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¿Qué es el dólar soja?

Si tenés sólo unos segundos, leé estas líneas:
  • Se trata de una medida transitoria que le permite a los exportadores de soja y sus derivados liquidar el 75% de sus ventas al valor del dólar mayorista ($ 350) y el 25% a través de vías alternativas. 
  • El programa originalmente se implementó entre el 5 y el 30 de septiembre últimos, tuvo una segunda edición desde el 28 de noviembre y hasta el 30 de diciembre de 2022 y una tercera entre el 10 de abril y el 31 de mayo de 2023.
  • Antes de la implementación de esta cuarta etapa, los exportadores de soja liquidaban sus dólares a una cotización de $ 350 y ahora podrían llegar hasta $ 540, sin descontar las retenciones.

Última actualización: 05/09/2023

El dólar soja es un tipo de cambio diferencial al que pueden acceder productores de esa oleaginosa al momento de liquidar divisas en el marco del Programa de Incremento Exportador que implementó el Gobierno nacional con el objetivo de reforzar las reservas internacionales.

Este tipo de dólar se implementó en 4 etapas: la primera, a partir del 5 y hasta el 30 de septiembre últimos; la segunda a partir del 28 de noviembre y hasta el 30 de diciembre de 2022; la tercera, entre el 10 de abril y el 31 de mayo de 2023; y la cuarta etapa, que estará vigente entre el 5 y el 30 de septiembre de 2023.  

Es importante destacar que, hasta la entrada en vigencia de esta medida, en septiembre, los productores recibían $ 140 (tipo de cambio oficial de venta) por cada dólar que ingresaban al país como resultado de la exportación de soja. Incluso, recibían un “dólar” aún menor, si se tenía en cuenta las retenciones a las exportaciones: en el sector calculan que el dólar les quedaba en 90 pesos.

Este dólar soja se sumó a otros dólares presentes en el mercado, como el blue, el contado con liquidación, el MEP o Bolsa, el ahorro y el turista, que fueron surgiendo en medio de las restricciones de acceso al mercado cambiario.

Originalmente, el Programa de Incremento Exportador fue publicado el 5 de septiembre último mediante el Decreto N° 576/2022 del Boletín Oficial, en donde se dispuso que la medida fue establecida “de manera extraordinaria y transitoria” y que se extendería hasta el 30 de septiembre.

Este tipo de cambio diferencial surgió de un acuerdo del Gobierno con los principales complejos exportadores, que se comprometieron a vender soja y productos derivados por al menos US$ 5.000 millones. Finalmente, el ministro de Economía Sergio Massa comunicó que se recaudaron US$ 8.123 millones a través del programa.

El 28 de noviembre de 2022, el Gobierno lanzó una segunda edición del Programa de Incremento Exportador a través del Decreto N° 787/2022, disponiendo que quienes exporten granos de soja y sus derivados (como aceite, pellets, harinas y biodiesel) hasta el 30 de diciembre de 2022 podrán liquidar los dólares resultantes de esas ventas a un valor de $ 230. Hasta el viernes último, en tanto, las ventas se liquidaban a un valor de $ 163,75 por dólar (sin descontar las retenciones).

En tanto, el 10 de abril último el Gobierno lanzó la tercera edición del dólar soja, con una cotización especial de $ 300 por cada dólar liquidado, con vigencia hasta el 31 de mayo de 2023. Según datos oficiales, en ese período de tiempo se liquidaron US$ 5.000 millones (junto con la venta de productos regionales que tuvieron su propio régimen, el “dólar agro“).

En tanto, durante el PIE III se vendieron 11,3 millones de toneladas. Si se tiene en cuenta el promedio de comercialización diaria, la última versión fue la que menos volumen de operaciones registró: durante el PIE I (que tuvo 26 días de vigencia) se concretaron ventas por casi 622 mil toneladas diarias en promedio, mientras que en el PIE II (33 días) se registraron operaciones por 225 mil toneladas diarias y en el PIE III (el más extenso con 52 días), 217 mil toneladas diarias.

La cuarta edición del dólar soja

En esta cuarta edición -que se extenderá hasta el 30 de septiembre-, la medida alcanza a la venta de soja y sus derivados (como el aceite y la harina), pero a diferencia de las versiones anteriores, esta vez el modo de liquidación es diferente: los productores deberán liquidar el 75% de los dólares generados al valor del dólar mayorista (establecido actualmente en $ 350), mientras que el 25% restante será de libre disponibilidad.

De este modo,  por cada US$ 100 dólares liquidados, un productor podría obtener $ 26 mil por el 75%, mientras que el restante 25% lo puede vender a través del dólar “contado con liquidación” (que opera actualmente con un promedio de $ 760), con lo que obtendría $ 19 mil. 

La operación total llega a $ 45 mil, lo que hace que el “dólar soja IV” cotice a $ 450, un 28,5% superior al valor del dólar mayorista (sin contar las retenciones a la soja). De todos modos, este valor dependerá del tipo de dólar que utilice el productor para liquidar sus divisas y del valor de cambio que tenga al momento de la operación. 

Para acceder al dólar soja, los exportadores sojeros debían inscribirse de manera voluntaria en el Programa a través de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP). Sólo podían hacerlo los sujetos que hayan exportado en los últimos 18 meses inmediatos anteriores, los granos de soja y derivados.

Además, el decreto vigente establece que los productores deberán liquidar el 100% de sus ventas (es decir, tanto el 75% que deberán vender al valor oficial como el 25% por vías alternativas) antes del 30 de septiembre (fecha límite del programa).

 

Actualización 05/09/2022: se incorporó la última información oficial disponible.

Actualización 28/11/2022: se incorporaron detalles del Decreto N° 787/2022, que restableció el dólar soja entre el 28 de noviembre y el 30 de diciembre de 2022.

Actualización 21/07/2023: se incorporaron detalles del decreto 194/2023, que estableció la tercera edición del dólar soja, entre el 10 de abril hasta el 31 de mayo de 2023.

Actualización 05/09/2023: se incorporaron los detalles del decreto 443/2023, que estableció la cuarta edición del dólar soja, entre el 5 y el 30 de septiembre de 2023. 

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Comentarios

  • Ana7 de diciembre de 2022 a las 9:27 pmHola gracias por la claridad en la info!

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