes de refugio fueron casos que caducaron por falta de seguimiento en el trámite. Las personas que pidieron refugio en Argentina fueron en su mayoría de nacionalidad rusa (51% del total), brasileña (11%) y cubana (8%).
En las últimas semanas, el Ministerio de Justicia publicó un comunicado que enfatizaba sobre la “tutela efectiva del principio de no devolución” y la protección internacional, pero luego lo eliminó y lo reemplazó por otro con un texto que vinculaba la medida con “desafíos del crimen organizado, el terrorismo y las amenazas contra la seguridad pública”.
¿Qué dice la nueva reglamentación de la Ley de Refugiados?
La Ley General de Reconocimiento y Protección al Refugiado regula la protección de los refugiados en la Argentina.
El concepto de “refugiado”, según la ley argentina, se aplica a 2 supuestos:
-La persona que, por fundados temores de ser perseguida por motivos de raza, religión, nacionalidad, pertenencia a determinado grupo social u opiniones políticas, se encuentre fuera del país de su nacionalidad y no pueda o no quiera acogerse a la protección de su país.
-Quien ha huido de su país de nacionalidad o de residencia habitual para el caso en que no contara con nacionalidad porque su vida, seguridad o libertad han sido amenazadas por la violencia generalizada, la agresión extranjera, los conflictos internos, la violación masiva de los derechos humanos u otras circunstancias que hayan perturbado gravemente el orden público.
La nueva reglamentación de la ley establece 3 modalidades de procedimiento para evaluar las solicitudes de refugio: ordinario (para casos estándar con resolución en hasta 1 año), sumario (para casos manifiestamente fundados o infundados con resolución en hasta 6 meses) y excepcional por extradición (con resolución en 10 días hábiles).
También incorpora el rechazo “in limine” para solicitudes manifiestamente improcedentes, que deben resolverse en 10 días.
La reglamentación detalla el principio de unidad familiar al definir específicamente quiénes pueden acceder a la condición de refugiado por extensión: cónyuges o parejas de hecho, ascendientes, descendientes y colaterales en primer grado que dependan económicamente del refugiado. También establece procedimientos para la reunificación familiar, incluyendo coordinación entre CONARE, la Dirección Nacional de Migraciones y el Ministerio de Relaciones Exteriores.
La CONARE es el organismo que tiene la función de resolver las solicitudes presentadas por aquellas personas que solicitan el estatus de refugiado en Argentina.
El año pasado, el Gobierno ya había introducido modificaciones mediante el DNU 942/2024 que redujeron el plazo de apelación de 10 a 5 días y eliminaron la instancia administrativa de revisión, es decir que las apelaciones se presentan directamente al Poder Judicial, con un plazo de solo 10 días para resolver.
Qué dicen las organizaciones especializadas en refugiados y migración
Diego Morales, abogado especializado en migración y director de Litigio y Defensa Legal del Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), indicó a Chequeado: “El reglamento introdujo un procedimiento que no está en la ley, que le permite a la CONARE rechazar pedidos para el acceso a las solicitudes de la condición de refugiados de manera express”.
Y advirtió: “Esto es particularmente grave en zonas de frontera o con personas que se encuentran privadas de la libertad. Este trámite se aplicará a todos aquellos casos que para las autoridades sean ‘manifiestamente infundadas’. En términos de protección internacional, esto es un problema muy serio, porque muchas veces la justificación para demostrar las necesidades de protección internacional requieren de entrevistas, producción de información, consultas que deben realizar y habilitar las autoridades nacionales”.
Sobre cómo se realizó el reglamento, explicó que se hizo “sin ningún tipo de consulta o participación de organizaciones sociales, de refugiados ni de órganos de Naciones Unidas, como ACNUR o el Alto Comisionado de los Derechos Humanos de la ONU”.
Gabriela Ligouri, de la Comisión Argentina para Migrantes y Refugiados (CAREF), explicó a Chequeado que los cambios responden a una estrategia de largo plazo: “Hace rato que este gobierno decidió modificar la ley de refugiados y tiene un claro tinte ‘securitista’ todo lo que están haciendo, que tiene que ver con concebir al refugiado como una amenaza a la seguridad nacional”.
Para la especialista, el punto de inflexión se dio cuando “de la CONARE sale el INADI, porque se disuelve el INADI, y en su lugar ingresa el Ministerio de Seguridad. Eso ya marca cuál es el tono que le quieren dar”.
La nueva reglamentación profundiza esta línea restrictiva, según Ligouri, quien advierte que “plantea cosas como el rechazo in límine, que no sabemos cómo lo van a ejecutar” y que compromete principios fundamentales: “Uno de los principios más importantes es el no rechazo en frontera y la no devolución y eso lo harían sin una evaluación profunda”.
Para CAREF, todas estas medidas “degradan el estatuto y todo lo que implica la protección” internacional de refugiados.
¿Qué muestran los datos sobre solicitudes de refugio en la Argentina?
En 2024, la Argentina recibió 1.714 solicitudes de refugio. La nacionalidad más frecuente de los solicitantes es la rusa, con 878 presentaciones, el 51% del total. Le siguen las brasileñas (197), cubanas (140) y venezolanas (122). De países de Medio Oriente hubo apenas 28 solicitudes: 15 de Siria y 13 de Palestina. La información surge de estadísticas oficiales de CONARE.
Los datos oficiales muestran que en 2024, de 2.988 casos resueltos, 343 personas obtuvieron reconocimiento como refugiados frente a solo 33 solicitudes denegadas. El principal problema administrativo fueron los 1.960 casos que caducaron y 481 que fueron desistidos por falta de seguimiento en el trámite.
Desde una perspectiva histórica, la Argentina recibió 36.133 solicitudes de refugio entre 1985 y 2024, con picos durante las crisis balcánicas (1999-2000), la crisis venezolana (2019) y la guerra en Ucrania (2023).
La nacionalidad venezolana, preponderante en el período 2020-2024, con 3.482 solicitudes, muestra una tendencia decreciente, mientras que las solicitudes rusas experimentaron un crecimiento desde 2022, en coincidencia con la guerra con Ucrania.
Respecto de las edades, el 77% de los solicitantes son adultos de 18 a 59 años, con una distribución de 42% de mujeres y 58% de hombres en 2024.
El cambio de narrativa oficial
En las últimas semanas, el Ministerio de Justicia publicó un comunicado en redes sociales que presentaba la reglamentación como “un acto transformador que coloca al país en la primera línea de la región” y que creaba “un sistema moderno, garantista y transparente”.
Sin embargo, ese mensaje fue eliminado y reemplazado por otro con un tono más duro, que continúa publicado en redes sociales y lleva el título “Argentina no será refugio de delincuentes”. El mensaje caracteriza la medida como una herramienta para “resguardar a los argentinos frente a amenazas vinculadas con el crimen organizado, el terrorismo y la inmigración ilegal”.
El nuevo texto pone énfasis sobre los “mecanismos de control inmediato” y advierte que la reglamentación busca “garantizar que quienes tengan cuentas pendientes con la justicia en otros países” no puedan “encontrar lugar para escapar de la ley”. Y concluye: “La Argentina no será tierra de impunidad para criminales ni para quienes busquen aprovecharse del sistema”.
En 2024, Fernando Soto fue designado como representante del Ministerio de Seguridad en CONARE, lo que generó rechazo de 40 organizaciones de derechos humanos, por considerar que el abogado no tenía la “idoneidad” para integrar un órgano que debe velar por la protección de los derechos humanos de las personas refugiadas y solicitantes de asilo.
Soto quien, como abogado ha integrado tanto el Ministerio de Seguridad como el Ministerio de Justicia en los últimos 9 años, es conocido por defender al policía Luis Chocobar, condenado por homicidio agravado, y otros casos de “gatillo fácil”, lo que las organizaciones consideran incompatible con la protección de refugiados.
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